Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 136-2020-SINEACE-CDAH-P del Sistema Nacional de Acreditación de Calidad Educativa, 14-01-2020

Fecha de publicación14 Enero 2020
Fecha11 Septiembre 2020
Número de resolución136-2020-SINEACE-CDAH-P
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
1
San Isidro, 11 de Septiembre de 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° -2020-SINEACE/CDAH-P
VISTO:
El Informe N° 000059-2020-SINEACE/P-ST-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto
del Sineace del Sineace, emitido a través del Sistema de Gestión Documental; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de
Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante
Resolución de Presidencia 132-2019-SINEACE/CDAH-P, se aprobó el Presupuesto
Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 117: Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa Sineace, por la
suma de S/26 240 581.00 (VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y UNO 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los
funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los
deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, se establece la
reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la
República y de diversos funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso
mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15 000,00 (Quince Mil y 00/100 soles).
Los ahorros derivados de dicha reducción que se efectuará durante los meses de junio, julio y
agosto de 2020, de acuerdo con determinadas reglas, contribuirán con el financiamiento de
medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la acotada norma, autoriza al Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos a realizar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la
salud fallecidos a consecuencia del COVID-19. Del mismo modo, el numeral 6.4 del citado
artículo, señala que para efectos del financiamiento de lo establecido en el numeral 6.1, autoriza
a las entidades del Poder Ejecutivo, a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin
demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la
remuneración e ingresos económicos de los referidos servidores y funcionarios públicos;
disponiendo, que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular
del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el
pliego, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 063-
2020, amplía el alcance de la norma, estableciendo además la autorización del descuento
voluntario expresamente solicitado y autorizado por los funcionarios y servidores públicos de las
entidades del poder ejecutivo, para los mismos fines;
Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº
070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a
través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el
COVID-19, dispone que, para efectos de realizar las transferencias financieras a las que hacen
referencia el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, las entidades del
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: WTJFOPB
Firmado digitalmente por GARCIA
MOLINA Norma Gladys FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.09.2020 18:06:30 -05:00
Firmado digitalmente por
ORBEGOSO FLORES Graciela Del
Carmen FAU 20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.09.2020 18:39:05 -05:00
Firmado digitalmente por ARDILES
CHACON Edgar Marlon FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.09.2020 18:47:30 -05:00
Firmado digitalmente por CHACON
CABANILLAS Haydee Violeta FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.09.2020 21:19:40 -05:00
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000136-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 11 de Septiembre del 2020
Firmado digitalmente por BARRIOS
VALDIVIA Carolina Melida FAU
20551178294 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 11.09.2020 21:21:15 -05:00

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