RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 019-2014-P-CSJLE/PJ - Designan Jueza Provisional del Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla y Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2014
El Peruano
Miércoles 4 de junio de 2014
524548
Implementación del Código Procesal Penal; Of‌i cios N°
553-2014-P-CSJHN/PJ y 1200-2014-P-CSJI/PJ, cursados
por las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia
de Huánuco e Ica, respectivamente.
CONSIDERANDO:
Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores
de Justicia de Huánuco e Ica, solicitan a este Órgano
de Gobierno la prórroga de órganos jurisdiccionales
transitorios, para la adecuada implementación del Código
Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales,
sustentadas en razones de carga procesal.
Segundo. Que por lo expuesto en los informes y
reportes estadísticos remitidos por el Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal
Penal, considerando que este Poder del Estado tiene
como política institucional adoptar medidas en aras de
un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando
a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en
necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar
al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades
del servicio y a los limitados recursos existentes para
dicho propósito.
Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo
82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos
jurisdiccionales, aprobar la modif‌i cación de sus ámbitos
de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y
demás medidas necesarias para que las dependencias
de este Poder del Estado funcionen con celeridad y
ef‌i ciencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 443-2014 de
la décimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los
señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los
siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir
del 1° de junio del año en curso:
Hasta el 30 de setiembre de 2014
DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO
• 1° y 3° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la
Provincia de Huánuco.
• Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de
Huánuco.
DISTRITO JUDICIAL DE ICA
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
de funciones Juzgado Penal Liquidador, de la Provincia
de Pisco.
Artículo Segundo.- Los referidos órganos
jurisdiccionales tendrán presente la Directiva N° 012-
2013-CE-PJ, denominada “Procedimiento del Acto
de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el
Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el
Decreto Legislativo N° 124”, aprobada por Resolución
Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de
noviembre de 2013, con la f‌i nalidad de dar mayor celeridad
a la liquidación de expedientes.
Artículo Tercero.- Disponer que los jueces de los
mencionados órganos jurisdiccionales liquidadores
deberán emitir autos que pongan f‌i n al proceso y
sentencias en número no menor del 50% del estándar de
producción mensual. Este resultado será determinante
para evaluar la vigencia de su funcionamiento.
Cada f‌i n de mes, sin perjuicio de la información
que debe descargarse en los sistemas informáticos
de la institución, los jueces informarán directamente
al Presidente del Equipo Técnico Institucional de
Implementación del Código Procesal Penal sobre los
siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen
f‌i n al proceso y sentencias expedidas; b) Número de
expedientes en trámite, pendientes de resolución f‌i nal;
y en reserva; c) Número de expedientes en ejecución;
y, d) Dif‌i cultades presentadas en el ejercicio de sus
funciones.
Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Huánuco e Ica; así como a la
Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea
de su competencia, adoptar las acciones y medidas
administrativas que sean necesarias para el adecuado
cumplimiento de la presente resolución e implementación
Artículo Quinto.- Disponer que el Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal Penal
y la Comisión Nacional de Descarga Procesal, evalúen la
carga procesal en trámite y la liquidación de expedientes,
con la f‌i nalidad de establecer, después del plazo de
prórroga, acciones para optimizar el funcionamiento de
los órganos jurisdiccionales transitorios.
Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la
Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal, Of‌i cina de Control de la Magistratura del
Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huánuco
e Ica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1091978-4
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Designan Jueza Provisional del Juzgado
Mixto de La Molina y Cieneguilla y
Jueza Supernumeraria del Primer
Juzgado de Paz Letrado de La Molina
y Cieneguilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 019-2014-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, treinta de mayo
del año dos mil catorce.-
VISTO:
El escrito presentado por la señora Jueza Provisional
Patricia Claudia Pando Simonetti, por el cual declina
[entiéndase como renuncia] a su cargo de Juez Provisional
del Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, mediante Resolución N° 93-2014-
P-CSJLI, del primero de marzo de dos mil catorce, se
designó a la citada Magistrada como Juez Provisional del
Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla.
Segundo.- Que, a través del documento de vista, la
citada Magistrada declinó [renunció] a su designación
como Juez Provisional del Juzgado Mixto de La Molina
y Cieneguilla, argumentando razones de índole personal
y funcional, por lo que resulta necesario emitir el
pronunciamiento correspondiente, a f‌i n de no afectar el
normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del
citado despacho judicial.
Tercero.- La señora Magistrada Silvia Jenifer Herencia
Espinoza - Juez de Paz Titular del Primer Juzgado de
Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, cuenta con los
requisitos necesarios para cubrir dicha plaza.
Cuarto.- Asimismo, debe designarse a un Juez
Supernumerario para que se haga cargo del Primer
Juzgado de Paz Letrado de la Molina y Cieneguilla.
Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de
la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las

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