RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 168-2014-P-CSJLI-PJ - Aprueban Nómina de Peritos Judiciales para los años 2014-2015

Fecha de disposición04 Junio 2014
Fecha de publicación04 Junio 2014
El Peruano
Miércoles 4 de junio de 2014 524549
facultades conferidas en Artículo 90º de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, incisos 3 y 9.
RESUELVE:
Primero.- ACEPTAR la DECLINATORIA (RENUNCIA)
al cargo de Juez Provisional del Juzgado Mixto de La
Molina y Cieneguilla, a la señora Magistrada PATRICIA
CLAUDIA PANDO SIMONETTI, con efectividad al tres de
junio del año dos mil catorce.
Segundo.- DESIGNAR a la Doctora SILVIA JENIFER
HERENCIA ESPINOZA - Juez de Paz Titular del Primer
Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla,
como Jueza Provisional del Juzgado Mixto de La Molina
y Cieneguilla, con efectividad al tres de junio del año dos
mil catorce.
Tercero.- DESIGNAR a la Doctora ADA LUZ CUBAS
LUNA - como Juez Supernumerario del Primer Juzgado
de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, con efectividad
al tres de junio del año dos mil catorce.
Cuarto.- PONER en conocimiento de la presente
Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Of‌i cina de Control
de la Magistratura, Of‌i cina Desconcentrada de Control de
la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima
Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Of‌i cina
de Administración Distrital, Of‌i cina de Personal de la Corte
Superior de Justicia de Lima Este y de los Magistrados
para los f‌i nes pertinentes.
Publíquese, comuníquese, regístrese, cúmplase y
archívese.
MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT
Presidenta
1091979-1
Aprueban Nómina de Peritos Judiciales
para los años 2014 - 2015
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 168-2014-P-CSJLI-PJ
Lima, 30 de mayo de 2014
VISTO:
La Resolución Administrativa Nº 226-2012-P-CSJLI
de fecha treinta de marzo del dos mil doce, modif‌i cada
por Resolución Administrativa N°462-2012-P-CSJLI/PJ,
de fecha once de junio del dos mil doce, la Resolución
Administrativa N°919-2013-P-CSJLI/PJ de fecha
veintiuno de noviembre del dos mil trece, modif‌i cada
por Resolución Administrativa N° 930-2013-P-CSJLI/PJ
de fecha veintiocho de noviembre del dos mil trece y el
Informe Nº 001-2014-CEESP-CSJLI/PJ, de fecha veinte
de marzo de dos mil catorce; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, por Resolución Administrativa Nº 226-
2012-P-CSJLI/PJ de fecha treinta de marzo del dos mil
doce, modif‌i cada por Resolución Administrativa Nº 462-
2012-P-CSJLI/PJ de fecha once de junio del dos mil doce,
se aprueba la Nómina de Peritos para los Años 2012-2013.
Segundo: Que, por Resolución Administrativa N°919-
2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiuno de noviembre del
dos mil trece, modif‌i cada por Resolución Administrativa
N°930-2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiocho de
noviembre del dos mil trece, se dispone convocar a los
Colegios Profesionales de las diferentes especialidades
para el Proceso de Evaluación y Selección de Peritos al
Registro de Peritos Judiciales de ésta Corte Superior de
Justicia, correspondiente al periodo 2014-2015, para lo
cual se conformó la Comisión encargada de la conducción
del Proceso de Evaluación de Peritos delegada por esta
Presidencia.
Tercero: Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos
Judiciales señala que cada dos años el profesional o
especialista inscrito en el REPEJ se someterá a una prueba
de evaluación de conocimiento, que estará a cargo de los
Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad y podrá
ser supervisado por el Poder Judicial, con la f‌i nalidad de
comprobar su permanente reactualización e idoneidad
profesional. Para el caso de las especialidades que no
se encuentren organizados en Colegios, la evaluación y
selección estará a cargo del Poder Judicial.
Cuarto: Que, los Peritos Judiciales a ratif‌i car su
inscripción para el periodo 2014-2015 corresponden a los
Peritos que han cumplido dos años desde su inscripción
o desde su última evaluación, siendo ellos los inscritos
en la Nómina aprobada por Resolución Administrativa Nº
226-2012-P-CSJLI/PJ y su modif‌i catoria Nº 462-2012-P-
CSJLI/PJ y quienes posteriormente revalidaron la misma
Nómina.
Quinto: Que, el artículo 274 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial establece: …“Las Cortes Superiores pueden
solicitar, cuando lo consideren conveniente, se aumente
el número de peritos que f‌i guren en las nóminas”, lo que
guarda concordancia con lo establecido en el articulo 10
del Reglamento de Peritos.
Sexto: Que, estando al considerando precedente, la
Comisión Evaluadora designada por esta Presidencia
consideró conveniente incrementar la cantidad de Peritos
para la Nómina en las especialidades de Accidentología
Vial, Traductores y Psicología quienes han sido evaluados
conforme a las normas pertinentes.
Séptimo: Que, respecto de la evaluación de entrevista
personal, la Comisión da cuenta que fueron entrevistados
los postulantes a nuevos Peritos, ya que el artículo 21 del
referido Reglamento, no contempla dicha etapa para los
Peritos ya inscritos en la Nómina.
Octavo: El informe de la Comisión además, precisa
que para la evaluación en la especialidad de Grafotecnia
y Fotografía Forense a cargo de Poder Judicial se contó
con la colaboración de la División de Criminalística de la
Policía Nacional del Perú de dichas especialidades, por
lo que debe efectuarse el reconocimiento por el apoyo
brindado.
Noveno: Que, la Comisión cursó la invitación del aviso
de convocatoria al Colegio Médico del Perú y al Colegio
de Matemáticos –los cuales registran a los Licenciados en
Computación-, pese a ello no se obtuvo respuesta alguna
sobre el particular, por lo que no han participado en el
presente proceso de evaluación, por ende en la presente
nómina no se contará con dichas especialidades.
Décimo: La Comisión propone que los Peritos que
en la actualidad forman parte de la Nómina de Repej,
integren de manera provisional la Nómina de Peritos
del 2014-2015, hasta que sean evaluados en la forma
que disponga el Reglamento cuya modif‌i cación resulta
de urgente aprobación para los efectos de mantener
una Nómina de Peritos con profesionales de calidad.
Asimismo, propone que se excluya de dicha Nómina a los
profesionales respecto de los cuales no se comprobó su
permanente reactualización e idoneidad profesional en el
presente proceso.
Décimo Primero: Mediante documento del visto, el
Presidente de la Comisión encargado de la conducción
del Proceso de Evaluación y Selección de Peritos para
el periodo 2014-2015 de ésta Corte Superior de Justicia,
remite el informe f‌i nal, mediante el cual da cuenta de los
resultados de dicho proceso de evaluación, proponiéndose
se apruebe la Nómina con 443 profesionales en las
diferentes especialidades.
Décimo Segundo: En consideración a lo antes
expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los
incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el artículo 21 del
Reglamento de Peritos Judiciales;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Nómina de
Peritos Judiciales para los años 2014-2015, las misma
que se encuentra integrada por trescientos noventa
y tres profesionales y especialistas de las diferentes
especialidades, seleccionados con las formalidades
de Ley por la Comisión Encargada de la Conducción
del Proceso de Evaluación y Selección de Peritos
Judiciales, y que se encuentran descritos en el
Anexo N° 1, la misma que forma parte de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- SUGERIR al Consejo Ejecutivo
de Poder Judicial la pronta modif‌i cación y aprobación del
Reglamento de Peritos con Resolución Administrativa
N°351-98-SE-TP-CME-PJ que tiene por f‌i nalidad regular
el proceso de Evaluación, Selección e Inscripción de

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