Resolucion N° D000223-2022-OSCE-PRE. Formalizan la aprobación de la Directiva N° 004-2022-OSCE/CD “Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas iniciadas bajo la modalidad de administración directa”

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Jesús María, 11 de noviembre de 2022

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el artículo 54 del citado Texto Único Ordenado prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo;

Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular;

Que, mediante Ley N° 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, se establece el marco legal para la reactivación de dichas obras que forman parte de las inversiones de las Entidades sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con el objeto de contribuir a dinamizar la actividad económica y garantizar la efectiva prestación de servicios públicos en beneficio de la población así como coadyuvar a la adecuada utilización de los recursos económicos del Estado;

Que, el literal a) del numeral 2 del anexo de la citada Ley establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aprueba las bases estándar correspondientes a utilizar en el marco del procedimiento especial de selección para la reactivación de obras paralizadas iniciadas bajo la modalidad de administración directa, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la mencionada norma;

Que, mediante Informe N° D000271-2022-OSCE-DTN, la Dirección Técnico Normativa presenta la propuesta de Directiva “Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas iniciadas bajo la modalidad de administración directa”; en atención a lo dispuesto en la norma legal antes citada;

Que, mediante Informe N°...

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