RESOLUCION N° 866-2015-MP-FN - Aprueban actualización y modificación de costos de los servicios del Tarifario Único del Ministerio Público para el año 2015

Fecha de publicación14 Marzo 2015
Fecha de disposición14 Marzo 2015
El Peruano
Sábado 14 de marzo de 2015 548589
MINISTERIO PUBLICO
Aprueban actualización y modificación
de costos de los servicios del Tarifario
Único del Ministerio Público para el
año 2015
RESOLUCION DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 866-2015-MP-FN
Lima, 13 de marzo de 2015
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 163-2015-MP-FN-GG de la Gerencia
General y el Informe Nº 037-2015-MP-FN-GG/OCPLAP/03,
de la Of‌i cina Central de Planif‌i cación y Presupuesto,
relacionados con la actualización y modif‌i cación de costos
de los servicios del Tarifario Único del Ministerio Público
para el año 2015, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 635-2014-MP-FN de fecha 24 de febrero de 2014, se
aprobó el Tarifario Único del Ministerio Público, el cual
contiene los servicios prestados por el Ministerio Público
a través de las Dependencias Fiscales, Administrativas y
Divisiones Médico Legales;
Que, la Gerencia Central de Finanzas remitió la
propuesta de actualización de los costos de los servicios:
“Estudio Químico Toxicológico”, “Dosaje de Alcohol Etílico”,
“Dosaje de Alcohol Metílico”, “Determinación y Análisis de
Metales”, “Refrigeración de Cadáveres o Restos Humanos
por día o fracción”, “Vestir a un Cadáver”, “Reconocimiento
para Trasplante de Córnea”, “Lesiones”, “Ampliación de
Reconocimiento Médico Legal”, “Copia de los Actuados
o Resoluciones Dictaminados de los Casos Archivados
Solicitados por las Partes a) Simple (una Cara)” y el
cambio de denominación del “Diagnóstico en 3D”;
Que, mediante Of‌i cio Nº 687-2014-MP-PJFS-
DJCALLAO, Informe Nº 002-2014/MP/FN/PJFS/DJLS,
Of‌i cio Nº 1317-2014-MP-FN-PJFS-CUSCO y el Of‌i cio Nº
659-2014-MP-FN-IML-JN, los Presidentes de la Junta de
Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao,
Lima Sur, Cusco, así como de la Jefatura Nacional del
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, solicitan
la modif‌i cación de la Resolución de la Fiscalía de la
Nación Nº 4283-2013-MP-FN en el extremo relacionado
a las exoneraciones, a f‌i n de incorporar en ellas a las
diligencias y pericias requeridas por la Policía Nacional
del Perú - PNP, que resulten como consecuencia de
las acciones penales y no dif‌i cultar las acciones de
investigación correspondientes;
Que, por lo expuesto resulta necesario proceder
a la actualización de los costos de los servicios antes
señalados, en el Tarifario Único del Ministerio Público,
en aplicación al Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM que
aprueba la Metodología de Determinación de Costos de
los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados
en Exclusividad Comprendidos en los Textos Únicos de
Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas,
en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley
Estando a lo propuesto por la Gerencia Central de
Finanzas y contando con el visto bueno de la Gerencia
General, de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina
Legal y Ciencias Forenses, Of‌i cina Central de Planif‌i cación
y Presupuesto y de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, y;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
Ministerio Público, lo dispuesto por el artículo 38° de
General y el artículo 15° del Decreto Supremo N° 079-
2007-PCM que “Aprueban lineamientos para elaboración
y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el
cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo”.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la actualización y
modif‌i cación de costos de los servicios del Tarifario
Único del Ministerio Público para el año 2015, el mismo
que consta de tres (03) folios y tres (03) formatos que
como anexos forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de
la Fiscalía de la Nación Nº 635-2014-MP-FN, de fecha 24
de febrero de 2014.
Artículo Tercero.- Considerar como exoneraciones al
pago por los servicios que brinda el Instituto de Medicina
Legal y Ciencias Forenses en los siguientes casos:
1. Los Policías y Bomberos en el cumplimiento de sus
funciones.
2. Las diligencias y pericias requeridas, por el Poder
Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú
- PNP y el fuero militar, que resulten como consecuencia
de las acciones penales.
3. Casos de Niños y Adolescentes en cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 158º de la Ley Nº 27337, “Ley que
aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes”.
4. Casos de Violencia Familiar, en aplicación al Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 26260 “Ley de Protección
frente a la violencia Familiar” aprobado por Decreto
Supremo Nº 006-97-JUS.
Artículo Cuarto.- Las solicitudes de servicios
provenientes de otras dependencias del Estado que
se rigen por el criterio de colaboración entre entidades
dispuesta por el Artículo 76° de la Ley Nº 27444 Ley del
gratuitamente salvo en aquellos casos en que al Ministerio
Público le ocasionen gastos elevados o pongan en peligro
el cumplimiento de sus propias funciones o cuando las
acciones se encuentren fuera del ámbito de la actividad
ordinaria de la entidad, por lo que la autoridad solicitante
asumirá el pago del servicio, previa evaluación del
Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal correspondiente o del Jefe Nacional del Instituto de
Medicina Lega y Ciencias Forenses cuando corresponda.
Artículo Quinto.- Las solicitudes de exoneración de
pago de servicios por indigencia, según el formato que
como Anexo forma parte de la presente Resolución, de
la Sede del Distrito Fiscal serán presentadas ante el
Presidente de la Junta de Fiscales Superiores para su
evaluación y autorización; en el caso de las provincias
fuera de la sede lo asumirán los Fiscales Coordinadores
o si no lo hubiera ante el Fiscal de la provincia; en el
caso de las Sub Gerencias de Criminalística estas serán
autorizadas por el funcionario a cargo.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Of‌i cina Central de
Tecnologías de la Información, la publicación de la presente
Resolución en la página Web de la Institución, así como
en el Portal de Transparencia del Estado Peruano.
Artículo Séptimo.- Los Presidentes de la Junta de
Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, a través
de los Administradores de los Distritos Fiscales o
Gerentes Administrativos respectivos, dispondrán que los
servicios aprobados en el artículo primero de la presente
Resolución, se publiquen en lugares visibles de todas las
dependencias Fiscales a nivel nacional.
Artículo Octavo.- Poner en conocimiento de los
Presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los
Distritos Fiscales de la República, Gerencia General,
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Gerencia
Central de Finanzas, Of‌i cina Central de Planif‌i cación y
Presupuesto, Of‌i cina de Asesoría Jurídica y a la Of‌i cina
Central de Tecnologías de la Información, la presente
Resolución para los f‌i nes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
TARIFARIO ÚNICO DEL MINISTERIO PÚBLICO
ENTIDAD: MINISTERIO PÚBLICO
Nº DE
ORDEN PROCEDIMIENTO
Derechos de
trámite
S/.
FISCALIAS A NIVEL NACIONAL
1Derecho de presentación de solicitudes para solucionar conf‌l ictos de
intereses en aplicación de Conciliación en Asuntos de Familia S/. 38.0

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