RESOLUCION Nº 735-2014-GG/OSIPTEL - Sancionan con multa a Telefónica Móviles S.A. por la comisión de infraccions tipificadas en el artículo 2° del Anexo 5 del TUO de las Condiciones de Uso y en el artículo 7° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones

Fecha de disposición20 Junio 2015
Fecha de publicación20 Junio 2015
El Peruano
Sábado 20 de junio de 2015 555579
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
N° 118-2015-OS/CD
Mediante O cio N° 57-2015-OS/AAD, el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -
OSINERGMIN solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución de Consejo Directivo N° 118-2015-OS/CD,
publicada el día 14 de junio de 2015.
En el último párrafo del Artículo 1° (Página 555021);
DICE:
(...)
El órgano que emite las medidas administrativas
o mandatos, previstos en el Título IV del presente
Reglamento, podrá establecer como apercibimiento la
imposición de una multa coercitiva, en la resolución que
dicta la medida administrativa o mandato a cumplirse, o
en acto posterior; y asimismo, estará facultado a imponer
la multa coercitiva ante el incumplimiento de las medidas
administrativas o mandatos por parte del administrado.
DEBE DECIR:
(...)
El órgano que emite las medidas administrativas
o mandatos, previstos en el Título V del presente
Reglamento, podrá establecer como apercibimiento la
imposición de una multa coercitiva, en la resolución que
dicta la medida administrativa o mandato a cumplirse, o
en acto posterior; y asimismo, estará facultado a imponer
la multa coercitiva ante el incumplimiento de las medidas
administrativas o mandatos por parte del administrado.
1252651-1
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION PRIVADA
EN TELECOMUNICACIONES
Sancionan con multa a Telefónica Móviles
S.A. por la comisión de infracciones
tipificadas en el artículo 2º del Anexo
5 del TUO de las Condiciones de Uso
y en el artículo 7º del Reglamento de
Fiscalización, Infracciones y Sanciones
(Se publica la presente resolución a solicitud
del Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones - OSIPTEL, mediante Carta Nº
C.514-GCC/2015, recibida el 18 de junio de 2015)
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 735-2014-GG/OSIPTEL
Lima, 9 de octubre de 2014
EXPEDIENTE Nº : 00021-2014-GG-GFS/PAS
MATERIA : Procedimiento Administrativo
Sancionador
ADMINISTRADO : TELEFÓNICA MÓVILES S.A.
VISTO el Informe de la Gerencia de Fiscalización y
Supervisión del OSIPTEL (GFS) Nº 619-GFS/2014, por
medio del cual se informa a esta Gerencia General respecto
del procedimiento administrativo sancionador (PAS) iniciado a
TELEFÓNICA MÓVILES S.A. (TELEFÓNICA MÓVILES), por
la supuesta comisión de la infracción tipi cada en el artículo
2º del Anexo 5 del Texto Único Ordenado de las Condiciones
de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones,
aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 138-
2012-CD/OSIPTEL (en adelante, TUO de las Condiciones de
Uso), al haber incumplido con lo dispuesto por los artículos
44° y 49° de la referida norma, así como por haber incumplido
lo dispuesto por el artículo 7° del Reglamento de Fiscalización,
Infracciones y Sanciones, aprobado con Resolución de
Consejo Directivo N° 087-2013-CD/OSIPTEL (en adelante
RFIS).
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Informe de Supervisión Nº 201-GFS/2014,
de fecha 19 de febrero de 2014 (en adelante, Informe de
Supervisión), la GFS consignó el resultado de la veri cación
del cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 44º,
45º, 48º, 49º y 92° del TUO de las Condiciones de Uso
por parte de TELEFÓNICA MÓVILES, respecto de las
interrupciones ocurridas durante el tercer trimestre del
año 2012, seguida en el expediente Nº 00121-2013-GG-
GFS, cuyas conclusiones fueron las siguientes:
“(….)
IV. CONCLUSIONES
(…)
4.4.2 Medidas a adoptarse por los (sic)
incumplimientos detectados
De acuerdo al análisis efectuado en el numeral 3.4 del
presente informe, se obtuvieron los siguientes resultados:
a. En veintiséis (26)1 casos de interrupción, la empresa
TELEFÓNICA MÓVILES S.A, habría incumplido lo
establecido en el numeral i) y/o ii) del artículo 49º del TUO
de las Condiciones de Uso. En ese sentido, corresponde
iniciar un procedimiento administrativo sancionador.
b. En ciento cuarenta y nueve (149)2 casosde interrupción,
la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A. habría incumplido
con lo establecido por el artículo 44º del TUO de las condiciones
de Uso. En tal sentido, corresponde iniciar un procedimiento
administrativo sancionador.
c. En ciento cuarenta y nueve (149)3 casos de
interrupción, la empresa TELEFÓNICA MÓVILES
1 Tickets Nº 219377, 219378, 219447, 219679, 219681, 220571, 220924,
220925, 221233, 221283, 221284, 221347, 221557, 221558, 221726,
221934, 222034, 222657, 222938, 223023, 223286, 223287, 223288,
223292, 223353, 223646.
2 Tickets Nº 219180, 219184, 219186, 219187, 219377, 219378, 219418,
219419, 219421, 219447, 219589, 219590, 219608, 219679, 219681,
219732, 220167, 220202, 220203, 220256, 220257, 220277, 220278,
220279, 220310, 220519, 220520, 220521, 220522, 220523, 220571,
220703, 220704, 220705, 220777, 220778, 220855, 220857, 220858,
220860, 220864, 220867, 220868, 220869, 220923, 220924, 220925,
220926, 221177, 221218, 221219, 221233, 221283, 221284, 221285,
221286, 221325, 221347, 221348, 221474, 221475, 221557, 221558,
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221941, 222030, 222031, 222032, 222033, 222034, 222077, 222078,
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223531, 223532, 223533, 223641, 223642, 223646
3 Tickets Nº 219180, 219184, 219186, 219187, 219377, 219378, 219418,
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219732, 220167, 220202, 220203, 220256, 220257, 220277, 220278,
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220703, 220704, 220705, 220777, 220778, 220855, 220857, 220858,
220860, 220864, 220867, 220868, 220869, 220923, 220924, 220925,
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221286, 221325, 221347, 221348, 221474, 221475, 221557, 221558,
221675, 221676, 221677, 221678, 221679, 221680, 221681, 221726,
221727, 221728, 221774, 221775, 221776, 221934, 221935, 221940,
221941, 222030, 222031, 222032, 222033, 222034, 222077, 222078,
222080, 222081, 222175, 222176, 222177, 222290, 222291, 222292,
222293, 222295, 222299, 222300, 222301, 222302, 222328, 222368,
222369, 222541, 222551, 222653, 222654, 222655, 222656, 222657,
222684, 222728, 222851, 222852, 222853, 222936, 222938, 222994,
222995, 222996, 222997, 223023, 223043, 223044, 223194, 223221,
223222, 223223, 223224, 223225, 223286, 223287, 223288, 223292,
223326, 223327, 223328, 223339, 223353, 223476, 223477, 223478,
223531, 223532, 223533, 223641, 223642, 223646

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