RESOLUCION Nº 4576-2015 - Autorizan al Banco de la Nación el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Piura
Emisor | SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES |
Fecha de la disposición | 31 de Agosto de 2015 |
560484 NORMAS LEGALES Lunes 31 de agosto de 2015 /
El Peruano
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan Auxiliar Coactivo del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI
Nº 140-2015-INDECOPI/COD
Lima, 17 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, resulta de necesidad institucional reforzar el
normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las
multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento
de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Auxiliar Coactivo
se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva,
correspondiendo efectuar la designación pertinente,
previo concurso público de méritos;
Que, estando a los resultados del Concurso Público
Nº 223-2015; y,
De conformidad con lo establecido en el inciso f) del
numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº
1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi;
RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la abogada Mónica María
Vinatea Aguayo en el cargo de Auxiliar Coactivo del
Indecopi, con efectividad al día siguiente de la publicación
de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
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ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de la Nación el
traslado de oficina especial ubicada en el
departamento de Piura
RESOLUCIÓN S.B.S. Nº 4576-2015
Lima, 11 de agosto de 2015
La Intendente General de Banca
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de la Nación para
que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01)
ofi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 14419-2010 se
autorizó al Banco de la Nación la apertura de quince (15)
ofi cinas especiales, la cual incluye la denominada PRICO
Piura;
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que sustenta la solicitud;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de
la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y,
en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el
traslado de una (01) ofi cina especial, según el siguiente
detalle:
Denominación De (Dirección actual) A (Nueva dirección)
PRICO Piura Esq. Av. Loreto N° 600 con
Jr. Callao
Distrito, Provincia y
Departamento de Piura
Av. Grau N° 1006, Esq. con
Av. San Martín N° 336-386,
sub lote A
Distrito, Provincia y
Departamento de Piura
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1279918-1
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito
Credinka S.A., a partir de la entrada en
vigencia de la Resolución SBS Nº 4655-2015,
el cierre de oficinas ubicadas en diversos
departamentos del país
RESOLUCIÓN SBS Nº 4883-2015
Lima, 27 de agosto de 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Credinka S.A. y la Financiera Nueva Visión S.A.
(en adelante, la Caja y la Financiera, respectivamente)
con fecha 29.12.2014, para que esta Superintendencia
les autorice, entre otros, a llevar adelante un proceso de
escisión a través del cual la Caja segregará un bloque
patrimonial que será absorbido por la Financiera; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 4655-2015
del 14 de agosto de 2015 se autorizó a la Caja y a la
Financiera, entre otros, a: (i) llevar adelante un proceso
de escisión a través del cual la Caja segregará un
bloque patrimonial que será absorbido por la Financiera;
efectuar el correspondiente aumento del capital social
de la Financiera como consecuencia de la absorción
del bloque patrimonial, y la modifi cación integral de su
estatuto social en el marco de la operación de escisión,
la cual involucra el cambio de su denominación social a
“Financiera Credinka S.A.”; (ii) transferir el íntegro de la
cartera de créditos hipotecarios MiVivienda de la Caja
en favor de la Financiera; y, (iii) llevar a cabo una fusión
por absorción entre la Caja y NCF Servicios Compartidos
S.A. (en adelante, NCF), actuando NCF como sociedad
absorbente y la Caja como sociedad absorbida, la que
se extinguirá sin disolverse ni liquidarse; estableciéndose
que a la entrada en vigencia de la fusión, la autorización
de funcionamiento otorgada a la Caja por parte de esta
Superintendencia quedará extinguida de pleno derecho;
Que, al 31 de julio de 2015, la Caja cuenta con 40 ofi cinas
autorizadas para operar, las mismas que se detallan en
el Anexo adjunto a la presente Resolución y que son parte
integrante del bloque patrimonial que absorberá la Financiera;
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