RESOLUCION N° 443-2014-GDT-MPC - Aprueban la recepción de obra con variaciones de la Habilitación Urbana 'Los Eucaliptos'

Fecha de disposición18 Marzo 2015
Fecha de publicación18 Marzo 2015
El Peruano
Miércoles 18 de marzo de 2015
548876
Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 436-
2013-AL-MPC, de fecha 01 de octubre de 2013, se designa
a la Abog. LIDIA ISABEL LOAYZA LOZANO, Gerente
de Secretaría General de la Municipalidad Provincial
de Cañete, como funcionaria responsable de brindar la
información solicitada por la ciudadanía de conformidad
con lo dispuesto por la Ley Nº 27806 y normas legales
relativas;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 009-2015-AL-
MPC, de fecha 05 de enero de 2015, se designa a la
Abog. Flor de María Ramos Arias, en el cargo de Gerente
de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de
Cañete;
Que, el Decreto Supremo Nº 072-2006-PCM;
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Título I: Disposiciones Generales
establece en su artículo Art. 3º Obligaciones de la
máxima autoridad de la entidad: Las obligaciones de
la máxima autoridad de la Entidad son las siguientes:
a) Adoptar las medidas necesarias que permitan
garantizar al ejercicio del derecho de acceso a
la información pública dentro de su competencia
funcional; b) Designar a los funcionarios responsables
de entregar la información de acceso público; c)
Designar al funcionario responsable de la elaboración y
actualización del Portal de Transparencia; d) Clasificar
la información de carácter secreto y reservado y/
o designar a los funcionarios encargados de tal
clasificación; e) Disponer se adopten las medidas de
seguridad de la información de acceso restringido; y f)
Otras establecidas en la Ley;
Que, el Art. 3º de la Ley Nº 27806, dispone que, todas las
actividades y disposiciones de las entidades comprendidas
en dicha ley, están sometidas al principio de publicidad.
La entidad pública designará al funcionario responsable
de entregar la información solicitada, asimismo, el Art. 4º
de la mencionada ley trata sobre las responsabilidades y
sanciones del funcionario designado;
Que, el Art. 8º de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, ordena que, las entidades
identif‌i carán, bajo responsabilidad de su máximo
representante, al funcionario responsable de brindar la
información solicitada. En caso que éste no hubiera sido
designado los responsabilidades administrativas y penales
recaerán en el Secretario General de la institución o quien
haga sus veces;
Que, el Art. 14º de la Ley de Transparencia y Proceso
a la Información Pública establece que, el funcionario
público responsable de dar información que de modo
arbitrario obstruya el acceso del solicitante a la información
requerida o la suministre de manera incompleta u
obstaculice de cualquier modo el cumplimiento de la
citada ley, se encontrará incurso en los alcances del Art.
4º de la Ley Nº 27806; y,
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972; y contando con la visación
de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la
Abog. Lidia Isabel Loayza Lozano, como responsable de
entregar la información solicitada por la ciudadanía de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, por los
fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2º.- Designar a la Abog. FLOR DE MARÍA
RAMOS ARIAS, Gerente de Secretaría General de la
Municipalidad Provincial de Cañete, como funcionaria
responsable de brindar la información solicitada por la
ciudadanía de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº
27806 y normas legales relativas.
Artículo 3º.- AUTORIZAR al Sr. Mariano Jesús
Marquina Ulloa – Subgerente de Racionalización y
Presupuesto e Informática de la Municipalidad Provincial
de Cañete, como RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN
Y ACTUALIZACIÓN DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA
Y DEL PORTAL INSTITUCIONAL de la Municipalidad
Provincial De Cañete.
Artículo 4º.- Disponer que los Gerentes, Subgerentes
de todas las áreas de la Municipalidad Provincial de
Cañete proporcionen a los funcionarios designados, toda
la información que soliciten bajo responsabilidad, a f‌i n de
cumplir con la función encomendada.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, las sedes de la
institución, así como en el portal web (www.municanete.
gob.pe) de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN
Alcalde
1212636-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
Aprueban la recepción de obra con
variaciones de la Habilitación Urbana
“Los Eucaliptos”
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
N° 443-2014-GDT-MPC.
Cajamarca, 30 de Diciembre del 2014.
EL GERENTE DE DESARROLLO TERRITORIAL DE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
El Formulario Único de Habilitación Urbana – FUHU,
con Registro Administrativo Nº 71911-2014, presentado
por Minera Yanacocha S.R.L.; Resolución de Alcaldía Nº
310-2009-A-MPC; Informe Legal Nº 467-2014-AL-SGDU
y C-GDT-MPC, Informe Nº 332-2014-LRG-SGDU y C-
GDT-MPC, Informe Nº 330-2014-LRG-SGDU y C-GDT-
MPC, Informe Nº 360-2014-PFR-SGDU y C-GDT/MPC;
Informe Nº 302-2014-LRG-SGDU y C-GDT-MPC.
CONSIDERANDO:
En atención a lo establecido en el Art. 195° de la
Constitución Política del Perú: Los Gobiernos Locales
promueven el desarrollo y economía local y la prestación
de los servicios públicos de su responsabilidad; así
como el Planif‌i car el desarrollo urbano y rural de sus
circunscripciones.
Que de conformidad con lo establecido en el Art. 73º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las
Municipalidades Provincial asumen las competencias
y ejercen funciones específ‌i cas en la organización
del espacio físico y uso de suelo, específ‌i camente en
habilitaciones urbanas.
Que según lo prescrito en el numeral 1 del Artículo
3º de la Ley de Regularizaciones de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones – Ley 29090, la Habilitación
Urbana es el proceso de convertir un terreno rústico
o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras
de accesibilidad, de distribución de agua recolección
de desagüe, de distribución de energía e iluminación
pública, pistas y vereda. Adicionalmente, el terreno
podrá contar con redes para la distribución de gas y
redes de comunicaciones.
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 310-2009-A-
MPC, de fecha 09 de setiembre de 2009, la Municipalidad
Provincial de Cajamarca aprobó la Regularización del
Proyecto de la Habilitación Urbana denominada “Los
Eucaliptos” para f‌i nes de vivienda, del predio de una
extensión superf‌i cial de 36,025.00 m2, ubicado en la Av.
San Martín de Porres, distrito, provincia y departamento
de Cajamarca; distribuido en 5 manzanas con 62 lotes,
de conformidad con la memoria descriptiva y planos
de lotización que forman parte de la citada resolución.
Proyecto debidamente inscrito en el Asiento B0002 de la
Partida N° 11091251 del Registro de Predios de la Of‌i cina
Registral de Cajamarca,
Que en atención a lo establecido en el Art. 15º
de la Norma TH.010 del Reglamento Nacional de
Edif‌i caciones, “Las Habilitaciones Convencionales, o
simplemente Urbanizaciones, son aquellas que cumplen
con la ejecución de las obras mínimas según su tipo,
cumpliendo con el procedimiento de recepción de obras,

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