Resolución Nº 439-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 28-02-2017

Número de resolución439-2017-SUNARP-TR-L
Fecha28 Febrero 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaBienes muebles,Caducidad de gravamen que garantiza obligaciones indeterminadas o futuras de no constar en los antecedentes registrales del bien o en la declaración jurada del interesado el nacimiento de alguna obligación, el plazo de caducidad de las prendas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas se computará desde la fecha de inscripción del gravamen, pues el artículo 87 del reglamento de inscripciones del registro de propiedad vehicular sólo regula la caducidad de los gravámenes que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas que llegaron a nacer.
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