RESOLUCION N° 380-2014/SUNAT - Aprueban disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2014

Fecha de disposición29 Diciembre 2014
Fecha de publicación29 Diciembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Lunes 29 de diciembre de 2014 541899
Subtitulo III Equipo de Trabajo de Políticas Generales de Gestión MOF-OIP-03/01
Título IX: Organización y funciones de la Of‌i cina de Administración
Subtítulo I Of‌i cina de Administración MOF-OAD-01/01
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Tesorería MOF-OAD-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Contabilidad MOF-OAD-03/01
Subtítulo IV Equipo de Trabajo de Logística MOF-OAD-04/01
Título X: Organización y funciones de la Of‌i cina de Recursos Humanos
Subtítulo I Of‌i cina de Recursos Humanos MOF-ORH-01/01
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Desarrollo Profesional MOF-ORH-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Relaciones Laborales MOF-ORH-03/01
Título XI: Organización y funciones de la Of‌i cina de Tecnologías de la Información
Subtítulo I Of‌i cina de Tecnologías de la Información MOF-OTI-01/02
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Innovación y Desarrollo MOF-OTI-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Administración de Plataformas y Redes MOF-OTI-03/02
Subtítulo IV Equipo de Trabajo de Desarrollo de Soluciones TI MOF-OTI-04/01
Título XII Organización y funciones de la Dirección de Producción
Subtítulo I Dirección de Producción MOF-DPR-01/01
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Programación y Control de la Producción MOF-DPR-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Gestión de Af‌i liados MOF-DPR-03/01
Subtítulo IV Equipo de Trabajo de Gestión de Derechos MOF-DPR-04/01
Subtítulo V Equipo de Trabajo de Inspección y Fiscalización MOF-DPR-05/01
Título XIII: Organización y funciones de la Dirección de Prestaciones
Subtítulo I Dirección de Prestaciones MOF-DPE-01/01
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Of‌i cinas Departamentales MOF-DPE-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Atención al Asegurado MOF-DPE-03/01
Subtítulo IV Equipo de Trabajo de Pago de Prestaciones MOF-DPE-04/01
Título XIV: Organización y funciones de la Dirección de Inversiones
Subtítulo I Dirección de Inversiones MOF-DIN-01/01
Subtítulo II Equipo de Trabajo de Inversiones Financieras MOF-DIN-02/01
Subtítulo III Equipo de Trabajo de Inversiones Inmobiliarias MOF-DIN-03/01
1182212-1
con la presentación de la declaración jurada anual del
impuesto a la renta;
Que el segundo párrafo del artículo 17° del TUO de la Ley
Nº 28194 establece que la declaración y pago del impuesto a
las transacciones f‌i nancieras antes señalado se realizará en
la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT;
Que por otra parte, el artículo 88° del Código Tributario,
faculta a la administración tributaria a establecer para
determinados deudores la obligación de presentar la
declaración tributaria por medios magnéticos, transferencia
electrónica, entre otros, en las condiciones que se señalen
para ello;
Que el artículo 29° del mencionado cuerpo normativo
indica que el pago se efectuará en la forma que señala
la ley, o en su defecto, el reglamento, y a falta de éstos,
la resolución de la administración tributaria; así como
faculta a la administración tributaria a establecer para
determinados deudores la obligación de realizar el pago
utilizando, entre otros mecanismos, el pago mediante
débito en cuenta corriente o de ahorros, siempre que se
hubiera realizado la acreditación en las cuentas que esta
establezca, en las condiciones que señale para ello;
Que la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/
SUNAT regula la forma y condiciones en que los deudores
tributarios podrán realizar diversas operaciones a través
de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en
Línea; la Resolución de Superintendencia Nº 129-2002/
SUNAT establece, entre otros, las causales de rechazo
de los formularios virtuales generados por los Programas
de Declaración Telemática (PDT); la Resolución de
Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT dicta medidas para
facilitar el pago de la deuda tributaria a través de SUNAT
Virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de
pago SUNAT – NPS; y, la Resolución de Superintendencia
Nº 093-2012/SUNAT aprueba normas para que los
deudores tributarios presenten sus declaraciones
determinativas y efectúen el pago de los tributos internos
a través de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados
utilizando el NPS;
Que estando a lo señalado resulta necesario establecer
los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para la
presentación de la declaración jurada anual del impuesto
a la renta y del impuesto a las transacciones f‌i nancieras
correspondiente al ejercicio gravable 2014; así como
establecer para determinados deudores la opción de
realizar el pago del impuesto a la renta en los bancos
habilitados utilizando el NPS, entre otros;
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones y formularios
para la declaración jurada anual del
Impuesto a la Renta y del Impuesto
a las Transacciones Financieras del
Ejercicio Gravable 2014
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 380-2014/SUNAT
Lima, 24 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 79º del Texto Único Ordenado
(TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, los contribuyentes
del impuesto que obtengan rentas computables para los
efectos de esta ley, deberán presentar declaración jurada
de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los medios,
condiciones, forma, plazos y lugares que determine la
SUNAT, facultando a esta a exceptuar de tal obligación en
los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar
una mejor administración o recaudación del impuesto;
Que el artículo 6° del Reglamento de la Garantía de
Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley
Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por
Decreto Supremo Nº 32-95-EF, establece, entre otros, que
los formularios de declaración y pago del impuesto a la
renta serán determinados por la SUNAT;
Que de otro lado, el artículo 9° del Reglamento de la
Ley Nº 28194, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2004-EF, dispone que la presentación de la declaración
y el pago del impuesto a las transacciones f‌i nancieras a
que se ref‌i ere el inciso g) del artículo del TUO de la Ley
Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la
Formalización de la Economía, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 150-2007-EF, se efectúe conjuntamente

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