RESOLUCION N° 359-2014/SUNAT - Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de publicación01 Diciembre 2014
Fecha de disposición01 Diciembre 2014
El Peruano
Lunes 1 de diciembre de 2014 539073
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594
– Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos
y de acuerdo a las facultades conferidas a la Dirección
Ejecutiva en el artículo 11° del Reglamento de Organización
y Funciones del Organismo Técnico de la Administración
de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido a partir de la
fecha, el encargo de funciones de Jefe de la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto del Organismo Técnico
de la Administración de los Servicios de Saneamiento,
conferido al señor Jorge Carlos Pastor Ballón.
Artículo Segundo.- DESIGNAR, partir de la fecha
al señor Gerardo Egberto Rodríguez Negrón en el cargo
de Jefe de la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto del
Organismo Técnico de la Administración de los Servicios
de Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILAGROS CADILLO LA TORRE
Directora Ejecutiva
1171650-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de
la SUNAT a Brasil, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 359-2014/SUNAT
Lima, 28 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante correo electrónico de fecha 1 de octubre
de 2014, la Secretaría General de la Organización Mundial
de Aduanas - OMA cursa invitación a la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para
participar en la 72º Sesión de la Comisión de Política de la
OMA, que se llevará a cabo en la ciudad de Recife, República
Federativa del Brasil, del 8 al 10 de diciembre de 2014;
Que el objetivo de la referida reunión es revisar y adoptar
decisiones, en el marco de sus funciones, acerca de temas
relativos al marco normativo SAFE y seguridad en la aviación,
la medición del desempeño, facilitación del comercio, el plan
de acción del paquete de cumplimiento y lucha contra el
fraude, orientación sobre la asociación aduanas/empresas,
facilitación del comercio, impacto del comercio electrónico
en la recaudación de ingresos, entre otros;
Que la participación de la SUNAT en el citado evento,
se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de
incrementar la efectividad del control del incumplimiento,
toda vez que el mencionado evento permitirá participar
en la formulación de las políticas de la organización en
relación a la lucha contra el fraude aduanero en sus
diversos aspectos;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la
SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta
naturaleza, conforme al Informe N.º 16-2014-SUNAT/5C0000
de fecha 25 de noviembre de 2014 resulta necesario autorizar
la participación del trabajador Alfonso Iván Luyo Carbajal,
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e);
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la f‌i nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y f‌i nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N.º 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará
los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N.º 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje del trabajador Alfonso Iván Luyo
Carbajal del 7 de diciembre al 11 de diciembre de 2014;
debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto,
los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la
Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os
27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8º del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N.º 122-2014/SUNAT y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Alfonso
Iván Luyo Carbajal, Superintendente Nacional Adjunto
de Aduanas (e) del 7 de diciembre al 11 de diciembre
de 2014, para participar en la 72º Sesión de la Comisión
de Política de la Organización Mundial de Aduanas, que
se llevará a cabo del 8 al 10 de diciembre de 2014 en la
ciudad de Recife, República Federativa del Brasil.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Alfonso Iván Luyo Carbajal
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 790,66
Viáticos US $ 1 110,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1171633-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Sancionan con suspensión del
ejercicio de sus funciones a Martilleros
Públicos
ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 709-2014-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF
Lima, 2 de setiembre de 2014

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