Resolucion Nº 3551-2022-JNE. Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de regidores del Concejo Provincial de Pacasmayo, departamento de La Libertad

Fecha de publicación16 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente Nº JNE.2022085770

PACASMAYO - LA LIBERTAD

LICENCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós

VISTOS: El Oficio Nº 415-2022-MPP-SPLL, presentado el 26 de agosto de 2022 por don Víctor Raúl Cruzado Rivera, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, departamento de La Libertad (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó las licencias concedidas a don Edwin Richard Reyes Urteaga y Carlos Alberto Grados Mendoza regidores del concejo de la citada comuna (en adelante señores regidores), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022).

ANTECEDENTES

1.1. Mediante los expedientes administrativos Nº 4751-2022 y Nº 4752-2022 del 14 de junio de 2022, los señores regidores solicitaron licencia sin goce de haber a fin de participar como candidatos en las ERM 2022.

1.2. A través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 073-2022-MPP del 16 de agosto de 2022, se aprobó la licencia sin goce de haber a favor de los señores regidores, por el periodo del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022.

1.3. Por medio del oficio del visto, el señor recurrente remitió el referido acuerdo de concejo municipal y solicitó que se otorgue la acreditación correspondiente al reemplazo de los señores regidores.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM)

1.1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y que los regidores son reemplazados por los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1

1.3. El Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR