RESOLUCION N° 286-2014-PROMPERU/SG - Aprueban precios de venta y forma de pago de actividades de promoción de las exportaciones, a realizarse en Colombia y los EE.UU.

Fecha de disposición29 Diciembre 2014
Fecha de publicación29 Diciembre 2014
SecciónSección Única
Lunes 29 de diciembre de 2014
541891
Año XXXI - Nº 13102
AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
R.J. Nº 0340-2014-MINAGRI-SENASA.- Designan Secretario
Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios
del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA 541892
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 552-2014-MEM/DM.- Aprueban Plan Operativo
Institucional - POI del Ministerio de Energía y Minas,
correspondiente al año 2015 541892
PRODUCE
R.M. Nº 442-2014-PRODUCE.- Designan representante
del Ministro de la Producción ante la Comisión de Lucha
contra los Delitos Aduaneros y la Piratería 541893
R.D. Nº 042-2014-PRODUCE/DGSF.- Aprueban Directiva que
regula el Listado de Proveedores Satelitales Aptos, modelo de
contrato de prestación de servicios satelitales y modelo de
convenio de f‌i el y cabal cumplimiento de las disposiciones
contenidas en el Reglamento SISESAT 541893
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 876-2014 MTC/03.- Otorgan a Antena Cable Sur
Satélite E.I.R.L. concesión única para la prestación de
los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el
territorio peruano 541894
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION DEL PERU
PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Res. Nº 286-2014-PROMPERU/SG.- Aprueban precios
de venta y forma de pago de actividades de promoción de
las exportaciones, a realizarse en Colombia y los EE.UU.
541895
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Res. Nº 004-2014/SNM-INDECOPI.- Aprueban Norma
Metrológica Peruana sobre Esf‌i gmomanómetros no
invasivos automáticos 541896
Res. Nº 005-2014/SNM-INDECOPI.- Aprueban Norma
Metrológica Peruana sobre Termómetros eléctricos
clínicos con dispositivo de máxima 541896
OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
R.J. Nº 082-2014-JEFATURA/ONP.- Aprueban Manuales
de Organización y Funciones del Despacho de la Of‌i cina
de Tecnologías de la Información y del Equipo de Trabajo
de Administración de Plataformas y Redes, así como la
codif‌i cación del Manual de Organización y Funciones de
la ONP 541897
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Res. Nº 380-2014/SUNAT.- Aprueban disposiciones y
formularios para la declaración jurada anual del Impuesto
a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras
del Ejercicio Gravable 2014 541899
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
R.A. Nº 307.- Aprueban Plan de Igualdad de Género de La
Municipalidad Metropolitana de Lima 2014-2019 541904
Res. Nº 19279-2014-MML/GTU-SST.- Autorizan
reubicación de paradero de Taxi Independiente ubicado
en el Cercado de Lima 541905
MUNICIPALIDAD DE ATE
D.A. Nº 035.- Aprueban proyecto de rediseño del TUPA de
la Municipalidad 541906
SEPARATAS ESPECIALES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES
Res. Nº 150-2014-CD/OSIPTEL.- Lista de Información
Conf‌i dencial de los Reportes de Información Periódica
presentada mediante el SIGEP 541868
Sumario
El Peruano
Lunes 29 de diciembre de 2014
541892
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Secretario Técnico de los
Procedimientos Administrativos
Disciplinarios del Servicio Nacional de
Sanidad Agraria - SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 0340-2014-MINAGRI-SENASA
17 de diciembre de 2014
VISTOS:
El Memorándum Nº 0346-2014-MINAGRI-SENASA-
OAD-UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos
Humanos, sobre designación de Secretario Técnico de los
Procedimientos Administrativos Disciplinarios del SENASA;
CONSIDERANDO:
Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las
personas que prestan servicios en las entidades públicas
del Estado, así como para aquellas personas que están
encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades
y de la prestación de servicios a cargo de éstas.
Que, la mencionada norma, de aplicación progresiva
por parte de las entidades de la Administración Pública,
estableció en su Título V las disposiciones aplicables al
régimen disciplinario y procedimiento sancionador de los
servicios civiles, las mismas que serían de aplicación a la
fecha de la entrada en vigencia de las normas reglamentarias
de dichas materias, conforme lo establecido en la Primera
Disposición Complementaria de la citada Ley;
Que, el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley
040-2014-PCM, estableció, en su Undécima Disposición
Complementaria Transitoria, que la entrada en vigencia
del título correspondiente al régimen disciplinario y
procedimiento sancionador se efectuaría a los tres (3)
meses de su publicación, con el f‌i n que las entidades puedan
adecuarse internamente al procedimiento; precisando
que aquellos procedimientos disciplinarios que fueron
instaurados con fecha anterior a la entrada en vigencia del
régimen disciplinario de la Ley, se regirán por las normas
por las cuales se les imputó responsabilidad administrativa
hasta su terminación en segunda instancia administrativa;
Que, de acuerdo al artículo 92º de la Ley Nº 30057,
concordante con el artículo 94º del Reglamento General
de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-
PCM, se dispone que las autoridades de los órganos
instructores del procedimiento administrativo disciplinario
deben contar con el apoyo de un Secretario Técnico, de
preferencia abogado y designado mediante resolución del
titular de la entidad. El Secretario Técnico puede ser un
servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en
adición a sus funciones; y es el encargado de precalif‌i car
las resuntas faltas, documentar la actividad probatoria,
proponer la fundamentación y administrar los archivos
emanados del ejercicio de la potestad sancionadora
disciplinaria de la entidad pública, sin tener capacidad de
decisión, no siendo vinculantes sus informes u opiniones;
Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del
Reglamento General de la Ley Nº 30057, señala que para
efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la
máxima autoridad administrativa de una entidad pública;
Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización
y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-
2005-AG, señala que el Jefe Nacional ejerce funciones
ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario
de mayor jerarquía de la entidad;
Que, por lo antes expuesto, resulta necesario designar
al funcionario que ejercerá el cargo de Secretario
Técnico de los órganos instructores del procedimiento
administrativo disciplinario del Servicio Nacional de
Sanidad Agraria – SENASA;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, el Reglamento de
Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad
Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº
008-2005-AG, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su
Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº
040-2014-PCM, y con el visado de los Directores Generales
de las Of‌i cinas de Asesoría Jurídica, de Planif‌i cación y
Desarrollo Institucional y de Administración;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al abogado Juan Pablo Miranda
Leo como Secretario Técnico de los Procedimientos
Administrativos Disciplinarios del Servicio Nacional de Sanidad
Agraria - SENASA, cargo que desempeñará con adición a sus
funciones de Asesor del Despacho de la Jefatura Nacional.
Artículo 2º.- La Secretaría Técnica y la Of‌i cina de
Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria
– SENASA brindarán el apoyo necesario al funcionario
designado para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 3º.- Disponer la notif‌i cación de la presente
resolución al funcionario designado y a la Unidad de Gestión
de Recursos Humanos de la Of‌i cina de Administración del
Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, para los
f‌i nes correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Jefe
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1182035-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban Plan Operativo Institucional
- POI del Ministerio de Energía y Minas,
correspondiente al año 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 552-2014-MEM/DM
Lima, 22 de diciembre de 2014
VISTO, el Memorándum N° 0809 -2014-MEM/OGP
de 12 de diciembre de 2014 de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Jefatural N° 003-94-INAP/DNR
de fecha 14 de enero de 1994, se aprobó la Directiva N°
002-94-INAP/DNR, sobre normas para la “Orientación,
Formulación, Aplicación, Evaluación y Actualización
del Plan de Trabajo Institucional”, correspondiente a las
entidades de la Administración Pública;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0002-2014-
EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0001-2014-EF/50.01,
“Directiva para los Programas Presupuestales en el marco
de la Programación y la Formulación del Presupuesto del
Sector Público para el año f‌i scal 2015;
Que, por Resolución Ministerial Nº 011-2013-MEM/DM, se
aprobó la Modif‌i cación de la Directiva N° 002-2011-MEM/DM
para la “Formulación, Aplicación, Evaluación y Actualización
del Plan Operativo Institucional”, correspondiente al Año 2015
del Ministerio de Energía y Minas, aprobada por Resolución
Ministerial N° 516-2011-MEM/DM;
Que el numeral 71.2 del artículo del artículo 71° del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411; Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo N° 304-2012-EF, establece que los presupuestos
institucionales de los Pliegos Presupuestarios se articulan
con los Planes Estratégicos Institucionales y éstos a la vez
con los Planes Operativos Institucionales;
Que el numeral 71.3 del artículo 71 de la misma Ley
señala que los Planes Operativos Institucionales ref‌l ejan
las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para
cada año f‌i scal y constituyen instrumentos administrativos
que contienen los procesos a desarrollar en el corto
plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las

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