Resolución Nº 284-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 22-09-2016

Número de resolución284-2017-SUNARP-TR-L
Fecha22 Septiembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaBienes muebles,Exhorto internacional por el principio de soberanía, las diligencias o actos procesales dictadas por un tribunal de otro estado no pueden ser realizadas por este, pero si lo puede realizar el tribunal en cuyo territorio, por ejemplo, debe ejecutarse una medida cautelar, este auxilio judicial es lo que se denomina cooperación internacional. El exhorto internacional viene a ser el mecanismo que hace viable la cooperación judicial internacional, siendo que dicho exhorto debe tramitarse de acuerdo a los tratados de los que nuestro país es parte.
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