Resolución Nº 256-2021-OS/CD del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 2021

Año2021
Fecha23 Diciembre 2021
Número de resolución256-2021-OS/CD
EmisorConsejo Directivo
MateriaHidrocarburos
1
Aprueban “Procedimiento de Entrega de Información sobre Precios del Mercado Interno de
Combustibles Derivados de Hidrocarburos (PRICE)”
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 256-2021-OS/CD
Lima, 23 de diciembre de 2021
VISTOS:
El Memorando Nº GSE-596-2021 de la Gerencia de Supervisión de Energía, que pone a
consideración del Consejo Directivo la aprobación del “Procedimiento de Entrega de
Información sobre Precios del Mercado Interno de Combustibles Derivados de Hidrocarburos
(PRICE)”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley
N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin,
comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia,
entre otros, las normas que regulan los procedimientos a su cargo y normas de carácter general;
Que, conforme a lo señalado por el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización
y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010-2016-PCM y en
concordancia con el artículo 3 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento
Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo ejerce la función normativa, de manera
exclusiva, a través de Resoluciones; en ese sentido, aprueba procedimientos administrativos
especiales que norman los procesos administrativos vinculados, entre otros, con la función
supervisora;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 043-2005-EM, publicado el 14 de octubre de
2005, dispone que todo agente que comercialice combustibles derivados de los hidrocarburos
en el mercado interno, remitirá a Osinergmin sus listas de precios vigentes; asimismo, el
incumplimiento de la referida obligación calificará como infracción administrativa sancionable;
Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 394-2005-OS/CD, se aprobó el
Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de
Hidrocarburos (PRICE) al cual está sujeto todo aquel agente que comercialice combustibles
derivados de los hidrocarburos sin tarifas reguladas;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-OS/CD, publicada el 07 de
marzo de 2015, se dispuso la creación de la “Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO)”, que
incorpora las aplicaciones informáticas o módulos utilizados por las distintas dependencias de
Osinergmin para el ejercicio de sus funciones, entre ellas el Módulo “PRICE”, el cual es utilizado

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