Resolución Nº 2181-2016-OS/DSHL del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 2016

Fecha de publicación20 Noviembre 2017
Número de resolución2181-2016-OS/DSHL
Tipo de documentoResolución
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Osinergmin N° 2181-2016-OS/DSHL
Lima, 27 de julio del 2016
VISTOS:
El expediente N° 201600017112, el Oficio de Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador
N° 693-2016-OS/DSHL, el Informe de Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador N° 329-
2016-OS-GFHL/ALHL y el Informe Final de Procedimiento Administrativo Sancionador N° 1825-
2016-OS-DSHL de fecha 30 de junio de 2016, referidos a la verificación de la presentación de las
Declaraciones Juradas del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del
Petróleo (en adelante DJ FEPC-GLP), a través del Sistema de Control de Órdenes de Pedido – SCOP,
de los períodos comprendidos de enero a diciembre 2013, de la empresa GLP Granel S.A.C. (en
adelante GLP Granel), identificada con Registro Único de Contribuyente (RUC) N° 20514133850.
CONSIDERANDO:
1. Que, conforme consta en el Informe de Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador
N° 329-2016-OS-GFHL/ALHL de fecha 8 de febrero de 2016, mediante Informe N° 2270-2015
de fecha 28 de diciembre de 2015 se evaluó si la empresa GLP Granel cumplió con presentar
las Declaraciones Juradas de inventarios iniciales, compras, ventas e inventarios finales de
GLP (DJ FEPC-GLP) dentro de los plazos establecidos, a través del Sistema de Control de
Órdenes de Pedido – SCOP, del período comprendido de enero a diciembre 2013, del
Distribuidor de GLP a Granel con dirección legal en Av. Benavides N° 1555, Dpto. 604, distrito
de Miraflores, provincia y departamento de Lima, con Ficha de Registro de Hidrocarburos N°
003-CTGL-15-2002 y Código Osinergmin N° 61577.
2. Que, al respecto, el citado informe evidenció que la empresa fiscalizada no cumplió con
presentar las Declaraciones Juradas de Inventarios Iniciales, Compras, Ventas e Inventarios
Finales de GLP a Granel y GLP Envasado, correspondientes a los periodos comprendidos de
enero a noviembre de 2013, verificándose la comisión de la siguiente infracción:
INFRACCIÓN VERIFICADA
BASE LEGAL
CONTRAVENIDA
TIPIFICACIÓN DE
INFRACCIONES
GENERALES
SANCIÓN
La empresa GLP Granel no
cumplió con presentar las
Declaraciones Juradas de
Inventarios Iniciales, Compras,
Ventas e Inventarios Finales de
GLP a Granel y GLP Envasado,
correspondientes a los
periodos de enero a
noviembre de 2013.
Artículo 46° del
Procedimiento para la
Adecuación del SCOP,
aprobado por la
Resolución de Consejo
Directivo 069-2012-
OS/CD y modificatorias.
Numeral 4.7.8 de la
Resolución de Consejo
Directivo N° 271-2012-
OS/CD
Multa de
hasta 8 UIT.
Suspensión
del SCOP
3. Que, mediante el Oficio N° 693-2016-OS-DSHL, notificado el 8 de abril de 2016, se inició
procedimiento administrativo sancionador a la empresa GLP Granel, adjuntándose como
sustento de las imputaciones, el Informe de Inicio de Procedimiento Administrativo

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