Resolución Nº 2165-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 27-10-2016

Número de resolución2165-2016-SUNARP-TR-L
Fecha27 Octubre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Presentación cautiva de copias certificadas. La presentación de copias certificadas al registro deberá ser efectuada por el notario o sus dependientes acreditados ante la sunarp, y de manera excepcional por persona distinta debidamente autorizada por el notario, debiendo constar en el módulo sistema notario la acreditación o autorización respectiva, a efecto de verificar la identidad de los mismos, conforme a lo dispuesto en la sétima disposición complementaria, transitoria y final del decreto legislativo n° 1049, modificada por el decreto legislativo nº 1232.
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