RESOLUCION N° 2141-2015 - Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo la apertura de oficinas especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación en los departamentos de Lima, Piura, San Martín, Junín y Ucayali

Fecha de disposición25 Abril 2015
Fecha de publicación25 Abril 2015
El Peruano
Sábado 25 de abril de 2015 551399
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la
doctora Lizbeth Diana Arce Corahua, Fiscal Adjunta Provincial
Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima,
en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal
Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad
Intelectual de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la
Nación Nº 395-2014-MP-FN, de fecha 31 de enero del 2014.
Artículo Tercero.- Designar al doctor Ernesto Alcides
Chávez Rodríguez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal
Especializado en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad
Intelectual de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho
de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada en
Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima.
Artículo Cuarto.- Designar a la doctora Lizbeth Diana
Arce Corahua, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de
Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de
Fiscales de Lima.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia
de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima,
Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delitos de
Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Gerencia General,
Gerencia Central de Potencial Humano, O cina de Registro y
Evaluación de Fiscales, y a los Fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
1229610-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Modifican los artículos únicos de las
Resoluciones SBS Nºs. 2892-2014 y
5388-2014
RESOLUCIÓN SBS Nº 2115-2015
Lima, 8 de abril de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A.,
en adelante el Banco, para que se precise que los montos
aprobados para la emisión en los programas “Cuarto
Programa de Certi cados de Depósito Negociable” y
“Cuarto Programa de Bonos Corporativos” corresponden
a montos máximos en circulación;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su
artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y
colocar certi cados de depósito negociables;
Que, la Ley General, en su artículo 234º, faculta a las
empresas a emitir los instrumentos nancieros a que se re ere la
Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia
autorice mediante norma de carácter general;
Que, el artículo 232º de la Ley General establece que
para la emisión de instrumentos nancieros que tengan
la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta
pública, la Superintendencia del Mercado de Valores
procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado
de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución
de esta Superintendencia y de la documentación precisada
en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores;
Que, a su vez la emisión de instrumentos nancieros
se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 y sus
modi catorias;
Que, según Acta de Sesión de Junta General de Accionistas
Nº 003-14-JGA del 19 de febrero de 2014, se aprobó la emisión
de instrumentos de deuda del Banco Ripley Perú S.A. hasta
por un monto de S/. 450 000 000.00 (Cuatrocientos cincuenta
millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares
americanos, acordando asimismo delegar en el Directorio,
durante el periodo comprendido entre el 19.02.2014 y hasta
por un (01) año después de dicha fecha, todas las facultades
necesarias o convenientes para la determinación, estructuración
y ejecución de los programas de emisión y designando a
los Sres. Norberto Rossi, Virginia de Amat Huerta, Renato
Reyes Chacón y Leonor María Avendaño Arana, para que en
representación del Banco, realicen los trámites pertinentes,
suscribiendo individualmente y a sola rma, los documentos e
instrumentos públicos o privados que tengan como propósito
llevar a cabo la ejecución y formalización de las emisiones;
Que, según Acta de Sesión de Directorio Nº 004-14-DIR
del 26 de marzo de 2014, se aprobó por unanimidad “Cuarto
Programa de Certi cados de Depósito Negociables de Banco
Ripley Perú S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación
de S/. 200 000 000.00 (doscientos millones y 00/100 nuevos
soles) o su equivalente en dólares americanos, así como la
emisión del Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Banco
Ripley Perú S.A. hasta por un monto máximo en circulación de
S/. 250 000 000.00 (Doscientos cincuenta millones y 00/100
nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos;
Que, mediante Resolución SBS Nº 2892-2014 de
fecha 14 de mayo de 2014, esta Superintendencia opinó
favorablemente para que el Banco Ripley realice la
emisión del “Cuarto Programa de Certi cados de Depósito
Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto
máximo de S/. 200 000 000 (Doscientos millones y 00/100
nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos;
Que, mediante Resolución SBS Nº 5388-2014 de
fecha 15 de agosto de 2014, esta Superintendencia
opinó favorablemente para que el Banco Ripley realice la
emisión del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos de
Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo de
S/. 250 000 000 (Doscientos cincuenta millones y 00/100
nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”, por el Departamento Legal, y
contando con el visto bueno de las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Micro nanzas y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Único.- Modi car los artículos únicos de
las Resoluciones SBS Nº 2892-2014 y Nº 5388-2014,
precisando que los montos máximos de las emisiones
corresponden a montos máximos en circulación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSEMBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1229183-1
Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Trujillo la apertura de
oficinas especiales bajo la modalidad
de local compartido con el Banco de la
Nación en los departamentos de Lima,
Piura, San Martín, Junín y Ucayali
RESOLUCIÓN SBS Nº 2141-2015
Lima, 10 de abril del 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito Trujillo S.A. para que esta Superintendencia
autorice la apertura de seis (6) o cinas especiales bajo la
modalidad de local compartido con el Banco de la Nación,
en los Departamentos de Lima (2), Piura (1), San Martín
(1), Junín (1) y Ucayali (1), y;
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión de directorio de fecha 17 de noviembre
de 2014 se aprobó la apertura de las referidas o cinas
especiales;

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