RESOLUCION N° 171-2015-SERVIR-PE - Formalizan la aprobación de cargo de destino, para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, en el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP

Fecha de disposición04 Junio 2015
Fecha de publicación04 Junio 2015
El Peruano
Jueves 4 de junio de 2015 554007
Formalizan la aprobación de cargo
de destino, para la asignación de
profesionales que conforman el Cuerpo
de Gerentes Públicos, en el Instituto
Nacional de Radio y Televisión del Perú
- IRTP
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 171-2015-SERVIR-PE
Lima, 1 de junio de 2015
VISTO, el Informe Nº 180-2015-SERVIR/GDGP de la
Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y;
CONSIDERANDO:
se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los
Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº
1024;
Que, el citado Reglamento establece en su artículo
11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil de nirá,
mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo
acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección
o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles
de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo
establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº
1024;
Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de
Desarrollo de la Gerencia Pública, corresponde emitir la
resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por
el Consejo Directivo en la Sesión Nº 019-2015 de fecha 18
de mayo del 2015, de conformidad con el artículo 8º del
Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo
11º del Reglamento;
Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia
de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la O cina de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con el literal o) del artículo 10º del
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 062-2008-PCM y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Formalizar, a partir del 18 de
mayo del 2015 la aprobación de cargo de destino para la
asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de
Gerentes Públicos, señalado a continuación:
ENTIDAD
SOLICITANTE CARGO DE DESTINO
Instituto Nacional de
Radio y Televisión del
Perú-IRTP
Jefe de la O cina de Informática y
Estadística
Artículo Segundo.- Publicar en el diario o cial El
Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
1245644-1
Modifican el Manual Operativo para la
Implementación y Funcionamiento del
Programa Piloto de Crédito - Beca
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 173-2015-SERVIR-PE
Lima, 2 de junio de 2015
Vistos; los Informes Técnicos Nºs. 12 y 14-2015-
SERVIR/GDCRSC, los Informes Nºs. 029, 030 y 031-
2014-SERVIR/GDCRSC; y, los Memorándum Nºs. 02,
028, 072, 095 y 121-2015-SERVIR/GDCRSC de la
Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento
del Servicio Civil; el Memorándum Nº 365-2014-SERVIR/
GG-OPP de la O cina de Planeamiento y Presupuesto,
el Memorándum Nº 1207-2014-SERVIR/GG-OGAF de la
O cina General de Administración y Finanzas, los Informes
Legales Nºs. 023, 060 y 111-2015-SERVIR/GG-OAJ y las
Hojas Informativas Nºs. 030 y 70-2015-SERVIR/GG-OAJ
de la O cina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 088-2013-SERVIR/PE se aprobó el Manual Operativo
para la Implementación y Funcionamiento del Programa
Piloto de Crédito-Beca, creado mediante Ley Nº 29812,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2012 (en adelante el Manual Operativo);
Que, posteriormente a través de Resolución de
Presidencia Ejecutiva Nº 133-2013-SERVIR/PE se
efectuaron modi caciones al referido Manual Operativo;
Que, mediante los Informes Nºs. 029, 030 y 031-
2014-SERVIR/GDCRSC la Gerencia de Desarrollo de
Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil comunicó
a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva su
propuesta de modi cación al Manual Operativo, orientada
a precisar algunos vacíos para una adecuada gestión de
procesos del mencionado Programa Piloto;
Que, a través del Memorándum N° 072-2015-SERVIR/
GDCRSC la Gerencia de Desarrollo de Capacidades
y Rendimiento del Servicio Civil remite a la O cina de
Asesoría Jurídica el informe técnico a través del cual
solicita que, adicionalmente a lo ya propuesto a través de
los informes anteriores, se precise, entre otros aspectos,
el requisito para la postulación al Programa Piloto referido
a la prestación de servicios en una entidad, previsto en el
artículo 15 del Manual Operativo;
Que, mediante los Informes Técnicos Nºs. 12 y 14-
2015-SERVIR/GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo de
Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil remite a
la O cina de Asesoría Jurídica el sustento técnico para
modi car el literal b) del artículo 2 del Manual Operativo,
incorporando el criterio del Ranking QS por Facultad;
Que, en ese sentido resulta necesario aprobar la
modi cación del Manual Operativo;
Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia
de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento de Servicio
Civil, la O cina General de Administración y Finanzas, la
O cina de Planeamiento y Presupuesto y la O cina de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Nonagésima Segunda
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2012; Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo
Nº 122-2012-PCM, modi cado por el Decreto Supremo
N° 025-2013-PCM; y el literal o) del artículo 10º del
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 062-2008-PCM y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modi car el Manual Operativo
para la Implementación y Funcionamiento del Programa
Piloto de Crédito-Beca, aprobado mediante la Resolución
de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2013-SERVIR/PE y
modi cado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
133-2013-SERVIR/PE, según el Anexo A que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Incorporar disposiciones
normativas en el último párrafo del literal d) del artículo 2;
el literal e) del artículo 6; el numeral 12.4 del artículo 12;
el literal h) del artículo 22 así como los artículos 35 y 36;
y, la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Disposiciones
Finales del Manual Operativo, de acuerdo al Anexo A que
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto los Anexos
1 al 6 del Manual Operativo para implementación y
Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca,
aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
088-2013-SERVIR/PE.
Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto los Formatos
aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
153-2013-SERVIR/PE y N° 066-2014-SERVIR/PE.

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