Resolución Nº 139-2019-SINEACE-CDAH-P del Sistema Nacional de Acreditación de Calidad Educativa, 31-12-2019

Número de resolución139-2019-SINEACE-CDAH-P
Fecha31 Diciembre 2019
EmisorSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Perú)
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad"
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VISTOS:
El Memorándum 001265-2019-SINEACE/P-ST-OPP, de la Oficina de
Planificación y Presupuesto; el Memorándum 000629-2019-SINEACE/ST-OA de la
Oficina de Administración, y el Informe N° 000122-2019-SINEACE/ST-OA-UGRH de la
Unidad de Gestión de Recursos Humanos; emitidos a través del Sistema de Gestión
Documental; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28740, Ley del Sineace establece como finalidad del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar
a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio
de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y
en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores
niveles de calificación profesional y desempeño laboral;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de
la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa Sineace, habiéndose
constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto
2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias
para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la
reorganización del Sineace;
Que, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil,
aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que todas las entidades
públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores
Civiles RIS, documento que tiene como finalidad establecer condiciones en las cuales
debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones
del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento;
Que, en ese sentido el Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS,
denominado en la Entidad como Reglamento Interno de los Servidores del Sineace,
aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 250-2017-
SINEACE/CDAH-P, de fecha 09 de junio 2017, es el instrumento de gestión que
establece las condiciones en las que se desarrolla el servicio de la Entidad, aplicable a
todos los servidores del marco del Decreto Legislativo N° 1057, régimen laboral en el
que se encuentra el personal de la Entidad;
Que, mediante Informe N° 000122-2019-SINEACE/P-ST-OA-UGRH, la Unidad
de Gestión de Recursos Humanos, indica que existen diversos cambios en la normativa
para el manejo de vacaciones de los servidores y otros; para lo cual, consideran
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: FAEXIDG
Firmado digitalmente por
ORBEGOSO FLORES Graciela Del
Carmen FAU 20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 17:01:51 -05:00
Firmado digitalmente por GARCIA
MOLINA Norma Gladys FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 17:02:20 -05:00
Firmado digitalmente por ARDILES
CHACON Edgar Marlon FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 17:08:51 -05:00
Firmado digitalmente por CHACON
CABANILLAS Haydee Violeta FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 17:16:14 -05:00
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000139-2019-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 31 de Diciembre del 2019
Firmado digitalmente por BARRIOS
VALDIVIA Carolina Melida FAU
20551178294 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.12.2019 17:32:03 -05:00
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad"
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necesario realizar las regulaciones pertinentes para su otorgamiento, por lo que remite
el proyecto de Reglamento Interno de los Servidores del Sineace, el mismo que,
posteriormente fue evaluado por la Unidad de Modernización y validado por la Oficina
de Planificación y Presupuesto, según Memorándum001265-2019-SINEACE/P-ST-
OPP; siendo así, corresponde generar el acto resolutivo para su aprobación, dejando
sin efecto la resolución que aprobó en su oportunidad el mencionado reglamento;
Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y
Presupuesto, Oficina de Administración, y Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad
con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa Sineace, su Reglamento aprobado
Ministerial N° 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N°
331-2017-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo
Ad Hoc N° 250-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 09 de junio 2017.
Artículo 2.- Aprobar el Reglamento Interno de los Servidores del Sineace
RIS”, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución y el mencionado Reglamento a todos
los Jefes de las dependencias del Sineace, los mismos que harán extensivo a todo el
personal que labora en la Entidad.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y el Reglamento
Interno de los Servidores del Sineace - RIS” en el Portal Institucional W eb.
(www.sineace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Documento firmado digitalmente
CAROLINA MELIDA BARRIOS VALDIVIA
PRESIDENTA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
Sineace
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Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: FAEXIDG
REGLAMENTO INTERNO DE LOS/AS
SERVIDORES/AS DEL SISTEMA NACIONAL
DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y
CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD
EDUCATIVA
Firmado digitalmente por D UGART
HUAMAN Brenda Yrene FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 15:42:06 -05:00
Firmado digitalmente por
SANTIVAÑEZ KUONG Paul Antonio
FAU 20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 15:57:03 -05:00
Firmado digitalmente por GARCIA
MOLINA Norma Gladys FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 16:02:12 -05:00
Firmado digitalmente por
ORBEGOSO FLORES Graciela Del
Carmen FAU 20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 31.12.2019 16:07:00 -05:00
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Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: FAEXIDG

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