Resolución Nº 1326-2022-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 13 de mayo de 2022

Número de resolución1326-2022-TCE-S4
Fecha13 Mayo 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01326-2022-TCE-S4
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Sumilla: “(…) la nulidad es una figura jurídica que tiene por
objeto proporcionar a las Entidades, en el ámbito de
la contratación pública una herramienta lícita para
sanear el procedimiento de selección de cualquier
irregularidad que pueda viciar la contratación, de
modo que se logre un proceso transparente y con
todas las garantías previstas en la normativa de
contrataciones. Eso implica que la anulación del acto
administrativo puede encontrarse motivada por la
propia acción, positiva u omisiva, de la
Administración o en la de otros participantes del
procedimiento, siempre que dicha situación afecte la
decisión final tomada por la administración.
Lima, 13 de mayo de 2022
VISTO en sesión del 13 de mayo de 2022 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 2156/2022.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el postor LABORATORIOS AMERICANOS S.A., en el marco de
la Licitación Pública N° 022-2021-CENARES/MINSA Primera Convocatoria, por relación
de ítems, para la contratación de suministro de bienes “Adquisición de dispositivos
médicos y otros productos compra corporativa sectorial para el abastecimiento 2021
2022 (92 Ítems)”, Ítem N° 8, para la adquisición de “Bolsa colectora de orina x 2L,
Unidad”, convocado por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos
en Salud; oído el informe oral y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES
1. Según la ficha del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, el 7
de octubre de 2021, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos
Estratégicos en Salud - CENARES, en lo sucesivo la Entidad, convoc la Licitación
Pública N° 022-2021-CENARES/MINSA Primera Convocatoria, por relación de
ítems, para la contratación de suministro de bienes Adquisición de dispositivos
médicos y otros productos compra corporativa sectorial para el abastecimiento
2021 2022 (92 Ítems)”, por un valor estimado total ascendente a
S/96’894,129.70 (noventa y seis millones ochocientos noventa y cuatro mil ciento
veintinueve con 70/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Entre los ítems convocados se encuentra:
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.05.2022 16:25:06 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.05.2022 16:45:18 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.05.2022 16:48:00 -05:00
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El Ítem N° 8, para la adquisición de Bolsa colectora de orina x 2L, Unidad,
por un valor estimado de S/ 549,642.60 (quinientos cuarenta y nueve mil
seiscientos cuarenta y dos con 60/100 soles).
El referido procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con
Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y; su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo 344-2018-EF y sus modificatorias, en adelante el
Reglamento.
De acuerdo al respectivo cronograma, el 15 de febrero de 2022, se llevó a cabo la
presentación electrónica de ofertas, y; el 17 de marzo del mismo año, se notificó
el otorgamiento de la buena pro del Ítem N° 8 del procedimiento de selección al
postor F & F PRODUCTOS GENERALES E.I.R.L., por el valor de su oferta económica
ascendente a S/ 634,203.00 (seiscientos treinta y cuatro mil doscientos tres con
00/100 soles), conforme al siguiente detalle:
POSTOR
ETAPAS
BUENA
PRO
ADMISIÓN
EVALUACIÓN
CALIFICACIÓN
OP.
F & F PRODUCTOS GENERALES E.I.R.L.
ADMITIDO
1
CUMPLE
SI
LABORATORIO AMERICANOS S.A.
ADMITIDO
2
CUMPLE
-
UTILITARIOS MÉDICOS S.A.C.
ADMITIDO
3
-
-
CORPORACIÓN ALESSANDRA S.A.C.
NO ADMITIDO
2. Mediante Escrito N° 1 subsanados con Escrito N° 2 presentados el 29 y 31 de marzo
de 2022, respectivamente, a través de la Mesa de Partes Digital del Organismo
Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) y recibidos en la misma fecha ante
el Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, el postor
LABORATORIOS AMERICANOS S.A., en adelante el Impugnante, interpuso
recurso de apelación solicitando que: i) se descalifique la oferta del Adjudicatario,
ii) se revoque la buena pro a dicho postor, y iii) se otorgue la buena pro a su
representada.
El Impugnante sustenta su recurso con los siguientes argumentos:
Sobre el envase mediato
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Señala que a folio 24 de la oferta del Adjudicatario obra el Anexo N° 13
Declaración jurada de presentación de producto, en el que se menciona al
Registro Sanitario N° DM156117E; asimismo, declara que el envase ofertado
es en “Caja x 100 unidad”.
Asimismo, a folio 13 de dicha oferta, se aprecia un documento denominado
Ficha Técnica, en el que se reafirma que el envase mediato ofertado es “Caja
de cartn x 100 unidades”.
Sin embargo, a folio 25 y 26 de la oferta, se aprecia el Registro Sanitario N°
DM15617E, en el que se aprecia que no cuenta con autorización para
comercializar el producto Bolsa Colectora de Orina 2000ml con envase
mediato “Caja de cartn x 100 unidades”, sino que solo tiene autorizacin
para comercializarlo en “caja x 250 unidades”.
Al respecto, menciona que de acuerdo al artículo 6 del Decreto Supremo N°
016-2011-SA y sus modificatorias, se indica que no podrá circular en el
mercado productos o dispositivos con características diferentes a las
autorizadas en el registro sanitario o certificado de registro sanitario.
Menciona que en la ficha técnica de las bases integradas se indicó que se
aceptarían productos con envase mediato como máximo 100 unidades,
situación que no se cumple con el registro sanitario ofertado por el
Adjudicatario.
Por lo tanto, solicita que la oferta sea descalificada.
Sobre el volumen solicitado
Por otro lado, menciona que la ficha técnica de la bolsa colectora solicita que
el producto debe tener una capacidad no menor a 2000cc.
En ese sentido, a folio 30 de la oferta del Adjudicatario se aprecia que la ficha
técnica del producto ofertado reafirma como característica que el producto
cuenta con una capacidad no menor de 2000cc.
Sin embargo, de la revisión del certificado de análisis presentado a folio 27
de la oferta, se indicó que el volumen nominal del producto es de 2000 mL
+- 15%.

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