RESOLUCION N° 129-2014/CNB-INDECOPI - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre tecnología de la información, alimentos obtenidos por medios biotecnológicos modernos y otros

EmisorINSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2014
El Peruano
Lunes 1 de diciembre de 2014
539068
Delegadas”, aprobada por Resolución N° 099-2005-OS/
CD, conforme a lo siguiente:
Artículo 9° SUPERVISIÓN DE LA COORDINACIÓN
DE LA OPERACIÓN
El Cumplimiento de los indicadores de calidad y
confi abilidad en la función de coordinación del COES-
SINAC, así como de sus integrantes, conforme a lo
establecido conjuntamente con los Estándares Técnicos
Mínimos, será supervisado por la Gerencia de Fiscalización
Eléctrica de Osinergmin, quien impondrá las sanciones y
multas que correspondan.
Artículo 6°.- La presente resolución será publicada
en el diario ofi cial El Peruano, entrando en vigencia al
siguiente día de su publicación, y consignada, junto con el
Informe Técnico N° 0585-2014-GART y Informe Legal N°
586-2014-GART, en la Página Web de Osinergmin: www.
osinergmin.gob.pe.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
1171067-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Corrigendum de Normas
Técnicas Peruanas sobre cementos,
maíz amarillo y otros
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 128-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 20 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y
Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030,
y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el
Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión
de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de
Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables
para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto
funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben
realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta
para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas
que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del
Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional
mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código
viene siendo implementado por la Comisión a través del
Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte
el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-
2008/CNB-INDECOPI;
Que, toda vez que las actividades de elaboración
y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,
constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la
Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de
Normalización: a) Cementos, cales y yesos y b) Cereales,
leguminosas y productos derivados, de acuerdo a lo
dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de
Normalización antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización citados,
presentaron los Proyectos de Corrigendum de las Normas
Técnicas Peruanas en las fechas indicadas:
a) Cementos, cales y yesos, 01 PNTP/COR 2, el 20 de
octubre de 2014.
b) Cereales, leguminosas y productos derivados, 01
PNTP/COR 1, el 31 de octubre de 2014 y 02 PNTP/COR
1 el 4 de noviembre de 2014.
Que, los Proyectos de Corrigendum de las Normas
Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al
Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas;
Que, la Comisión acorde a lo informado por los
mencionados Comités, confi rmó la necesidad de aprobar
los Corrigendum de las Normas Técnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto
Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el
acuerdo unánime de sus miembros.
RESUELVE
APROBAR los siguientes Corrigendum de las Normas
Técnicas Peruanas:
NTP 334.090:2013/COR 2:2014 CEMENTOS. Cementos Portland
adicionados. Requisitos. 1ª Edición
NTP 205.008:2009/COR 1:2014 MAÍZ AMARILLO DURO. De niciones y
requisitos. 1ª Edición
NTP 205.024:2014/COR 1:2014 CEREALES, LEGUMINOSAS Y
PRODUCTOS DERIVADOS. Habas.
Requisitos. 1ª Edición
NTP 205.015:2009/COR 1:2014 LEGUMINOSAS DE GRANO SECO.
Frijol. De niciones y requisitos. 1ª
Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz, Ítalo Laca
Ramos.
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y
de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
1171202-1
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre tecnología de la información,
alimentos obtenidos por medios
biotecnológicos modernos y otros
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 129-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 20 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR