RESOLUCION N° 112-2014/CNB-INDECOPI - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre alimentos obtenidos por medios biotecnológicos modernos, frutas y vegetales, cueros y otros

Fecha de disposición29 Octubre 2014
Fecha de publicación29 Octubre 2014
El Peruano
Miércoles 29 de octubre de 2014
536208
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION
DEL PERU PARA LA
EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de
PROMPERÚ a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 246-2014-PROMPERÚ/SG
Lima, 28 de octubre de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Directora de
Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, en cumplimiento de sus funciones,
participará en el evento “Encuentro Presidencial y VII
Encuentro Binacional de Ministros”, a realizarse en la
ciudad de Arenilla, República de Ecuador, los días 29
y 30 de octubre de 2014. Con el objetivo de evaluar
comunicacionalmente los compromisos que se adquieran,
con el ¿ n de favorecer el Sector de Comercio Exterior y
Turismo, así como profundizar los ejes que se vienen
trabajando, como el eje de infraestructura, el eje de
políticas sociales y el eje de turismo e integración;
Que, es importante la participación en este evento, por
constituir la máxima instancia de la relación bilateral entre
ambos países, constituyendo el espacio en el que se revisan
los avances de los compromisos que fortalecen las relaciones
bilaterales, como es el caso de los cinco ejes de la relación
bilateral: Seguridad y Defensa, Asuntos Sociales, Asuntos
Productivos, Comerciales, de Comercio y Turismo, Asuntos
Ambientales y Energéticos e Infraestructura y Conectividad;
Que, en tal razón, la Directora de Promoción del
Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice su
comisión de servicios a la ciudad de Arenillas, República
de Ecuador, para que en representación de la entidad,
participe en el evento antes señalado, realizando acciones
de promoción de importancia para el país;
Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Arenilla,
República de Ecuador, de la señora María Soledad
Acosta Torrelly, los días 29 y 30 de octubre de 2014, para
que en representación de PROMPERÚ participe en el
evento señalado en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 370,00 x 2 días) : US $ 740,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora María Soledad
Acosta Torrelly, presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante
el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la
rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)
1156628-1
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre alimentos obtenidos por medios
biotecnológicos modernos, frutas y
vegetales, cueros y otros
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 112-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 16 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo
1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado
mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde
a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad
de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las
Normas Técnicas recomendables para todos los sectores
y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de
los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben
realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta
para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas
que ¿ gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del
Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional
mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código
viene siendo implementado por la Comisión a través del
Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte
el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-
2008/CNB-INDECOPI;
Que, toda vez que las actividades de elaboración
y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de
todos los sectores involucrados: producción, consumo
y técnico, constituidos en Comités Técnicos de

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