RESOLUCION N° 089-2014-SUSALUD/S - Aprueban el “Procedimiento para la emisión de opinión previa de SUSALUD en la Categorización de IPRESS de Segundo y Tercer Nivel de Atención”

Fecha de disposición03 Diciembre 2014
Fecha de publicación03 Diciembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de diciembre de 2014 539149
Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.smv.gob.pe).
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la
Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores
1172427-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan creación de la Oficina
Receptora de Aucayacu, bajo la
jurisdicción de la Zona Registral
Nº VIII - Sede Huancayo
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 305-2014-SUNARP/SN
Lima, 2 de diciembre de 2014
VISTOS, el Of‌i cio Nº 174-2014-ZRVIII-SHYO/JEF, de
la Jefatura de la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo
y los Informes Nºs 548-2014-SUNARP/OGPP; 187-2014-
SUNARP/OGA y 1128-2014-SUNARP/OGAJ, de las
Of‌i cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; de
Administración y de Asesoría Jurídica, respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente
rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos,
cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico
- administrativas de los Registros Públicos;
Que, es política de Sunarp brindar servicios registrales
acercándolos cada vez a mayor cantidad de ciudadanos
ubicados en las zonas más alejadas del país:
Que, la Zona Registral Nº VIII-Sede Huancayo. Órgano
Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, con ámbito geográf‌i co y competencia
registral en el departamento de Huánuco, solicita
autorización para la apertura de la Of‌i cina Receptora
en la ciudad de Aucayacu, ubicada en el distrito de José
Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, región
de Huánuco, remitiendo para ello la documentación
que contiene los estudios preliminares que sustentan el
Expediente Técnico-Económico correspondiente;
Que, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 002-
2008-SUNARP-GPD/SN “Procedimiento de autorización
para la creación, supresión o traslado de las Of‌i cinas
Receptoras de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos”, aprobada por Resolución Nº 139-
2008-SUNARP/SN, el expediente técnico debe contener
los estudios preliminares, el análisis de la demanda,
costos y benef‌i cios que se generen a partir de la puesta
en marcha de la Of‌i cina Receptora así como los benef‌i cios
que se ref‌l ejarían en los pobladores del lugar;
Que, conforme a los estudios técnicos elaborados
por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona
Registral de Huancayo, se tiene que el departamento
de Huánuco cuenta con una población aproximada de
762,223 habitantes, concentrándose el 15.35% en la
provincia de Leoncio Prado, es decir, 116,965 habitantes
en dicha localidad, según el último censo del INEI
llevado a cabo en el año 2007 y cuenta con diversas
instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público,
Reniec, Of‌i cina Agraria Aucayacu, Bancos y Financieras,
Cajas de Ahorro y Crédito, Serpost, servicio de Courier
y mensajería, Olva Courier, además de la Municipalidad
distrital de José Crespo y Castillo;
Que, la instalación de la nueva Of‌i cina Receptora en
la localidad de Aucayacu benef‌i ciaría a 37,888 habitantes,
contribuyéndose a su desarrollo socio económico,
brindándose una atención personalizada ya que se evitaría
el desplazamiento de los pobladores hasta la Of‌i cina
Registral de Tingo María lo cual constituiría un ahorro
para la población que accede a nuestros servicios;
Que, mediante Convenio de Cooperación
Interinstitucional suscrito entre la Municipalidad del
distrito de José Crespo y Castillo y la Zona Registral Nº
VIII – Sede Huancayo, se ha garantizado el uso gratuito
de un ambiente dentro del local municipal que cuenta con
los servicios básicos para el desarrollo de las funciones
registrales de la Of‌i cina Receptora de Aucayacu;
Que, la Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto de la Sede Central, mediante Informe Nº
548-2014-SUNARP/OGPP, señala que teniendo en
cuenta la inversión inicial y los desembolsos anuales
correspondientes al pago por concepto de remuneraciones
CAS, así como el gasto por bienes y servicios, se ha
previsto una proyección favorable por concepto de
tasas registrales que van desde el 2015 al 2017, por lo
que considera viable la puesta en marcha de la Of‌i cina
Receptora en la localidad de Aucayacu;
Que, mediante Informe Nº 187-2014-SUNARP/OGA,
la Of‌i cina General de Administración señala que es viable
la creación de la Of‌i cina Receptora de Aucayacu, ubicado
en el departamento de Huánuco;
Que, en ese contexto contándose con la opinión
favorable de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica,
se observa que el Expediente Técnico cuenta con los
estudios preliminares emitidos por las áreas funcionales,
así como las conformidades legal, presupuestal y
administrativa, considerándose que cumple con todos
los sustentos técnicos que hacen viable la apertura de la
Of‌i cina Receptora de Aucayacu;
Que, estando a lo acordado en Sesión de Consejo
Directivo Nº 290 de fecha 05 de febrero de 2013, que
faculta al Superintendente Nacional autorizar la creación
de Of‌i cinas Receptoras en el ámbito nacional, dando
cuenta al Directorio (hoy Consejo Directivo), y con los
vistos de Secretaría General y las Of‌i cinas Generales
de Asesoría Jurídica, Planeamiento y Presupuesto, y la
Dirección Técnica Registral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la creación de la Of‌i cina
Receptora de Aucayacu, la misma que se encuentra
ubicada en el distrito de José Crespo y Castillo, provincia
de Leoncio Prado, región de Huánuco, bajo la jurisdicción
de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo.
Artículo Segundo.- La Jefatura de la Zona Registral
Nº VIII - Sede Huancayo, mediante resolución, detallará
los servicios registrales que brindará la Of‌i cina Receptora
cuya creación se autoriza en el artículo primero de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
SUNARP
1172829-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD
Aprueban el “Procedimiento para la
emisión de opinión previa de SUSALUD
en la Categorización de IPRESS de
Segundo y Tercer Nivel de Atención
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 089-2014-SUSALUD/S
Lima, 27 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Informe N° 00062-2014/SAREFIS del 30 de octubre
del 2014 de la Superintendencia Adjunta de Regulación

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