Resolución Nº 080-2018-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 17-07-2018

Número de resolución080-2018-SUNEDU/CD
Fecha17 Julio 2018
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
PERÚ
Ministerio
de
Educación
Superinténdencla
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
“Decenio
de
la
Igualdad de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres
‘Año
del
Diálogo
yla
Reconciliación
Nacional”
RESOLUCIÓN
DEL
CONSEJO
DIRECTIVO
080-2018-SUNEDU/CD
ANEXO
N°01
i.
sobre
los
antecedentes
normativos
Que, en
1957
se
creó
la
Federación
de
Educadores
de
Cajamarca,
cuyo
propósito
era
gestar
un
centro
de
estudios
superior
para
la
ciudad
de
Cajamarca;
Que,
en
1961,
dicha
Federación
auspició
un
Comité de
Amplia
Base
Pro-Universidad,
conformado
por
los
representantes
de
todas
las
instituciones
más
significativas
de
la
provincia
de
Cajamarca,
quienes
en
forma
unánime
apoyaron
la
iniciativa
de
crear
un
centro
de
estudio
superior;
Que,
el 13
de
febrero
de
1962,
se
promulgó
la
Ley
14015,
mediante
la
cual se
creó
la
Universidad
Técnica
de
Cajamarca,
iniciando
su
funcionamiento
el
14
de
julio del
mismo
año,
con
seis
(6)
Escuelas:
Medicina
Rural,
Agronomía,
Medicina
Veterinaria,
Pedagogía,
Minería
y
Metalurgia
y
Economía
y
Organización
de
Empresas;
Que,
el
9
de
diciembre
de
1983,
al
promulgarse
la
Ley
Universitaria
23733, cambió
la
denominación
a
Universidad
Nacional de
Cajamarca
(en
adelante,
la
Universidad),
implementándose
el
sistema
por
facultades.
En
el
marco
de
este
cambio,
se
constituyó
la
Facultad
de
Ciencias de
la
Salud, con as
Escuelas
Académico
Profesionales
de
Enfermería
y
Obstetricia;
posteriormente,
en 1990
se
apertura
la
Escuela
Académico
Profesional
de Medicina
Humana, como
parte
de
la
Facultad
de
Ciencias
de
la
Salud,
independizándose
en
el
año
2002,
como
Facultad
de
Medicina;
U
TJv€S
Que,
el
17
de
diciembre
de
2014en cumplimiento
de
la
Primera
Disposición
M.,a
.,;C3
ComplementariaTransitoria
de
la
Ley
N°30220,
Ley
Universitaria,
la
Universidad
aprobó
su
Estatuto
mediante
Resolución
N°01-2014-Asamblea
Estatutaria-UNC;
II.
Sobre
el
análisis
de
cumplimiento
de
las
Condiciones
Básicas
de
Calidad
/V
Que,
según
el
análisis
contenido
en
los
informes
emitidos
por
la
Dilic,
la
Universidad
cumple
dp
las
Condiciones
Básicas
de
Calidad
(en
adelante,
CBC)
para
ofrecer
el
servicio
educativo superior
2
up’iversitario,
de
acuerdo
a
lo
expresado
en
el
siguiente cuadro:
CONDICIÓN
1.
EXISTENCIA
DE
OBJETIVOS
ACADÉMICOS, GRADOS
Y
TÍTULOS
A
OTORGAR
Y
PLANES
DE
ESTUDIO
CORRESPONDIENTES.
Esta
condición
tiene
seis
(6)
componentes:
1.1
Objetivos
institucionales,
1.2
Objetivos
académicos
y
planes de
estudio,
1.3
Grados
y
títulos,
1.4
Sistemas
de
información,
1.5
Procesos de
admisión
y
1.6
Plan
de
Gestión
de
la
Calidad
Institucional.
Respecto
al
primer
componente,
se
verificó
que
la
Universidad
estableció
sus
objetivos
institucionales
en
el
artículo
2
de
su
Estatuto,
aprobado
por
Resolución
01-2014-AE
deI
17
de
diciembre
de
2014,
y
sus
objetivos
estratégicos
en
su Plan
Estratégico
Institucional
2017-2021,
aprobado
por
Resolución
del
Consejo
235-2017-UNC
deI
23
de
marzo
de
2017,
respectivamente.
En
relación
con
el
segundo
componente,
se
evaluaron
los
ochenta
y
seis
(86)
programas
de
estudio
declarados
por
la
Universidad,
verificándose
que
los
planes
de
estudio
tienen
establecidos
sus
objetivos
académicos,
perfil del
graduado
y
malla
curricular,
incluyendo
en
el
caso
de
los
programas
de
pregrado
la
clasificación
por
estudios
generales,
específicos
y
de
especialidad,
y
sus
sumillas,
y
rl
1
PERÚ
Ministerio
de
Educación
Superintendencia
Nacional
de
Edúcación
Superior
Universitaria
cuentan
con
la
aprobación
de
la
autoridad
competente.
Asimismo,
todos
son
programas
vigentes,
de
los
cuales
veintinueve
(29)
otorgan
el
grado académico
de
bachiller,
veintiocho
(28)
el
grado
de
maestro
y
siete
(7) el
grado
de
doctor.
Adicionalmente
cuenta
con
veintidós
(22)
programas
dirigidos
a
la
obtención
del Título
de
Segunda
Especialidad,
cuya
modalidad
de
estudios
es
presencial
(detallados
en
la
Tabla
02).
Así,
se
constata
que
los
programas
declarados
cumplen
con
lo
dispuesto
en
los
artículos
39,
40,41,42,43,44,45
y
47
de
la
Ley
Universitaria;
mientras
que,
en
el
caso
del
programa
de
pregrado
denominado
Programa
de
Complementación
Académica
y
LProfesional,
este
se
encuentra
en
el
marco
de
la
Ley
de
Reforma
Magisterial
N°29944.
En
relación
con
el
tercer
componente,
la
Universidad
establece
los
procedimientos
para
optar
por
los
grados
académicos
y
títulos
profesionales
en
los
artículos
202
al
206
de
su
Estatuto,
en
su
Reglamento
de
Grados
y
Títulos,
aprobado mediante
Resolución de
Consejo
Universitario
0757-
2018-UNC
del
6
de
abril
de
2018,
y
en
su
Reglamento
de
Normas
y
Procedimientos
para
obtener
el
Grado
Académico
de
Maestro
o
Doctor,
aprobado mediante
Resolución
de Consejo
de
Coordinación
de
Escuela
de
Posgrado
710-2017-EPG-UNC
del 27
de
setiembre
de
2017.
Asimismo,
y
antes
que
estos
documentos
normativos,
la
Universidad
contaba
con
el
Reglamento
de
Grados
y
Títulos
del
año
2012,
aprobado
mediante
Resolución de
Conselo
de
Facultad
034-12-FDCP-UNC.
Respecto
al
cuarto
componente,
referido
a
la
existencia
de
sistemas
de
información que brinden
soporte
a
diversos
procesos
internos,
la
Universidad
demostró,
tanto
a
nivel
documentario
como
durante
la
visita
de
verificación
presencial,
que
cuenta
con
los
sistemas
de información que
facilitan
su
gestión
institucional:
(i)
Sistema
de
Gestión
Económica
y
Financiera,
que
a
través
del
Sistema
Integrado
de
Administración
Financiera
Sector
Público
(SIAF-SP),
permite
la
realización
de
operaciones
contables,
su
registro
de
ingreso
y
egreso;
la
generación
de
reportes
como
estados
financieros
y
detalles
de
situación
financiera,
estado
de
gestión,
estado
de flujos de
efectivo;
y
permite
efectuar
cierres
mensuales,
trimestrales,
semestrales
y
anuales.
(u)
Sistema
de
Gestión
Docente,
mediante
el
cual se
obtiene
información
de
los
datos
generales
A’
voBo\
del
docente,
categoría,
régimen
de
dedicación,
programación
de
horarios
de clase,
registro
de
U
RTINREÑDES
asistencia, notas,
entre
otros.
w.•
(Ni)
Sistema
de
Matrícula,
permite
a
los
estudiantes
la
realización
de
la
matrícula
en
línea,
la
selección
de
cursos
disponibles,
así
como
la
visualización de
los
cursos
matriculados
y
los
docentes
respectivos,
de
los
horarios,
entre
otros.
Asimismo,
permite
a
los
docentes
y
personal
y
administrativo
a
cargo
del
proceso
de
admisión,
generar reportes
de
matrícula
por
periodo
académico,
reportes
del
padrón
de
estudiantes,
relación
de
matriculados,
listado
de
7
4
matriculados
por
tercera
y
cuarta
vez,
entre
otros.
(iv)
Sistema
de
Registro
Académico,
el
cual
permite
al
estudiante
visualizar
su
rendimiento
académico,
historial de
notas,
orden
de
mérito,
asistencia
a
clases,
nivel,
semestre,
créditos,
fechas
por
cada
curso.
Además,
permite
al
administrador
generar reportes
del
registro
de
asistencia/evaluación,
record
académico, constancia
de
notas, certificados
de
estudios,
etc.
(y)
Sistema
de
Gestión
de
Biblioteca,
el
cual
permite
el
acceso
libre
a
consulta
de
material
\
u
n,no
of
bibliográfico
para
visualizar
existencia
y
cantidad
de
ejemplares,
visualizar
el
historial
de
UN
préstamos,
deudas
de
libros
generadas,
entre
otros.
(vi)
Sistema
de
Aprendizaje
Virtual,
a
través
de
una
plataforma
educativa,
permite
a
los
docentes
ingresar
cursos
al
entorno
web,
adjuntar
material
didáctico
y
publicaciones,
organizar
contenido
por
módulos
de
cursos,
realizar
evaluaciones
en
línea,
foros,
chat
e
intercambio
de
archivos.
Por
otro
lado,
este
sistema
permite
al
estudiante
acceder
al
material
didáctico
e
información
proporcionada
por
el
docente.
(vii)
Sistema
de
Información por
indicadores,
el
cual facilita
la
visualización
de
indicadores
en
diversas
áreas
como, por
ejemplo,
datos
académicos,
de
investigación, admisión
y
administración.
Asimismo,
información
relacionada
a
matrícula,
egresados, graduados,
carga
horaria,
entre
otros.
2

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