RESOLUCION Nº 078-2015-BCRP-N - Aprueban nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú

EmisorBANCO CENTRAL DE RESERVA
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2015
563572 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2015 /
El Peruano
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación de la Federación
Latinoamericana de Auditores lnternos y el Instituto
de Auditores lnternos de Chile para participar en el XX
Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna – CLAI,
que se realizará del 18 al 20 de octubre, en la ciudad de
Santiago de Chile, Chile;
El evento permitirá tener conocimiento sobre el
fortalecimiento del control interno, la gestión de riesgos y
cumplimiento, riesgos de fraude y auditoría en el sector público,
entre otros temas, que son de importancia para fortalecer el
conocimiento y trabajo en la Gerencia de Auditoría;
Es política del Banco Central de Reserva del Perú
mantener actualizados a sus funcionarios y profesionales
en aspectos fundamentales relacionados con su nalidad
y funciones;
La Gerencia de Auditoría tiene entre sus objetivos
ejecutar el control interno posterior mediante acciones
y actividades de control, en concordancia con la Ley
Orgánica y los lineamientos del Directorio y del Sistema
Nacional de Control;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y
su Reglamento, el Decreto Supremo No.047-2002-PCM así
como por sus normas modi catorias y, estando a lo acordado
por el Directorio en su sesión de 6 de agosto de 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora
Mónica Fernández Rabanal, Especialista en Auditoría de
la Gerencia de Auditoría a la ciudad de Santiago de Chile,
Chile, del 18 al 20 de octubre, y el pago de los gastos, a
n de que intervenga en el certamen indicado en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje US$ 357,42
Viáticos US$ 780,00
--------------
TOTAL US$ 1 137,42
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1296508-1
Aprueban nuevo Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Banco
Central de Reserva del Perú
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 078-2015-BCRP-N
Lima, 5 de octubre de 2015
VISTO:
El informe N° 027-2015-JUR100 de fecha 11 de
setiembre de 2015, emitido por la Subgerencia de Asesoría
Legal en Asuntos Financieros, a efectos de aprobar un
nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) del Banco Central de Reserva del Perú.
CONSIDERANDO QUE:
Conforme a los artículos 37° y 38° de la Ley N° 27444,
Ley de Procedimiento Administrativo General, todas las
entidades públicas deben contar con un TUPA actualizado,
que será aprobado por resolución del Titular cuando se
trate de organismos constitucionalmente autónomos,
como es el caso de este Banco Central;
De acuerdo al Informe N° 027-2015-JUR100, es
necesario aprobar un nuevo TUPA con la nalidad de
incorporar nuevos procedimientos administrativos,
actualizar la base legal de cada uno ellos, así como
adecuar su formato al aprobado por la Presidencia del
Consejo de Ministros;
Conforme lo dispone el numeral 38.3 del artículo 38° de la
Ley N° 27444 y los artículos 3° y 4° del Decreto Supremo
N° 004-2008-PCM, al día siguiente de que la presente
resolución sea aprobada por el Directorio deberá ser publicado
en el Diario O cial “El Peruano” y el nuevo TUPA deberá
ser publicado en la misma fecha en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas-PSCE y en el portal institucional;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el nuevo Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva
del Perú que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facultar a la Gerencia General para
disponer la actualización del TUPA en cada oportunidad
en que se modi quen los procedimientos existentes o se
creen nuevos; mediante la aprobación de las circulares o
reglamentos respectivos.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial El Peruano, así como del nuevo
TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas
– PSCE, y en el portal institucional, de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. (Portal
Institucional: www.bcrp.gob.pe).
Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial El Peruano.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1296570-1
CONTRALORIA GENERAL
Designan Jefes de Órganos de Control
Institucional de diversas entidades
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 301-2015-CG
Lima, 7 de octubre de 2015
VISTO; la Hoja Informativa N° 00027-2015-CG/GPO,
emitida por la Gerencia de Planeamiento Operativo y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de
la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe
del Órgano de Control Institucional mantiene vinculación de
dependencia funcional y administrativa con la Contraloría
General, en su condición de Ente Técnico Rector del
Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;
Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785,
modi cado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano
Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico
y especializado del control, nombra mediante concurso
público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control
Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los
mismos, por designación directa del personal profesional de
la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de
los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados
a otra plaza por necesidad del servicio;
Que, los literales a) y b) del numeral 7.2.2 de la Directiva
N° 007-2015-CG/PROCAL de los Órganos de Control
Institucional (en adelante “la Directiva”), aprobada mediante
Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG, establecen las
modalidades a través de las cuales se efectúa la designación,
tales como, por concurso público de méritos y por designación
directa del personal profesional de la Contraloría General;
Que, el numeral 7.2.3 de la Directiva establece que los
Jefes de los Órganos de Control Institucional designados
por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las
entidades por un período de tres (03) años. Por convenir
a las necesidades del servicio y al interés institucional
podrán permanecer en la entidad por un período menor
de tres (03) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo
de designación hasta por un máximo de cinco (05) años;
Que, de acuerdo al documento del visto, por necesidad del
servicio, resulta conveniente disponer las acciones de personal
respecto a la Jefaturas de los Órganos de Control Institucional
de las entidades que se indica en la parte resolutiva;

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