Resolucion N° 062-2022-SUNARP/DTR. Aprueban Instructivo para el procedimiento de inscripción registral en el Registro de Propiedad Vehicular referido a los comprobantes de pago electrónico

Fecha de publicación29 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 28 de diciembre de 2022

VISTOS; el Informe Técnico N° 00001-2022-SUNARP-DTR/SNR del 23 de diciembre de 2022 de la Subdirección de Normativa Registral; el Memorándum N° 01617-2022-SUNARP/OTI del 21 de diciembre de 2022 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 01504-2022-SUNARP/OPPM del 20 de diciembre de 2022 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; así como el Informe N° 01175-2022-SUNARP/OAJ del 21 de diciembre de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, la Dirección Técnica Registral es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional; así como proponer normas de carácter registral, emitiendo lineamientos dirigidos a los órganos desconcentrados para el desarrollo de la función registral, conforme a lo establecido en el artículo 58 y el literal d) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, aprobado por Resolución N° 035-2022-SUNARP-SN;

Que, el artículo 37 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por Resolución N° 039-2013-SUNARP-SN y sus modificatorias, establece como requisito para acreditar la titularidad del vehículo a inmatricular, cuando ha sido adquirido de una empresa distribuidora o comercializadora de vehículos, la presentación del respectivo comprobante de pago;

Que, respecto de dicho requisito, cuando el comprobante de pago sea emitido en soporte electrónico, el documento a presentar es el archivo XML del mismo, el cual se remite actualmente a través del correo institucional de cada zona registral, conforme a lo regulado mediante Resolución N° 085-2014-SUNARP/DTR, que aprueba los Lineamientos para la presentación y calificación de comprobantes de pago electrónicos en el Registro de Propiedad Vehicular;

Que, bajo los lineamientos antes referidos, se han advertido dificultades dentro del procedimiento de inmatriculación de vehículos en el Registro de Propiedad Vehicular, por cuanto el envío del archivo XML, a cargo del administrado, se debe realizar en un momento posterior a la presentación del título, a efectos de consignar los datos del asiento de presentación en el correo institucional, siendo el caso que en reiteradas ocasiones los administrados se demoran más de un día...

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