Resolucion N° 060-2022-INIA-GG. Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Instituto Nacional de Innovación Agraria

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 12 de noviembre de 2022

VISTO: Los Memorandos Nros 823-2022-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPR y 839-2022-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPR de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 127-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OA y el Memorando N° 1082-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OA de la Oficina de Administración; el Informe N° 253-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo 010- 2014-MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo 004-2018-MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria, documento normativo que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas del INIA;

Que, el artículo 6 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad;

Que, a través del Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil, en cuya Décima Tercera Disposición Complementaria Transitoria señala que el Clasificador de Cargos de las Entidades Públicas se encontrará vigente hasta que se implemente el Manual de Puesto Tipo;

Que, mediante la Resolución Jefatural N° 00190-2005-INIEA del 02 de diciembre de 2005, se aprobó el Clasificador de Cargos del INIA, el mismo que fuera modificado por sendas Resoluciones Jefaturales, siendo la última la Resolución Jefatural 0062-2021-INIA del 28 de mayo de 2021;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021- SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;

Que, según el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, define el Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;

Que, mediante la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y en su Segunda Disposición Complementaria Final, señala que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días (180) calendario contados a partir de la publicación de su reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 18 de mayo de 2022, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones, con el objeto de establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la Ley en mención, estableciendo la responsabilidad de la oficina de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puesto de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción;

Que, mediante Informe N° 127-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OA la Oficina de Administración (OA) remite el Informe N° 314-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos (URH), indicando que en cumplimiento de la Ley N° 31419 y su reglamento, propone la modificación del Manual de Clasificador de Cargos, que establece actualizaciones en el extremo del perfil referido a los cargos de funcionario, directivos públicos y cargos de confianza, conforme a lo establecido en las normas citadas, manteniéndose vigente los demás puestos, conforme lo establecido en el Clasificador aprobado con la Resolución Jefatural N° 0062-2021-INIA, que modificó la versión original del citado instrumento, que en su oportunidad fue aprobado con la Resolución Jefatural N° 00190-2005-INIEA; propuesta que fue observada por la Unidad de Planeamiento y Racionalización mediante el Informe N° 052-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OPP/UPR-D;

Que, posteriormente mediante el Memorando N° 1082-2022-MIDAGRI- INIA-GG-OA la Oficina de Administración remite el Informe 321-2022- MIDAGRI-INIA-GG-OA/URH por el cual la Unidad de Recursos Humanos levanta las observaciones realizadas indicando lo siguiente: i) De acuerdo a la Directiva la propuesta del MCC contiene 86 cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF del INIA; ii) Respecto de la denominación de los cargos estructurales, de los 86 cargos estructurales propuestos, se ha mantenido la denominación de 64, cuya denominación y clasificación de los cargos se encuentran en calidad de ocupado, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, en la que están comprendidos los servidores del INIA del Cuadro Para Asignación de Personal (CAPP), aprobado por Resolución Ministerial 484-2015-MIDAGRI, con registro de la última modificación aprobada por Resolución Jefatural 091-2021-INIA, de conformidad al numeral 6.1.3 de precitada Directiva. Asimismo, es preciso señalar que el cargo estructural Administrador de Unidad Operativa, se debe mantener la denominación del cargo estructural, debido a que se encuentra contenido en un mandato judicial; iii) Respecto de los 22 cargos estructurales restantes, se encuentran en condición de previstos en el CAPP, de los cuales se puede informar que se les esta asignando funciones que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones dispuestas en el ROF del INIA, esto en observancia a la citada Directiva; iv) Respecto de la denominación de los cargos estructurales de los funcionarios y empleados de confianza, esta se contempló observando la denominación del ROF del INIA, así como del CAP Provisional vigente; v) Respecto de las funciones de Jefe de la entidad y del Gerente General, en la propuesta de MCC, se han contemplado todas funciones contenidas en el ROF del INIA, por otro lado, en cuanto al Jefe de la Órgano Institucional, en la presente propuesta se ha colocado el siguiente texto: “Todas aquellas establecidas para el cargo de Jefa/e del Órgano de Control Institucional, previstas en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional” aprobada por Resolución de Contraloría 392-2020-CG y modificatorias” de respetar la autonomía que tiene la Controlaría General de la Republica para la designación de este Directivo Superior; vi) Los requisitos para los funcionarios y empleados de confianza se han puesto observando los requisitos dispuestos en el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; vii) Se actualizo la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos – MCC, en base a las observaciones remitidas por la OPP y siguiendo las pautas de la Directiva.

Que...

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