RESOLUCION N° 032-2015-SERFOR-DE - Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Recursos Humanos del SERFOR

Fecha de publicación10 Marzo 2015
Fecha de disposición10 Marzo 2015
El Peruano
Martes 10 de marzo de 2015 548309
con acuerdo de su Concejo, en materias de su
competencia.
(…)”.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los cinco días del mes de marzo del dos
mil quince.
ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES
Presidenta del Congreso de la República
NORMAN LEWIS DEL ALCÁZAR
Segundo Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
1209275-1
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Decreto Supremo que prioriza durante
los años 2015 - 2016 la ejecución de
Proyectos de Inversión Pública en
Infraestructura Hidráulica en el ámbito
de la provincia de Espinar
DECRETO SUPREMO
Nº 003-2015-MINAGRI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante acta de fecha 03 de diciembre de
2013, suscrita en la Presidencia del Consejo de Ministros,
se estableció gestionar la emisión de una norma para
garantizar la ejecución y f‌i nanciamiento de proyectos
de af‌i anzamiento hídrico para diversos distritos de
la provincia de Espinar, departamento de Cusco, en el
plazo de 3 años hasta por una suma de TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 354 000 000,00);
Que, el IV Censo Nacional Agropecuario 2012,
realizado por el Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI), muestra que la principal actividad
económica en la provincia de Espinar, departamento
de Cusco, es la actividad agrícola, existiendo déf‌i cit
de infraestructura hidráulica y de riego que permita la
provisión de recursos hídricos suf‌i cientes, para af‌i anzar y
potenciar esta actividad económica;
Que, los estudios de balances hídricos efectuados
por la Autoridad Nacional del Agua, en la cuenca alta del
río Apurímac, en el ámbito de la provincia de Espinar,
departamento de Cusco, conf‌i rman la existencia de recursos
hídricos que no son adecuadamente aprovechados debido
a la falta de infraestructura hidráulica;
Que, el Fondo de Promoción del Riego en la Sierra – MI
RIEGO, creado mediante la Quincuagésima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
modif‌i cado por la Ley N° 30114 y Ley 30281, tiene como
objetivo contribuir a reducir las brechas en la provisión
de los servicios e infraestructura de uso de los recursos
hídricos con f‌i nes agrícolas que tenga el mayor impacto
en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en
el país;
Que, en ese contexto, resulta necesario priorizar por el
Ministerio de Agricultura y Riego, la ejecución de proyectos
de infraestructura hidráulica en el ámbito de la provincia
de Espinar, departamento de Cusco, que contribuyan al
desarrollo agrícola y reducción de los niveles de pobreza
en dicha provincia;
En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del
numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Priorización de proyectos de inversión
pública en infraestructura hidráulica en la provincia
de Espinar, departamento de Cusco
El Ministerio de Agricultura y Riego priorizará
durante los años 2015 - 2016 la ejecución de proyectos
de inversión pública que comprendan infraestructura
hidráulica destinados a la regulación del recurso hídrico y/o
mejoramiento de la infraestructura de riego, en el ámbito de
la provincia de Espinar, departamento de Cusco.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de
Agricultura y Riego.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1209275-2
Aceptan renuncia y encargan funciones
de Director de la Oficina de Recursos
Humanos del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 032-2015-SERFOR-DE
Lima, 6 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna
Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico
especializado con personería jurídica de derecho público
interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio
de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego;
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones -
ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre,
el cual establece que el SERFOR cuenta con una
estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos
de administración interna y órganos de línea;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
072-2014-SERFOR-DE, se designó a la señora JUANA
LOURDES BERNAL ALVA en el cargo de Directora

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