Resolución Nº 024-2020-P-ST-OA del Sistema Nacional de Acreditación de Calidad Educativa, 30-06-2020

Fecha30 Junio 2020
Número de resolución024-2020-P-ST-OA
EmisorSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Perú)
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
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VISTOS:
El Informe N° 146-2019-SINEACE/P-ST-OA-UGRH, emitido por la Unidad de
Gestión de Recursos Humanos, el Memorándum N° 000327-2020-SINEACE/P-ST-OPP,
emitido por la Oficina de Planificación y Presupuesto sustentado en el Informe N° 000038-
2020-SINEACE/P-ST-OPP-UM, emitido por la Unidad de Modernización, y sus demás
actuados emitidos a través del Sistema de gestión Documental; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa define a dicho sistema como el conjunto de
organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados f uncionalmente,
destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación,
acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar
las instituciones a las que se refiere a la Ley General de Educación N° 28044, y promover
su desarrollo cualitativo;
Que, mediante Resolución Jefatural N°011-2019-SINEACE/P-ST-OA de fecha 05 de
febrero 2019, se aprobó la Directiva N°001-2019-SINEACE/P-ST-OA denominada
“Disposiciones para la selección y vinculación del personal bajo el régimen especial de
contratación administrativa de servicios en el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación
y Certificación de la Calidad Educativa;
Que, mediante Decreto Legislativo N°1505, que establece medidas temporales
excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la
emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-1, y q ue, en su única disposición
complementaria modificatoria, modifica el numeral 2 de la Cuarta Disposición
Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, que establece diversas
medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-
19) en el territorio nacional;
Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°030-2020-SERVIR-PE,
se aprueba la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia
sanitaria por el COVID-19, en la que señala que, cada entidad deberá utilizar las
herramientas de virtualización u otras que le permitan continuar con el proceso de selección
CAS, sin vulnerar la seguridad y salud de los postulantes, ni de los servidores c iviles, que
participen en el proceso;
Que, mediante Informe N° 146-2019-SINEACE/P-ST-OA-UGRH, la Unidad de
Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, propone la aprobación de
la Directiva denominada “Disposiciones para la selección y vinculación del personal bajo el
régimen especial de contratación administrativa de servicios en el Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa”, incorporando las
recomendaciones del ente rector con motivo de la pandemia declarada a causa del COVID-
19;
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: QKKBFQJ
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: QKKBFQJ
Firmado digitalmente por CASTELO
COLLADO Jenny Patricia FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.06.2020 14:12:56 -05:00
Firmado digitalmente por GARCIA
MOLINA Norma Gladys FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.06.2020 14:25:23 -05:00
Firmado digitalmente por ARDILES
CHACON Edgar Marlon FAU
20551178294 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.06.2020 14:42:24 -05:00
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000024-2020-SINEACE/P-ST-OA
San Isidro, 26 de Junio del 2020
Firmado digitalmente por ORBEGOSO
FLORES Graciela Del Carmen FAU
20551178294 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.06.2020 14:55:21 -05:00
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
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Que, contando con la opinión favorable de la Unidad de Modernización de la Oficina
de Planificación y Presupuesto, resulta necesario em itir el acto resolutivo q ue apruebe la
propuesta de Directiva antes citada, y asimismo se deje sin efecto la Resolución Jefatural
N°011-2019-SINEACE/P-ST-OA;
Con el visto bueno de la Unidad de Gestión de R ecursos Humanos, Oficina de
Planificación y Presupuesto y Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto
por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación
de la Calidad Educativa, la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Decreto Legislativo N°1505;
Resolución de Presidencia Ejecutiva N°030-2020-SERVIR-PE; en ejercicio de las
prerrogativas generadas en mérito de la Resolución de Presidencia N° 284- 2017-SINEACE-
CDAH-P.
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar la Directiva 002-2020-SINEACE/P-ST-OA, Directiva denominada
“Disposiciones para la selección y vinculación del personal bajo el régimen especial de
contratación administrativa de servicios en Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa”, que en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2. Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N°011-2019-SINEACE/P-ST-OA que
aprobó la Directiva 001-2019-SINEACE/P-ST-OA denominada “Disposiciones para la
selección y vinculación del personal bajo el régimen especial de contratación administrativa
de servicios en el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa”.
Artículo 3. - Disponer la publicación de la presente Directiva en el portal web de la institución
(www.sineace.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Documento firmado digitalmente
GRACIELA DEL CARMEN ORBEGOSO FLORES
JEFA DE OFICINA DE ADMINISTRACION
Sineace
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2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.sineace.gob.pe/verifica/inicio.do e
ingresando el siguiente código de verificación: QKKBFQJ
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2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
"Año de la Universalización de la Salud"
DIRECTIVA N° 0002-2020-SINEACE/P-ST-OA
DISPOSICIONES PARA LA SELECCIÓN Y VINCULACIÓN DEL PERSONAL BAJO
EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS
EN EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y
CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA
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1. OBJETIVO
Establecer lineamientos que garanticen un eficiente y transparente proceso de
selección y vinculación de personal bajo el Régimen Especial de Contratación
Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057,
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, así como sus
normas modificatorias y complementarias.
2. ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de observación
obligatoria para todas las dependencias del Sineace que solicitan la contratación
de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios
de personal, siendo aplicables a los (las) postulantes que participan de los
procesos de selección.
3. BASE NORMATIVA
- Ley N° 26771, Ley que establece la prohibición de ejercer la facultad de
nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de
parentesco, y su modificatoria.
- Ley N° 27588, Ley que establece Prohibiciones e Incompatibilidades de
Funcionarios y Servidores Públicos, así como de las personas que presten
servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.
- Ley N° 27736, referente a la tramitación radial y televisiva de ofertas laborales
del sector público y privado.
- Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y sus
modificatorias.
- Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público.
- Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades
del Estado, y dicta otras medidas y modificatorias.
- Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
- Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa.
- Ley N° 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
- Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar y modificatorias.
- Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial
del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales.
- Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias.
- Ley N° 30353, Ley que crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles
(REDERECI).
Firmado digitalmente por CASTELO
COLLADO Jenny Patricia FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.06.2020 12:02:02 -05:00
Firmado digitalmente por
GUSHIKEN KISHIMOTO Silvia FAU
20551178294 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.06.2020 13:42:06 -05:00
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por El Sistema Nacional de
Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad
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Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-
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