RESOLUCION N° 020-024-0000265/SUNAT - Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima

Fecha de disposición31 Octubre 2014
Fecha de publicación31 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 31 de octubre de 2014 536429
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Lima
INTENDENCIA LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000265 /SUNAT
Lima, 28 de octubre del 2014
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación
de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el normal
funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-
EF, norma que establece los requisitos que deberán reunir los
trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de
aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo
personal ingresó mediante Concurso Público;
Que, el artículo único de la Resolución de Superintendencia
Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000
desconcentran en el Intendente Principales Contribuyentes
Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes
Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos
en el ámbito de competencia de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000
SE RESUELVE:
Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia
Lima a la funcionaria que se indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 0749 MUÑOZ BEGG, LIDIA ZOILA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO ARTURO TOMA OYAMA
Intendente
1157194-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE CONTROL DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD,
ARMAS, MUNICIONES Y
EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Aprueban Reglamento Interno de
los Servidores Civiles - RIS de la
Superintendencia Nacional de Control
de Servicios de Seguridad, Armas,
Municiones y Explosivos de Uso Civil
– SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 305-2014/SUCAMEC
Lima, 28 de octubre de 2014
VISTO: el Informe Técnico N° 047-2014-SUCAMEC-
OGRH, de fecha 30 de septiembre de 2014, el Informe
Técnico N° 048-2014-SUCAMEC-OGRH, de fecha 14
de octubre de 2014, el Informe Legal N° 191-2014-
SUCAMEC-OGAJ, de fecha 21 de octubre de 2014, y por
las siguientes consideraciones:
1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en
el Diario Of‌i cial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se
creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios
de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil
– SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado
adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica
de derecho público interno, con autonomía administrativa,
funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones.
2. El 04 de abril de 2013 se publicó en el Diario Of‌i cial
El Peruano el Decreto Supremo
N° 04-2013-IN, norma mediante la cual se aprobó
el Reglamento de Organización y Funciones de la
SUCAMEC, cuyo artículo 29 contempla como una de las
funciones de la Of‌i cina General de Recursos Humanos el
proponer normas, directivas y lineamientos, en materia de
recursos humanos.
3. La Of‌i cina General de Recursos Humanos, mediante
Informe Técnico N° 047-2014-SUCAMEC-OGRH, de fecha
30 de setiembre de 2014, e Informe Técnico N° 048-2014-
SUCAMEC-OGRH, de fecha 14 de octubre de 2014, ha
recomendado la aprobación del Reglamento Interno de los
Servidores Civiles - RIS de la SUCAMEC, a efectos de lo
cual dicha Of‌i cina ha remitido un proyecto que comprende
ciento un (101) artículos y seis (6) Disposiciones Finales
y Complementarias.
4. La Segunda Disposición Complementaria Final del
Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-
PCM, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 13 de
junio de 2014, establece que en el caso de las entidades
que no cuenten con resolución de inicio del proceso de
implementación resultan aplicables las disposiciones
comprendidas en el Libro I de dicho Reglamento.
5. El Libro I del Reglamento de la Ley N° 30057,
denominado “Normas Comunes a todos los Regímenes y
Entidades”, comprende desde el artículo 1 hasta el artículo
136, y se encuentra vigente desde el 14 de junio de 2014,
salvo las disposiciones referidas al régimen disciplinario y
al procedimiento sancionador, que se encuentran vigentes
a partir del 14 de setiembre de 2014, de conformidad con
lo dispuesto por la Undécima Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento de la Ley
6. El artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 30057,
contenido en el Título VII “Instrumentos de Gestión”
del Libro I “Normas Comunes a todos los Regímenes y
Entidades”, dispone que todas las entidades públicas
están obligadas a contar con un único Reglamento Interno
de los Servidores Civiles - RIS y que dicho documento
tiene como f‌i nalidad establecer condiciones en las
cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad,
señalando los derechos y obligaciones del servidor
civil y la entidad pública, así como las sanciones en
caso de incumplimiento. Adicionalmente, dicho artículo
enumera los aspectos mínimos que deben encontrarse
comprendidos en el RIS.
7. Con la f‌i nalidad de fomentar la armonía necesaria
para el desarrollo integral del personal de la entidad,
asegurando que los servidores civiles tengan conocimiento
de sus derechos y obligaciones y de los derechos y
obligaciones de la entidad, resulta necesario aprobar el
RIS de la SUCAMEC.
8. De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°
30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento, aprobado
numeral 3 del artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-
2009-JUS y en el ejercicio de las facultades previstas en
el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1127,
concordante con el literal j) del artículo 11 del Reglamento
de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado
por Decreto Supremo N° 004-2013-IN, modif‌i cado por el
Decreto Supremo N° 017-2013-IN.
SE RESUELVE:
1. Aprobar el Reglamento Interno de los Servidores
Civiles - RIS de la Superintendencia Nacional de Control de
Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos

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