Resolución Nº 012-2015-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 09-01-2015

Número de resolución012-2015-ANA
Fecha09 Enero 2015
Número de expediente27605-2014
MateriaProcedimiento Administrativo Sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Autoridad Nacional
del Agua
Ministerio
PERÚ de Agricultura y Riego
GLILIAR
"AS
AL
n
Irq
áá
1
Tribunal Nacional
de Resolución de
Controversias Hídricas
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"
"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
RESOLUCIÓN N°
019J
-2015-ANA/TNRCH
Lima,
0 9 ENE, 2015
EXP. TNRCH
00338-2014
CUT
.
27605-2014
IMPUGNANTE
'
Municipalidad Distrital de Tres de
Diciembre
ÓRGANO
. AM MANTARO
MATERIA
Procedimiento Administrativo Sancionador
UBICACIÓN
.
Distrito
:
Tres de Diciembre
POLITICA
Provincia
Chupaca
Departamento
Junín
SUMILLA:
Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la Municipalidad Distrital de Tres de Diciembre contra la Resolución Directoral
N° 042-2014-ANA-AAA X MANTARO, en aplicación del principio de presunción de inocencia.
1.
RECURSO ADMINISTRATIVO Y ACTO IMPUGNADO
El recurso impugnatorio presentado por la Municipalidad Tres de Diciembre contra la Resolución
Directoral N° 042-2014-ANA-AAA X MANTARO que declaró improcedente su recurso de
reconsideración contra la Resolución Administrativa N° 681-2013-ANA-ALA-MANTARO que impuso
una multa solidaria de 2 UIT a ésta y a la Asociación de Protectores de las Riberas del Río Mantaro por
no haber retirado el material de descarte acumulado dentro del cauce del río Mantaro — sector Talquio y
dispuso como medida complementario el retiro de dicho material de descarte en un plazo de 48 horas.
2.
DELIMITACIÓN DE PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
La Municipalidad Tres de Diciembre solicita que se declare la nulidad del acto administrativo
impugnado.
3.
FUNDAMENTOS DEL RECURSO
La impugnante alega en su recurso lo siguiente:
3.1. No ha cometido la infracción imputada.
3.2. Los hechos imputados en su contra han sido ocasionados por extractores ilegales.
3.3. Los desechos acumulados en el río Mantaro datan de hace más de cinco años, por lo que no
corresponde atribuirle responsabilidad.
3.4. El 11.11.2013 en coordinación con la Asociación de Protectores de las Riberas del Río Mantaro
se cumplió con retirar el material de acarreo que ocupaba el cauce del río Mantaro.
3.5. Actualmente se ha suspendido la actividad extractiva de materiales de acarreo en el río Mantaro a
fin de preservarlo.
ANTECEDENTES
Actuaciones previas al inicio del procedimiento administrativo sancionador
4.1 Con escrito de fecha 03.07.2013 el señor Pedro Llimpe Sánchez en representación del camal
frigorífico "El Rocio" informó a la Administración Local de Agua Mantaro que en el distrito Tres de
Diciembre se está realizando extracción de material de acarreo de forma antitécnica en el río
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