Resolución nº 0062-2021-MP-FN-EMP de Fiscalía de la Nación, 03-05-2021

JurisdicciónPerú
Fecha03 Mayo 2021
Resolución de Gerencia
Lima, 03 de mayo de 2021
N° -2021-MP-FN-EMP
VISTO Y CONSIDERANDO, QUE:
Mediante correo electrónico de fecha 19 de abril de 2021 el
International Bar Association’s Human Rights Institute (IBAHRI) y el Mecanismo Nacional de Prevención
de la Tortura de la Defensoría del Pueblo, hacen extensiva la invitación a representantes del Ministerio
Público del Distrito Fiscal de la Libertad a fin de participar en calidad de discentes en el evento académico
de capacitación denominado Investigación y documentación de la tortura: enfoques teóricos del
Protocolo de Estámbul” a ejecutarse los días 4,11,18 y 25 de mayo de 2021, de 8:30 am a 12:15 horas,
a excepción del día 18 de mayo que culminará a las 12:45 horas;
Con Oficio Nª000821-2021-MP-FN- PJFSLALIBERTAD de fecha
22 de abril de 2021, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Libertad
pone de conocimiento a la Escuela del Ministerio Público que mediante correo electrónico de fecha 19 de
abril de 2021, el International Bar Association’s Human Rights Institute (IBAHRI) y el Mecanismo Nacional
de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo remitieron invitación y solicitaron se designe a 5
Fiscales Penales del Distrito Fiscal de La Libertad, para que participen en la capacitación virtual citada
en el primer considerando;
La actividad académica denominada Investigación y
documentación de la tortura: enfoques teóricos del Protocolo de Estámbul”, tiene como objetivo
compartir un análisis e información sobre la aplicación del Protocolo de Estambul y las normas del
Derecho Internacional de los Derechos Humanos sobre tortura, como parte del propósito decontribuir con
la prevención de esta práctica en los diferentes Estados de la comunidad internacional;
Conforme al artículo 6°, numeral 8, del Reglamento de Actividades
Académicas de la Escuela del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la
Nación N°4418-2017-MP-FN de fecha 5 de diciembre de 2017, que señala: "(…) Capacitación
oficializada: "Es la actividad académica realizada por una institución con la que existe convenio vigente y
es auspiciada o promovida por el Ministerio Público, que cuenta con las mismas prerrogativas que la
capacitación oficial', por lo que de conformidad con el artículo 21° del Decreto Legislativo N°052, "Ley
Orgánica del Ministerio Público", numerales 9 y 10 del artículo 34° y artículo 38° de la Ley N ª 30483, "Ley
de la Carrera Fiscal"; la actividad académica denominada: Investigación y documentación de la
tortura: enfoques teóricos del Protocolo de Estámbul”, constituye una Capacitación Oficializada, por
lo que corresponde autorizar la participación de la representante del Ministerio Publico en la actividad
académica antes mencionada;
En consecuencia, conforme a las facultades y atribuciones
conferidas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°921-2020-MP-FN de fecha 25
de agosto de 2020, en el artículo primero se delega en la Gerencia Central de la Escuela del
Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad
conforme a lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°052, "Ley Orgánica del
Ministerio Público"; en materia de conceder licencias (con goce y sin goce de remuneraciones)
y/o permisos por participación en actividades de capacitación del personal fiscal, forense y
administrativo, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley;
N° 000062-2021-MP-FN-EMP
Lima, 03 de Mayo del 2021
Firmado digitalmente por CUELA
OCHOA Marina FAU 20131370301
soft
Gerente Central De Escuela Del
Ministerio Público
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 03.05.2021 09:54:04 -05:00

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