Resolución Nº 006-2003 del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería

Número de expedienteTSC 06
Número de resolución006-2003
Fecha04 Diciembre 2003
EmisorTribunal de Solución de Controversias (Perú)
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RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS del
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA
OSINERG N° 006-2003-TSC/ 06-2003-TSC-OSINERG
Lima, 04 de diciembre de 2003
VISTA:
La Apelación presentada por ELECTROANDES S.A., en adelante ELECTROANDES,
con fecha 10 de julio de 2003, contra la Resolución N° 004-2003-OS/CC-08, en la
controversia seguida con la Empresa Red de Energía del Perú S.A., en adelante REP,
mediante la cual solicita se revoque la resolución recurrida y, reformándola, declare
improcedente o infundada la reclamación y fundada la Réplica;
CONSIDERANDO:
I. Antecedentes
1. Que con fecha 20 de diciembre de 2002, la empresa concesionaria de
transmisión REP presentó una Reclamación contra la empresa generadora
ELECTROANDES, solicitando el pago por concepto de Cargos de Peaje
Secundario de Transmisión Equivalente en Energía CPSEE01 -en adelante
Cargo 01-;
2. Que con fecha 29 de enero de 2003 el Consejo Directivo de OSINERG,
mediante Resolución Nº 0021-2003-OS/CD designó a los integrantes del
Cuerpo Colegiado Ad-Hoc;
3. Que el designado Cuerpo Colegiado Ad-Hoc, mediante Resolución Nº 001-
2003-OS/CC-02 de fecha 19 de marzo de 2003, admite a trámite la
Reclamación presentada por REP, corriendo traslado de la misma a
ELECTROANDES, para su contestación en un plazo de 15 días hábiles
contados a partir del día siguiente de su notificación.
5. Que con fecha 25 de abril de 2003, ELECTROANDES contesta la
Reclamación.
8. Que el Cuerpo Colegiado Ad-Hoc, mediante Resolución Nº 002-2003-OS/CC-
08 de fecha 29 de abril de 2003, pone en conocimiento de REP la contestación
a la Reclamación, convocando a ambas partes a la Audiencia Única.
9. Que en la fecha y hora programada, se dio inicio a la Audiencia Única
convocada por el Cuerpo Colegiado Ad-Hoc, y de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 40º del Reglamento de OSINERG para la Solución de Controversias,
aprobado por Resolución Nº 0826-2002-OS/CD, se exhortó a las partes para
que lleguen a un acuerdo conciliatorio, suspendiéndose brevemente la
Audiencia a pedido de las partes, con el fin de poder encontrar puntos
conciliatorios a sus pretensiones. Concluida la misma REP Y
ELECTROANDES a través de sus representantes manifestaron que subsistían
todavía discrepancia en lo que respecta a la materia controvertida.
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10. Que, mediante la Resolución 004-2003-OS/CC-08 – en adelante Resolución
004-, el Cuerpo Colegiado Ad-Hoc, nombrado para resolver la controversia
planteada por REP, declaro fundada la misma y dispuso que ELECTROANDES
cumpla con pagar a la reclamante el pago de los Cargos de Peaje Secundario
de Transmisión Equivalente en Energía CPSEE 01 por el período comprendido
entre el 05 al 21 de setiembre de 2002, más los intereses.
11. Con fecha 10 de julio de 2003, ELECTROANDES presentó Apelación contra la
Resolución 004, mediante la cual solicita se revoque la resolución recurrida y,
reformándola, declare improcedente o infundada la reclamación.
12. Mediante Resolución No. 005-2003-OS/CC-08, el Cuerpo Colegiado Ad-Hoc,
concedió la apelación solicitada por ELECTROANDES y elevó los actuados al
Tribunal de Solución de Controversias.
13. Con Resolución No. 001-2003-TSC/06-2003-TSC-OSINERG, el Tribunal corrió
traslado de la Apelación.
14. Con fecha 28 de agosto de 2003, REP absuelve traslado de la Apelación.
15. Mediante Resolución No. 002-2003-TSC/06-2003-TSC-OSINERG, el Tribunal,
dio por absuelto el traslado de la Apelación, puso en conocimiento de
ELECTROANDES la absolución de la Apelación presentada por REP y cito
para la vista de la causa.
16. Con fecha 01 de octubre ELECTROANDES presenta un escrito con
argumentos para mejor resolver, el mismo que es puesto en conocimiento de
REP mediante Resolución No. 003-2003-TSC/06-2003-TSC-OSINERG.
17. El día 21 de octubre de 2003, se llevó a cabo la vista de la causa de la
Apelación presentada por ELECTROANDES, en ella las partes expusieron sus
argumentos.
18. Con fecha 12 de noviembre REP presenta un escrito absolviendo traslado de
escrito presentado por ELECTROANDES, el mismo que es puesto en
conocimiento de ELECTROANDES mediante Resolución No. 004-2003-
TSC/06-2003-TSC-OSINERG.
19. Con fecha 02 de diciembre ELECTROANDES presenta un escrito solicitando
tener presente lo ahí expuesto para mejor resolver, el mismo que es puesto en
conocimiento de REP mediante Resolución No. 005-2003-TSC/04-2003-TSC.
20. Habiéndose cumplido con todas las etapas prevista en el Reglamento de
Solución de Controversias del OSINERG, aprobado mediante Resolución No.
0826-2002-OS/CD y en la Ley del Procedimiento Administrativo, Ley No.
27444, así como habiendo las partes manifestado su posición, el presente
procedimiento se encuentra listo para resolver.
II. Argumentos de las partes
1. ELECTROANDES expone como argumentos centrales en su escrito de
Apelación, en su escrito de fecha 01 de octubre de 2003, donde en Anexo No.

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