Resolución Nº 00358-2015-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 15-12-2015

Sentido del falloNulo
Número de resolución00358-2015-JNE
Fecha15 Diciembre 2015
EmisorJurado Nacional de Elecciones (Perú)
Tribunal de OrigenLIMA - HUAURA - HUAURA

Jurado Nacional de Elecciones

Resolución N.° 0358-2015-JNE



Expediente N.° J-2015-00095-A01

HUAURA - HUAURA - LIMA

RECURSO DE APELACIÓN


Lima quince de diciembre de dos mil quince


VISTO en audiencia pública de la fecha los recursos de apelación que Emiliano Edilberto Morales Barrera y Junior Antony Aponte Osorio interpusieron en contra del Acuerdo de Concejo N.° 129-2015-MDH, del 18 de setiembre de 2015, que declaró infundado el recurso de reconsideración presentado contra la decisión municipal de rechazar la solicitud de vacancia de Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, provincia de Huaura departamento de Lima, teniendo a la vista los Expedientes N.° J-2015-00095-T01 y N.° J-2015-00095-Q01; y oídos los informes orales.


ANTECEDENTES


La solicitud de vacancia


El 14 de abril de 2015, Junior Antony Aponte Osorio solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima, por considerar que dicha autoridad habría incurrido en la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).


El recurrente refiere que David Smith Carlos Inocente, sobrino del alcalde distrital figura en el portal de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas como persona contratada por la Municipalidad Distrital de Huaura, la cual habría cobrado la suma de S/. 10 620.00 nuevos soles.


Agrega que David Smith Carlos Inocente integra en la relación del personal administrativo de la academia preuniversitaria municipal tal como se aprecia del documento emitido por la secretaría general de la entidad edil.


Finaliza y señala que el alcalde municipal ejerció injerencia para la contratación de su “sobrino” dado que en “tiempo record”, en la primera sesión de concejo que se realizó el 5 de enero de 2015, se acordó irregularmente, obviando las pautas a seguir, contratar al servicio de enseñanza para la academia preuniversitaria de alto rendimiento.


Como medios probatorios, el solicitando adjuntó, entre otros, los siguientes documentos:


  • Copia certificada de la partida de nacimiento de David Smith Carlos Inocente (foja 162 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia notarial de la partida de nacimiento de Raúl Albino Carlos Pantoja (foja 163 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Impresión del portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas (fojas 164 a 166 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia certificada del acta de entrega del Informe N.° 001-AMAR-H, del 10 de febrero de 2015, en el que se da cuenta de la relación del personal administrativo y docente de la academia municipal de alto rendimiento de Huaura (fojas 168 a 169 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).


Esta solicitud de vacancia dio origen al Expediente Jurisdiccional N.° J-2015-00095-T01, en el cual el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones emitió el Auto N.° 1, del 21 de abril de 2015 (fojas 21 a 23 del citado expediente), a través del cual se corrió traslado al concejo municipal a fin de dar el trámite correspondiente de conformidad con el artículo 23 de la LOM.


El pedido de adhesión a la solicitud de vacancia


Con fecha 25 de mayo de 2015, Emiliano Edilberto Morales Barrera solicitó al Concejo Distrital de Huaura adherirse al pedido de vacancia presentado por Junior Antony Aponte Osorio (fojas 140 a 143 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).


En dicha solicitud señala que David Smith Carlos Inocente prestó servicios desde inicios de 2015 a favor de la entidad edil por servicios no personales, tal como se puede apreciar en el portal de transparencia del Ministerio de Economía y, Finanzas. Agrega que con esta actitud se demuestra que el alcalde distrital actuó “irregularmente” e hizo “ejercicio abusivo de su cargo” a fin de “favorecer ilícitamente a su sobrino”.


Finalmente señala que el “sobrino del alcalde” cobró un cheque en el Banco de la Nación el 27 de febrero de 2015 y posteriormente, lo devolvió a la entidad edil.


Los descargos del alcalde cuestionado


El 29 de mayo de 2015, el alcalde Justiniano Pedro Valencia Pantoja presentó sus descargos (fojas 100 a 108 del Expediente N.° J-2015-00095-T01) al concejo municipal, al amparo de los siguientes argumentos:


  1. Se aprecia de la revisión de los informes de logística recursos humanos y de la gerencia municipal que no existió “ningún contrato de trabajo” con David Smith Carlos Inocente, “ni contratos de servicios o de terceros y menos CAS”, que puedan ser analizados a la luz de los pronunciamientos del Jurado Nacional de Elecciones.

  2. No se acreditó el segundo requisito de la causal de nepotismo por ello no procede el análisis del tercer elemento.

  3. El solicitante de la vacancia presentó documentos que se encuentran certificados por un juez de paz, sin embargo, esta autenticación resulta nula y “hasta constituye hechos que pueden ser materia de sanción penal, por haberse efectuado esta intervención sin que sean competencias reconocidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial”.

  4. La secretaria general de la municipalidad distrital entregó al recurrente copias simples del Informe N.° 001-AMAR-H, del 10 de febrero de 2015, por ello resulta imposible que haya podido ser autenticada por el juez de paz. Además, en el informe original que obra en los archivos de la comuna edil no figura el nombre de David Smith Carlos Inocente dentro del personal administrativo de la academia municipal, con lo cual “se demuestra la mala fe del solicitante”.

  5. Si bien en el video que se adjunta como medio probatorio “reconoce que se le ha pagado a su sobrino, ello no constituye nepotismo”.

  6. No existe en los archivos documento mediante el cual se haya solicitado previamente información relacionada con David Smith Carlos Inocente, si fue trabajador de la entidad o si ocupaba algún puesto en la academia municipal.


Adjunta como medios probatorios los siguientes documentos:


  • Copia del Memorándum Múltiple N.° 004-2015-ALC/MDH, del 2 de marzo de 2015, a través del cual el alcalde distrital solicita informe y medidas correctivas sobre el pago efectuado a David Smith Carlos Inocente (fojas 109 a 110 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia del Informe N.° 064-2015-GM/MDH, del 2 de marzo de 2015, elaborado por el gerente municipal, a través del cual se brinda información sobre el “pago indebido” realizado a David Smith Carlos Inocente (foja 111 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia de la Resolución de Alcaldía N.° 005-2015-ALC/MDH, del 2 de enero de 2015, en la que se designó a Manuel Elías Castañeda Cerna como gerente municipal (fojas 112 a 114 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia del Informe N.° 384-2015-OL/MDH, del 25 de mayo de 2015, elaborado por el jefe de la oficina de logística, en el cual se brinda información sobre David Smith Carlos Inocente (foja 115 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia de la denuncia penal interpuesta el 25 de mayo de 2015 por el alcalde en contra de Manuel Elías Fernández Espinoza y David Smith Carlos Inocente como presuntos autores de los delitos de peculado y colusión (fojas 116 a 118 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).

  • Copia del Informe N.° 298-2015-RRHH-MDH, del 25 de mayo de 2015, a través del cual el jefe de Recursos Humanos de la Municipalidad de Huaura pone en conocimiento que David Smith Carlos Inocente no ha mantenido ni mantiene vínculo laboral con dicha comuna. Además, informa que tampoco es trabajador de planilla, CAS o trabajador dentro del régimen del D.L N.° 276 o 728 (foja 119 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).


El pronunciamiento del Concejo Distrital de Huaura


Es importante mencionar que, en relación al pedido de adhesión de Emiliano Edilberto Morales Barrera, se emitió el Informe N.° 0176-2015-AJ-MDH, del 26 de mayo de 2015, el cual fue elaborado por el asesor legal de la entidad edil (fojas 201 a 202 del Expediente N.° J-2015-00095-T01). En dicho informe se opinó por la procedencia de la adhesión presentada.


En merito a dicha opinión, el concejo municipal invitó a Emiliano Edilberto Morales Barrera a la sesión extraordinaria del 29 de mayo de 2015, tal como se verifica a fojas 203 de autos, de esta manera, se le incorporó en el procedimiento de vacancia iniciado por Junior Antony Aponte Osorio.


En dicha sesión extraordinaria (fojas 206 a 213 del Expediente N.° J-2015-00095-T01), los miembros del concejo distrital, por mayoría, declararon infundada la solicitud de vacancia presentada contra Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, en consecuencia, se procedió a emitir el Acuerdo de Concejo N.° 078-2015-MDH (fojas 214 a 220 del Expediente N.° J-2015-00095-T01).





El recurso de reconsideración y el pronunciamiento del Concejo Distrital de Huaura


El 19 de junio de 2015, Junior Aponte Osorio y Emiliano Edilberto Morales Barrera interpusieron recurso de reconsideración (fojas 221 a 223 del Expediente N.° J-2015-00095-T01) en contra de la decisión adoptada en la sesión extraordinaria del 29 de mayo de 2015


En el citado medio impugnatorio, se señaló lo siguiente:


  1. El pleno municipal indicó que los recurrentes no habían adjuntado medios probatorios que acrediten el grado de parentesco entre el alcalde distrital y David Smith Carlos Inocente; sin embargo, no consideraron que en la solicitud de vacancia se solicitó que el concejo municipal oficie al área del registro civil de la entidad edil a fin de que se remita la partida de nacimiento del burgomaestre.

  2. Las áreas que remitieron aquellos están bajo la subordinación del alcalde distrital, por consiguiente, los informes que se han emitido “están dolosamente manejados y direccionados para cubrir o desaparecer pruebas de la causal de...

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