Resolución Nº 002-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSUP 002-2017)
Número de resolución | 002-2017 |
Fecha | 12 Enero 2017 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas
SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
AÑODELBUENSERVICIOALCIUDADANO
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Resolución de Superintendente
Nº 002-2017-SMV/02
Lima, 12 de enero de 2017
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:
El Memorándum Nº 125-2017-SMV/08 del 9 de enero de
2017, presentado por la Oficina General de Administración, con la propuesta de
aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2017 (PAP) de la Superintendencia
del Mercado de Valores – SMV;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo del Directorio de la Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV1, hoy Superintendencia del
Mercado de Valores - SMV, adoptado en sesión del 12 de julio de 1999, se aprobó la
estructura remunerativa del personal de la institución;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la
entidad, aprobado con Resolución de Superintendente N° 055-2014-SMV/02 del 30 de
abril de 2014, que contiene la asignación y denominación de los cargos estructurales
de esta Superintendencia, acordes con su nueva estructura orgánica, contempla 230
cargos distribuidos en sus diferentes unidades orgánicas;
Que, por Resolución SMV N° 046-2016-SMV/01 del 23 de
diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura
correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego Superintendencia del Mercado de
Valores - SMV por Fuentes de Financiamiento;
Que, el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) es un
documento de Gestión Institucional que considera las plazas y el presupuesto para los
servicios específicos de personal permanente y eventual en función de la
disponibilidad presupuestal;
Que, existiendo la respectiva disponibilidad presupuestal
en la Genérica del Gasto 2.1: Personal y Obligaciones Sociales del Presupuesto
Institucional de la SMV para el Año Fiscal 2017, es necesario aprobar el Presupuesto
Analítico de Personal (PAP) de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV
para efectuar los procesos técnicos de personal durante el año 2017, orientados al
cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, acorde a la normatividad legal
vigente;
1 Mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29782, publicada el 28 julio de 2011, se sustituye la denominación de Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev) por la de Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
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