Resolución Nº 002-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSUP 002-2017)

Número de resolución002-2017
Fecha12 Enero 2017
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
AÑODELBUENSERVICIOALCIUDADANO
1
Resolución de Superintendente
Nº 002-2017-SMV/02
Lima, 12 de enero de 2017
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:
El Memorándum Nº 125-2017-SMV/08 del 9 de enero de
2017, presentado por la Oficina General de Administración, con la propuesta de
aprobación del Presupuesto Analítico de Personal 2017 (PAP) de la Superintendencia
del Mercado de Valores – SMV;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo del Directorio de la Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV1, hoy Superintendencia del
Mercado de Valores - SMV, adoptado en sesión del 12 de julio de 1999, se aprobó la
estructura remunerativa del personal de la institución;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la
entidad, aprobado con Resolución de Superintendente N° 055-2014-SMV/02 del 30 de
abril de 2014, que contiene la asignación y denominación de los cargos estructurales
de esta Superintendencia, acordes con su nueva estructura orgánica, contempla 230
cargos distribuidos en sus diferentes unidades orgánicas;
Que, por Resolución SMV N° 046-2016-SMV/01 del 23 de
diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura
correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego Superintendencia del Mercado de
Valores - SMV por Fuentes de Financiamiento;
Que, el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) es un
documento de Gestión Institucional que considera las plazas y el presupuesto para los
servicios específicos de personal permanente y eventual en función de la
disponibilidad presupuestal;
Que, existiendo la respectiva disponibilidad presupuestal
en la Genérica del Gasto 2.1: Personal y Obligaciones Sociales del Presupuesto
Institucional de la SMV para el Año Fiscal 2017, es necesario aprobar el Presupuesto
Analítico de Personal (PAP) de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV
para efectuar los procesos técnicos de personal durante el año 2017, orientados al
cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, acorde a la normatividad legal
vigente;
1 Mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29782, publicada el 28 julio de 2011, se sustituye la denominación de Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev) por la de Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR