Resolución Nº 001-2021-SUSALUD/TRI-SSE de Superintendencia de Salud, 2021

Número de resolución001-2021-SUSALUD/TRI-SSE
Número de expediente097-2020-TRI (Expediente Nº 8209-2019)
EmisorSuperintendencia de Salud (Perú)
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TRIBUNAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD
RESOLUCIÓN Nº 001-2021-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE Nº : 097-2020-TRI (Expediente Nº 8209-2019)
PROCEDENCIA : Intendencia de Normas y Autorizaciones - INA
IMPUGNANTE : Empresa Nacional de Puertos ENAPU S.A.
PROCEDIMIENTO : Recurso de apelación interpuesto contra la Resolución de
Intendencia de Normas y Autorizaciones 049-2020-
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/SAREFIS/INA de fecha
20 de agosto de 2020
SUMILLA: Se declara la NULIDAD de la Resolución de Intendencia de Normas y
Autorizaciones Nº 049-2020-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/SAREFIS/INA de
fecha 20 de agosto de 2020, que dispuso RECHAZAR la solicitud de Baja de Registro de
IAFAS presentada por la IAFAS PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR PAMF DE
ENAPU S.A., esto a razón d e haber afectado el principio de impulso de o ficio del
procedimiento, debiendo retrotraer el presente procedimiento a la fase de evaluación de
la solicitud de baja del registro de IAFAS presentada por la IAFAS PROGRAMA DE
ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR PAMF DE ENAPU S.A., con las consideraciones expuestas
en la presente resolución.
Lima, 4 de enero de 2021
En Lima, a los quince días del mes de diciembre de 2021, en Sesión de Segunda Sala Nº 022-
2020, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS; así como en casos de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS, se acordó lo siguiente:
I. ASUNTO
Recurso de apelación interpuesto por la Empresa Nacional de Puertos S.A. ENAPU S.A. en
representación de la IAFAS PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR PAMF DE
ENAPU S.A., contra la Resolución de Intendencia de Normas y Autorizaciones Nº 049-2020-
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/SAREFIS/INA de fecha 20 de agosto de 2020,
mediante la cual se dispuso RECHAZAR la solicitud de Baja de Registro de IAFAS.
II. DELIMITACIÓN DE LA IMPUGNACIÓN FORMULADA
1. Declarar la nulidad o revocar la Resolución de Intendencia de Normas y
Autorizaciones Nº 049-2020-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/SAREFIS/INA
RESOLUCIÓN Nº 001-2021-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE Nº 097-2020/TRI
(EXPEDIENTE Nº 8209-2019)
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de fecha 20 de agosto de 2020, que dispuso RECHAZAR la solicitud de Baja de
Registro de IAFAS presentada por la IAFAS P ROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA
FAMILIAR PAMF DE ENAPU S.A., en razón a no encontrarse debidamente
sustentadas las observaciones efectuadas por la Intendencia de Normas y
Autorizaciones - INA. Asimismo, se señala que las observaciones efectuadas por la
citada Intendencia no corresponden a la naturaleza de la actividad que realiza y, por
lo tanto, no es en estricto, una IAFAS, motivo por la cual, no existe razón para
permanecer con registro vigente como tal.
III. ANTECEDENTES
1. IAFAS PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR PAMF de la ENAPU S.A es una
Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS
Autoseguro), identificada con Código Único de IAFAS Nº 30012
1
.
2. El 12 de julio de 2019, la IAFAS PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR
PAMF de la ENAPU S.A comunica como hecho relevante a la Superintendencia
Nacional de Salud - SUSALUD (obrante a fojas 001 a 023 del Expediente Nº 8209-
2019) que mediante Resolución de Gerencia General Nº 226-2019-ENAPU S.A/GG se
dispone, entre otras cosas, que no se continúe con la actividad de recepción,
captación y gestión de fondos de aseguramiento de las prestaciones de salud, que;
anteriormente se hacía para la inscripción de los padres de los trabajadores en el
Programa de Asistencia Médica Familiar (PAMF) de ENAPU S.A, debiendo sufragarse
el mismo con recursos propios de la empresa y en cumplimiento de convenios
colectivos vigentes, para lo cual adjunta la copia fedateada de la dicha resolución.
3. Mediante Informe Nº 00753-2019/INA, de fecha 15 de agosto de 2019, dirigido a la
Superintendente Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Intendente de la
Intendencia de Normas y Autorizaciones - INA, recomienda informar a la IAFAS
PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA FAMILIAR PAMF de la ENAPU S.A que el hecho
relevante comunicado cumple con lo dispuesto en la normativa pertinente. Se
precisa que, a su vez, la Superintendente Adjunta de Regulación y Fiscalización emite
el Informe Nº 00165-2019/SAREFIS en el cual pone en conocimiento el hecho
relevante mencionado en el párrafo precedente al Superintendente Nacional de
Salud. El Informe Nº 00165-2019/SAREFIS fue notificado a la Empresa Nacional de
Puertos ENAPU S.A. el 5 de setiembre de 2019 a través del Oficio Nº 00507-2019-
SUSALUD/SUP.
1
Información obrante en el Registro Nacional de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud
- IAFAS.

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