Resolución Nº 00004-2015-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 08-01-2015

Sentido del falloConvocar
Tribunal de OrigenLA LIBERTAD - GRAN CHIMU - LUCMA
Fecha08 Enero 2015
EmisorJurado Nacional de Elecciones (Perú)
Número de resolución00004-2015-JNE




Jurado Nacional de Elecciones

Resolución N.° 0004-2015-JNE



EXPEDIENTE N.° J-2015-00009

LUCMA - GRAN CHIMÚ - LA LIBERTAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima ocho de enero de dos mil quince


VISTAS la Resolución N.° 3800-2014-JNE, de fecha 29 de diciembre de 2014, y la Carta N.° 99-2014/MDL/GM, recibida el 7 de enero de 2015, remitida por Juan Morillas Arbildo, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú departamento de La Libertad.


ANTECEDENTES


Mediante la carta del visto, Juan Morillas Arbildo, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú departamento de La Libertad, solicita la convocatoria de candidato no proclamado en virtud de que mediante Acta de Sesión Extraordinaria, de fecha 26 de diciembre de 2014, el Concejo Distrital de Lucma declaró, por unanimidad, la vacancia de Díber Pérez Rodríguez, alcalde de la citada entidad edil, por la causal establecida en el artículo 22 numeral 2, de la Ley N.° 297972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), en vista de que la citada autoridad ha sido proclamada como alcalde de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, departamento de La Libertad, para el periodo de gobierno municipal 2015-2018, como resultado del proceso de Elecciones Municipales 2014, cuyo acto electoral se realizó el 5 de octubre de 2014.


A través de la Resolución N.° 3800-2014-JNE, de fecha 29 de diciembre de 2014, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró que en dos provincias y veintinueve distritos señalados en el artículo segundo del citado pronunciamiento, dentro de los cuales se encuentra el distrito de Lucma, las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2011-2014 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, hasta que las nuevas autoridades, elegidas en Elecciones Municipales Complementarias a realizarse el año 2015, asuman su cargo tras la culminación del proceso de transferencia que regula la Ley N.° 30204, Ley que regula la transferencia de la gestión administrativa de los gobiernos regionales y gobiernos locales; por lo que, sus actuales credenciales mantienen su vigencia hasta que culminen el ejercicio del cargo.


CONSIDERANDOS


  1. Conforme lo establece el artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros.


  1. Por otro lado, el artículo 22, numeral 2, de la LOM, señala que constituye causal de vacancia la asunción de otro cargo proveniente de mandato popular. Así, para que dicha causal se configure resulta indispensable que la autoridad sometida al proceso de declaratoria de vacancia haya participado como candidato en un proceso electoral durante el periodo del mandato representativo y haya, además, resultado electo y proclamado en el nuevo cargo.


  1. En el presente caso se advierte del Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, con fecha 3 de diciembre de 2014, que Díber Pérez Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma para el periodo de gobierno municipal 2010-2014, ha sido proclamado como alcalde de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú departamento de La Libertad para el periodo de gobierno municipal 2015-2018, como resultado del proceso de Elecciones Municipales 2014, cuyo acto electoral se realizó el 5 de octubre de 2014.


  1. En virtud de lo expuesto y teniendo en consideración que Díber Pérez Rodríguez ha asumido otro cargo proveniente de mandato popular, debe procederse a dejar sin efecto la credencial de alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma para el periodo de gobierno municipal 2010-2014, que le fue otorgada como resultado del proceso de Elecciones Municipales 2010, y convocar a los llamados por ley conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, emitida con ocasión del citado proceso electoral.


  1. Así, corresponde acreditar a Santos Jesús Morales Reyna, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 19050538, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, en tanto se elijan a las nuevas autoridades del citado distrito para el gobierno municipal 2015-2018, en el proceso de Elecciones Municipales Complementarias a realizarse el año 2015, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.


  1. En igual sentido, corresponde acreditar a Lily Karim Piña Herrera, identificada con Documento Nacional de Identidad N.° 41823814, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, en tanto se elijan a las nuevas autoridades del citado distrito para el gobierno municipal 2015-2018, en el proceso de Elecciones Municipales Complementarias a realizarse el año 2015, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.


Por lo tanto, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,



RESUELVE


Artículo primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Díber Pérez Rodríguez en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad.


Artículo segundo.- CONVOCAR a Santos Jesús Morales Reyna, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 19050538, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, en tanto se elijan a las nuevas autoridades del citado distrito para el gobierno municipal 2015-2018, en el proceso de Elecciones Municipales Complementarias a realizarse el año 2015, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.


Artículo tercero.- CONVOCAR a Lily Karim Piña Herrera, identificada con Documento Nacional de Identidad N.° 41823814, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de...

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