RESOLUCION MINISTERIAL Nº 514-2015 MTC/01.02 - Disponen publicación, en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de “Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario”

Fecha de disposición04 Septiembre 2015
Fecha de publicación04 Septiembre 2015
SecciónSección Única
560713
NORMAS LEGALES
Viernes 4 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo.
Servicios de seguros.
Servicios de rescate, auxilio.
1282194-1
RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajadora Extraordinaria y
Plenipotenciaria del Perú en la República
Checa
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 198-2015-RE
Lima, 3 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
De conformidad con el inciso 12) del artículo 118
de la Constitución Política del Perú, que establece
la facultad del señor Presidente de la República de
nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con
aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar
cuenta al Congreso de la República;
Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República y su modif‌i catoria la
Ley N° 29318; y su Reglamento de la Ley del Servicio
Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 130-2003-RE y sus modif‌i catorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Nombrar Embajadora Extraordinaria
y Plenipotenciaria del Perú en la República Checa a la
Embajadora en el Servicio Diplomático de la República
Olga Liliana Francisca de Olarte Paredes de Torres Muga.
Artículo 2. Extenderle las Cartas Credenciales y
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3. La fecha en que la citada funcionaria
diplomática deberá asumir funciones, será f‌i jada mediante
Resolución Ministerial.
Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente
Resolución a las partidas correspondientes del pliego
presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5. La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1283317-6
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen publicación, en el portal
institucional del Ministerio, del proyecto de
“Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 514-2015 MTC/01.02
Lima, 3 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
celebró con el Banco de Desarrollo de América Latina
(CAF), un Convenio de Cooperación Técnica No
Reembolsable para reforzar el desarrollo de los proyectos
ferroviarios en el país; en cuyo marco la CAF presentó
al Ministerio el documento “Estrategia de Desarrollo del
Sistema Ferroviario”, el que comprende la caracterización
del sistema de transporte ferroviario, la demanda de
transporte, lineamientos de política nacional, y estrategia
general de desarrollo ferroviario;
Que, mediante Memorándum Múltiple N° 008-2014-
MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes se
conformó un Equipo Técnico integrado por profesionales
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto y
de la Dirección de Ferrocarriles de la Dirección General
de Caminos y Ferrocarriles, con la f‌i nalidad de elaborar
el Plan Nacional Ferroviario (ahora, Plan Nacional de
Desarrollo Ferroviario);
Que, el citado Equipo Técnico ha elaborado el documento
“Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario”; el mismo que
tiene como objetivo establecer lineamientos de política y la
estrategia de desarrollo del sistema ferroviario en el país,
así como, proponer acciones para posibilitar el desarrollo
ordenado de la infraestructura y de servicios de transporte
ferroviario, para atender los requerimientos de la actividad
productiva nacional, contribuyendo a su competitividad, y las
necesidades de transporte de la población;
Que, la Dirección de Ferrocarriles de la Dirección
General de Caminos y Ferrocarriles, con el Informe Técnico
N° 111-2015-MTC/14.08, ha sustentado la emisión del
citado Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario, señalando
que se requiere establecer estrategias concretas, viables
y coherentes que permitan articular acciones dirigidas al
desarrollo del sistema ferroviario en el país;
Que, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles,
mediante Memorándum N° 1320-2015-MTC/14, ha
recomendado la publicación, para comentarios del “Plan
Nacional de Desarrollo Ferroviario”;
Que, el Reglamento que establece disposiciones
relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos
Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter
General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-
JUS, señala, en su artículo 10° que, sin perjuicio de lo
establecido en el artículo 4 de dicho reglamento, se deben
publicar, obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales
como resoluciones administrativas o similares de interés
general y de observancia obligatoria cuando: i) su contenido,
proporcione información relevante y sea de interés para
los usuarios de los servicios que presta la Administración
Pública, ii) su difusión permita establecer mecanismos
de transparencia en la gestión pública, así como control y
participación ciudadana, iii) se relacione con información
of‌i cial procesada por las entidades rectoras de determinada
función administrativa, iv) su naturaleza jurídica determine
su conocimiento y difusión general, entre otras;
Que, bajo el citado marco normativo, el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones ha emitido la Directiva
N° 001-2011-MTC/01 “Directiva que establece el
procedimiento para realizar la publicación de proyectos de
normas legales”, aprobada por Resolución Ministerial N°
543-2011-MTC/01, en cuyo numeral 6.2.2. se establece
que, en caso el proyecto normativo corresponda a una
Resolución Ministerial, una Resolución Suprema o un
Decreto Supremo, su publicación debe ser dispuesta
mediante una Resolución Ministerial;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 001-2009-JUS, y en la Directiva N° 001-
2011-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de
“Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario”, a afectos de
recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía
en general, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45)
días hábiles contados a partir de la publicación de la
presente resolución; efectuándose la publicación en
el portal institucional del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - www.mtc.gob.pe.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Caminos y Ferrocarriles, la recepción, procesamiento y
sistematización de los comentarios que se presenten al
proyecto de “Plan Nacional de Desarrollo Ferroviario”.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1283107-1

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