RESOLUCION MINISTERIAL Nº 465-2015-MINEDU - Acreditan a Comités de Recepción de carpetas para instituciones educativas, en el marco del D.U. N° 058-2011

Fecha de disposición01 Octubre 2015
Fecha de publicación01 Octubre 2015
562791
NORMAS LEGALES
Jueves 1 de octubre de 2015
El Peruano
/
EDUCACION
Acreditan a Comités de Recepción de
carpetas para instituciones educativas, en
el marco del D.U. N° 058-2011
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 465-2015-MINEDU
Lima, 29 de setiembre de 2015
Vistos, el Of‌i cio N° 4697-2015-MINEDU/VMGI-
PRONIED, los Informes N°s. 724-2015/MINEDU/VMGI-
PRONIED-OAJ y N° 103-2015-MINEDU/VMGI-PRONIED-
UGME- DAAL, el Of‌i cio N° 1262-2015-MINEDU/SG-OGAJ;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 058-2011,
que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia
económica y f‌i nanciera para mantener y promover el
dinamismo de la economía nacional, se autoriza, de
manera excepcional, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social, mediante el Fondo de Cooperación para el
Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar a través
de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones a
las micro y pequeñas empresas de uniformes, calzado,
chompas y buzos para escolares y su distribución en
zonas de pobreza y pobreza extrema a nivel nacional;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la
Ley N° 29792, Ley de creación del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social, dispone la adscripción, entre otros, del
FONCODES al referido Ministerio;
Que, a efecto de continuar con la contratación y
distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos
ejecutores, mediante la Trigésima Segunda Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se
incluyó en el ámbito de aplicación del capítulo I del Decreto
de Urgencia Nº 058-2011, entre otros, la adquisición de
carpetas para instituciones educativas;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Modif‌i catoria de la Ley N° 30056, Ley que Modif‌i ca Diversas
Leyes para Facilitar la Inversión, Impulsar el Desarrollo
Productivo y el Crecimiento Empresarial, modif‌i la
Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de
la referida Ley N° 29951, estableciendo la ampliación de
la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-
2011 hasta el 31 de diciembre de 2016;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7 del
Decreto de Urgencia N° 058-2011, modif‌i cado por la
Ley N° 30264, los Ministerios demandantes y el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, según corresponda,
en coordinación con el FONCODES establecerán el
mecanismo de recepción de los bienes de acuerdo al plan
de distribución;
Que, el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 058-2011,
modif‌i cado por la Ley N° 30264, señala que la acreditación
de los Comités de Recepción será formalizada por el
Ministerio demandante o el INDECI, mediante Resolución
Ministerial o Resolución del Titular de la entidad que
deberá ser publicada en el portal institucional del Ministerio
demandante y del INDECI, según corresponda;
Que, con Informe N° 103-2015/MINEDU/VMGI/
PRONIED-UGME-DAAL, el Jefe de la Unidad Gerencial
de Mobiliario y Equipamiento del Programa Nacional
de Infraestructura Educativa - PRONIED, señala que
mediante Decreto Supremo N° 259-2014-EF se autorizó
la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el año f‌i scal 2014 hasta por el importe total
de Cuarenta Millones con 00/100 nuevos soles (S/.
40 000 000.00) a favor del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social, destinados a f‌i nanciar la adquisición
de módulos de mobiliario escolar (carpetas), para
Instituciones educativas de educación inicial (entre
las que se encuentran comprendidos los PRONOEI),
primaria y secundaria;
Que, en ese sentido, el citado Informe señala
además que se ha visto por conveniente acreditar como
miembros de los Comités de Recepción ante el Núcleo
Ejecutor de Compra de carpetas para instituciones
educativas, al Director de la Institución Educativa
o Coordinador del Programa no Escolarizado de
Educación Inicial-PRONOEI, quien lo presidirá, y 2 (dos)
representantes de los padres de familia de la Institución
Educativa benef‌i ciaria;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cada por la Ley N° 26510; el Decreto de Urgencia
N° 058-2011 y sus modif‌i catorias; la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto para el Sector Público para el
Año Fiscal 2013, modif‌i cada por la Ley N° 30056; y, el
Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acreditar a los Comités de Recepción
de carpetas para instituciones educativas, que estarán
conformados por el Director de la Institución Educativa o
Coordinador del Programa no Escolarizado de Educación
Inicial-PRONOEI, según corresponda, quien lo presidirá,
y dos representantes de los padres de familia de la
Institución Educativa o PRONOEI benef‌i ciarios, cuya
relación se detalla en el Anexo que forma parte integrante
de la presente resolución, en el Marco del Decreto de
Urgencia N° 058-2011.
Artículo 2.- En el caso que alguno de los Comités
de Recepción no se pueda constituir, el Director de la
Institución Educativa o el Coordinador del Programa
no Escolarizado de Educación Inicial-PRONOEI, según
corresponda, y un representante de la Unidad de Gestión
Educativa Local, se encargarán de recibir las carpetas
asignadas.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución
al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social –
FONCODES y a las Direcciones Regionales de Educación
respectivas.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.
gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1294078-1
JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
Designan Asesora II del Despacho
Viceministerial de Justicia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0266-2015-JUS
Lima, 30 de septiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel
F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, resulta necesario designar al profesional que
desempeñe dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley de Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos,
la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto
Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento

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