RESOLUCION MINISTERIAL N° 462-2014-VIVIENDA - Autorizan Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de SEDAPAL S.A.

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2014
El Peruano
Domingo 28 de diciembre de 2014
541782
de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la
Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de
Lima S.A. - SEDAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento
de la elaboración de los Estudios de Pre-Inversión a nivel
de Factibilidad antes indicados;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30045,
Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento,
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, y el Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo N° 304-
2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera del
Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa
Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma
de DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS
MIL TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 776
030,00), en la fuente de financiamiento Recursos
Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua
Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL
S.A., destinada al financiamiento de la elaboración de
los Estudios de Pre-Inversión a nivel de Factibilidad
denominados “Mejoramiento de los Sistemas de Agua
Potable y Alcantarillado en los AA.HH. del Cerro El
Agustino, Frente 1 – distrito El Agustino” por el monto
de S/. 1 359 252,00; y “Mejoramiento de los Sistemas
de Agua Potable y Alcantarillado en los AA.HH. del
Cerro El Agustino, Frente 2 – distrito El Agustino” por
el monto de S/. 1 416 778,00.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo
1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con
cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal
del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional
de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto
3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777:
Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento
Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos
Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada
por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser
destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los
cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo
El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es
responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de
los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza
la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por
el artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Artículo 5.- Información
La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado
de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., informará al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos
y fi nancieros de los Estudios de Pre-Inversión a nivel
de Factibilidad indicados en el artículo 1 de la presente
Resolución Ministerial, en el marco de los convenios
suscritos por las partes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1182574-2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 462-2014-VIVIENDA
Lima, 27 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que el Ministerio tiene por fi nalidad normar y
promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia
de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y
desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos
regionales y locales en dichas materias;
Que, en el marco de la Ley N° 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
se aprobó mediante la Resolución Ministerial Nº 318-
2013-VIVIENDA, el Presupuesto Institucional de Apertura
del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento correspondiente al año fi scal 2014,
por un monto de S/. 4 368 652 708,00, incluyendo el
detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría
Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto,
Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto,
Fuentes de Financiamiento; y el detalle de los recursos
que lo fi nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a
nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y
Específi ca de Ingreso;
Que, el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de
Modernización de los Servicios de Saneamiento,
establece que el ente rector ejecuta transferencias
extraordinarias de recursos destinadas a fi nanciar
estudios de preinversión, la ejecución de proyectos de
inversión o de programas orientados al fortalecimiento de
la gestión de los servicios de saneamiento; las cuales se
efectúan preferentemente a las Entidades Prestadoras
de Servicios de Saneamiento – EPS, las mismas que
están sujetas a las condiciones de sostenibilidad que
se establezcan en el Reglamento, y son efectuadas
bajo el marco del Programa Nacional de Saneamiento
Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural
o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, con el Memorándum Nº 1245-2014-VIVIENDA/
VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa
Nacional de Saneamiento Urbano, solicitó gestionar el
dispositivo que autorice la transferencia fi nanciera por el
importe de S/. 10 326 754,00, en la fuente de fi nanciamiento
Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de
Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL
S.A., destinada al fi nanciamiento de la elaboración
de los Estudios de Pre-Inversión para proyectos de
saneamiento por el monto de S/. 10 326 754,00; en el
marco del artículo 12 de la Ley N° 30114; precisándose
que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo
a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad
Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano;
Que, con Memorando Nº 2499-2014/VIVIENDA-
OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
emite opinión favorable en materia presupuestaria, y
propone un proyecto de Resolución Ministerial, que
autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano, hasta por la suma de S/. 10 326 754,00, en la
fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de
la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de
Lima S.A. - SEDAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento
de la elaboración de los Estudios de Pre-Inversión
para proyectos de saneamiento por el monto de S/. 10
326 754,00, para lo cual se ha suscrito el Convenio de
Financiamiento correspondiente; precisando, que se
cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva
en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del
Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad
Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa
Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001:
Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencia de
Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de
Gasto 4: Donaciones y Transferencias;

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