RESOLUCION MINISTERIAL N° 419-2015-MINEDU - Incorporan proyecto al Listado de Proyectos priorizados a ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2015
560080 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2015 /
El Peruano
Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación
del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de
la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional,
Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y
Finanzas, con la nalidad de intervenir y aportar insumos en
el desarrollo de los acuerdos internacionales que se adopten
en materia económica, y que los mismos guarden consistencia
con la política económica general de nuestro país;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la
Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen
en el marco de la negociación de acuerdos comerciales
o tratados comerciales y ambientales, negociaciones
económicas y nancieras y las acciones de promoción de
importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución
del Titular de la entidad;
Que, en consecuencia y siendo de interés institucional
y para el país participar en las Reuniones del APEC antes
referidas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado,
cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del
Ministerio de Economía y Finanzas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba
las normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos y su
modi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº
056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01–
Disposiciones y procedimientos para la autorización de
viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio
nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal
del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con
Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modi cada
mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión
de servicios del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director
General de la Dirección General de Asuntos de Economía
Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio
de Economía y Finanzas, del 4 al 13 de setiembre de 2015,
a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, para los nes
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la
Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego
Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes Aéreos : US $ 6 474.81
Viáticos (5 + 1 día) : US $ 3 000.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario
deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos. En el mismo plazo presentarán la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1279665-1
EDUCACION
Incorporan proyecto al Listado de Proyectos
priorizados a ser financiados y ejecutados
en el marco del artículo 17 de la Ley N°
30264, Ley que Establece Medidas para
Promover el Crecimiento Económico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 419-2015-MINEDU
Lima, 26 de agosto de 2015
Vistos, el O cio N° 915-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE
de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el
Informe N° 076-2015-MINEDU-VMGI-DIGEIE-DIPLAN de
la Dirección de Plani cación de Inversiones, y el Informe
N° 588-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la O cina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la
Inversión Pública Regional y Local con Participación del
Sector Privado, y normas modi catorias, se aprobaron
medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos
de inversión pública de impacto regional y local, con la
participación del sector privado, mediante la suscripción de
convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales;
Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2014-EF, se
aprobó el Reglamento de la Ley que Impulsa la Inversión
Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado,
que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias
para la adecuada aplicación de la Ley N° 29230;
Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley
que Establece Medidas para Promover el Crecimiento
Económico, se autoriza a las entidades del Gobierno
Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar
Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema
Nacional de Inversión Pública, en materia de salud,
educación, turismo, agricultura y riego, orden público y
seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los
procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;
Que, de acuerdo al artículo 4 del Reglamento del
artículo 17 de la Ley N° 30264, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 006-2015-EF, la lista de proyectos priorizados
a ejecutarse en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264
debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad
Pública; siendo que estos proyectos deben estar en armonía
con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional
y/o local, y contar con la declaración de viabilidad en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP.
Asimismo, previo a la emisión de la resolución que prioriza
los proyectos y su mantenimiento, la Entidad Pública deberá
solicitar, mediante o cio, opinión favorable de la Dirección
General de Presupuesto Público - DGPP del Ministerio
de Economía y Finanzas - MEF, respecto a la capacidad
presupuestal con la que cuenta para el nanciamiento de
los proyectos y su mantenimiento; y deberá emitir la lista
de proyectos priorizados luego de obtener la opinión sobre
capacidad presupuestal;
Que, asimismo, el referido artículo 4 del Reglamento
del artículo 17 de la Ley N° 30264 establece que la lista
de proyectos priorizados podrá ser actualizada durante el
transcurso del año, sujetándose a lo establecido en el presente
artículo; y que la resolución que aprueba la lista de proyectos
priorizados será remitida a la Agencia de Promoción de la
Inversión Privada - PROINVERSIÓN a n que la publique en
su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida;
Que, mediante Resolución Ministerial N°
270-2015-MINEDU, se aprobó la priorización del Listado
de Proyectos a ser nanciados y ejecutados en el marco
del artículo 17 de la Ley N° 30264, y su Reglamento, el
cual contiene doce (12) proyectos que se encuentran
en armonía con las políticas y los planes de desarrollo
nacional, regional y/o local, que cuentan con declaración
de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión
Pública, expresando el nombre de cada uno, código SNIP
y la proyección de los montos de su ejecución;
Que, con el O cio N° 915-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE,
la Dirección General de Infraestructura Educativa, solicita la
actualización del listado de proyectos priorizados a través
de la Resolución Ministerial N° 270-2015-MINEDU, para lo
cual remite el Informe N° 076-2015-MINEDU/VMGI-DIGEIE-
DIPLAN de la Dirección de Plani cación de Inversiones,
a través del cual señala que se requiere incorporar a la
referida lista un (1) Proyecto de Inversión Pública – PIP con
código N° 2283161 (antes con Código SNIP N° 325436),
denominado “Creación del Servicio Centro Educativo
Especializado para alumnos del 2do grado de secundaria de
educación básica regular con alto desempeño académico
de la Región de Ica”, a n de ejecutar el Colegio de Alto
Rendimiento de la Región Ica, en adelante COAR ICA, bajo
el mecanismo de Obras por Impuestos, lo cual se encuentra
en armonía con las políticas y los planes de desarrollo
nacional, regional y/o local; precisando que el listado
priorizado no incluye mantenimiento y que el proyecto que
se requiere incorporar ha sido declarado viable y cuenta con
la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto

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