RESOLUCION MINISTERIAL N° 406-2014-VIVIENDA - Designan representantes del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ante el grupo de trabajo denominado 'Comité de entrega y recepción de bienes y acervo documentario físico y digital'
Fecha de disposición | 19 Noviembre 2014 |
Fecha de publicación | 19 Noviembre 2014 |
El Peruano
Miércoles 19 de noviembre de 2014 537829
se advierte que la documentación presentada, cumple
con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva Nº
005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral
Nº 14540-2007-MTC/15 y sus modifi catorias, por lo que
procede emitir el acto administrativo autorizando a la
empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL,
para operar como Entidad Certifi cadora de Conversión a
Gas Licuado de Petróleo – GLP;
Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de
Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº
058-2003-MTC y sus modifi catorias y La Directiva Nº
005-2007-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de
Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP y de los
Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-
MTC/15 y modifi cada por Decreto Supremo Nº 022-2009-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa CENTRO
TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, para operar como
Entidad Certifi cadora de Conversión a Gas Licuado de
Petróleo – GLP, por el plazo de dos (02) años, contados
a partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Directoral en el Diario Ofi cial “El Peruano”.
Artículo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa
CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA SRL, renovar
oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de
respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº
005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral
Nº 14540-2005-MTC/15 y sus modifi catorias durante la
vigencia de la autorización:
ACTO Fecha de Vigencia
Renovación de Carta Fianza 26 de agosto de 2016
En caso que la empresa CENTRO TECNICO
AUTOMOTRIZ HERSA SRL, no cumpla con presentar la
renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento,
se procederá conforme a lo establecido en la Directiva Nº
005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral
Nº 14540-2007-MTC/15 y sus modifi catorias, referida a la
caducidad de la autorización.
Artículo Tercero.- La empresa CENTRO TECNICO
AUTOMOTRIZ HERSA SRL, bajo responsabilidad, debe
presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la
renovación de la póliza de seguro de responsabilidad
civil profesional contratada, antes del vencimiento de los
plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o
contratación de nueva póliza 20 de octubre de 2015
Segunda renovación o
contratación de nueva póliza 20 de octubre de 2016
En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados,
se procederá conforme a lo establecido en el numeral
5.8.1 del artículo 5 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15,
aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-
MTC/15 y sus modifi catorias, referida a la caducidad de
la autorización.
Artículo Cuarto.- El ámbito geográfi co de operación
de la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA
SRL, como Entidad Certifi cadora de Conversiones a Gas
Licuado de Petróleo - GLP, es a nivel Nacional.
Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente
Resolución Directoral al Registro de Propiedad
Vehicular de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos - SUNARP adjuntándose el
documento que contiene el Registro de Firmas de los
Ingenieros Supervisores responsables de la suscripción
de los Certifi cados de Conformidad de Conversión a
Gas Licuado de Petróleo - GLP.
Artículo Séxto.- La empresa CENTRO TECNICO
AUTOMOTRIZ HERSA SRL, se encuentra obligada a
cumplir los dispositivos mencionados en el marco jurídico
y de sujetar su actuación a lo establecido en la Directiva
Nº 005-2007-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de
Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP y de los
Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-
MTC/15 y modifi cada por Decreto Supremo Nº 022-2009-
MTC.
Artículo Séptimo.- La presente Resolución Directoral
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación
de la presente Resolución Directoral será asumido por la
entidad solicitante.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ABEL ALVARADO HUERTAS
Director General (s)
Dirección General de Transportes Terrestre
1158455-1
VIVIENDA, CONSTRUCCION
Y SANEAMIENTO
Designan representantes del
Organismo de Formalización de la
Propiedad Informal ante el grupo
de trabajo denominado “Comité de
entrega y recepción de bienes y acervo
documentario físico y digital”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 406-2014-VIVIENDA
Lima, 17 de noviembre de 2014
VISTO, el Ofi cio Nº 0593-2014-COFOPRI/SG de la
Secretaría General del Organismo de Formalización de la
Propiedad Informal; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2014-
VIVIENDA, se transfi rió el Catastro Rural del Organismo
de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI
al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, y se
determinó procedimientos y servicios de los Gobiernos
Regionales en materia de Catastro Rural;
Que, asimismo, con el artículo 6 del Decreto Supremo
citado en el considerando precedente, se constituyó
un grupo de trabajo denominado “Comité de entrega y
recepción de bienes y acervo documentario físico y digital”;
encargado de la entrega de los bienes y acervo físico y
digital correspondiente al Catastro Rural del COFOPRI
al MINAGRI; el mismo que se encuentra integrado, entre
otros, por dos (02) representantes de COFOPRI, quienes
serán designados por Resolución Ministerial del Sector;
Que, con documento del visto, el Secretario General
del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal
propone la designación de los señores Raúl Alejandro
Federico Málaga Gamarra, Director de la Dirección de
Formalización Integral, y César Reynaldo Cisneros Vargas,
Director de la Ofi cina de Sistemas, como representantes
de COFOPRI ante el grupo de trabajo constituido por
Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto
resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-
2014-VIVIENDA, aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 018-2014-
VIVIENDA;
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