RESOLUCION MINISTERIAL N° 0490-2015-MINAGRI - Designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2015
563549
NORMAS LEGALES
Jueves 8 de octubre de 2015
El Peruano
/
- El Responsable de Planeamiento y Presupuesto
o Enlace del Proyecto Especial Pichis Palcazú, o su
representante.
- El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o
Enlace del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de
los Ríos Apurímac, Ene, y Mantaro o su representante.
- El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o
Enlace del Proyecto Especial Datem del Marañón - Alto
Amazonas - Loreto - Condorcanqui, o su representante.
Artículo 5.- El Grupo de Trabajo tiene las siguientes
funciones:
a) Documentar y sistematizar el proceso metodológico
de elaboración del Plan Estratégico Institucional - PEI;
b) Elaborar los productos requeridos en cada fase de
la formulación del Plan Estratégico Institucional - PEI;
c) Redactar los informes de las sesiones y talleres que
se realicen en el proceso;
d) Liderar los grupos en los talleres participativos;
e) Coordinar permanentemente con el equipo de
asesoría técnica y acompañamiento de CEPLAN; y,
f) Formular el proyecto de Plan Estratégico Institucional
- PEI y presentarlo a la Comisión de Planeamiento
Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y
Riego, para su aprobación.
Artículo 6.- La Comisión y el Grupo de Trabajo a que
se ref‌i ere la presente Resolución, culminan sus funciones
una vez aprobado el Plan Estratégico Institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego – Pliego 013, mediante
resolución ministerial.
Artículo 7.- Notif‌i car la presente Resolución Ministerial
a los miembros de la Comisión denominada “Comisión de
Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de
Agricultura y Riego” y del Grupo de Trabajo denominado
“Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego, para los f‌i nes pertinentes.
Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial se
publicará en el Portal Institucional del Ministerio de
Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día
de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1296834-1
Designan Director General de la Oficina
General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0490-2015-MINAGRI
Lima, 6 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0371-2012-
AG, de fecha 09 de octubre de 2012, publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano con fecha 10 de octubre de 2012, se
designó al señor Javier Erasmo Carmelo Ramos, Gerente
Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de
Director General de la Of‌i cina General de Administración,
del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura
y Riego;
Que, los Gerentes públicos son asignados a las
entidades solicitantes por periodo de tres años, por lo que
corresponde dejar sin efecto la designación establecida
por la Resolución Ministerial N° 0371-2012-AG;
Que, es necesario designar al Director General de
la Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Agricultura y Riego;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura, modif‌i cado por la Ley N° 30048;
y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 11 de
octubre de 2015 la designación del señor Javier Erasmo
Carmelo Ramos, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes
Públicos, en el cargo de Director General de la Of‌i cina
General de Administración, dándole las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Designar, a partir del 12 de octubre de
2015, al señor Javier Erasmo Carmelo Ramos, en el
cargo del Director General de la Of‌i cina General de
Administración del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1296835-1
Autorizan ingreso de plantas de teca de
origen y procedencia Brasil, a través del
Puesto de Control de Iñapari - Madre de Dios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 0043-2015-MINAGRI-SENASA-DSV
7 de octubre de 2015
VISTOS:
Informe ARP Nº 0019-2015-MINAGRI-SENASA-
DSV-SCV-ECARRILLO de fecha 7 de octubre de 2015,
el cual sustenta la solicitud de la empresa Reforestadora
Amazónica S.A., referida a la autorización del ingreso de
80 000 (ochenta mil) planta de teca (Tectona grandis) de
origen y procedencia Brasil, por el Puesto de Control de
Iñapari – Madre de Dios, y;
CONSIDERANDO:
Que, el primer párrafo del artículo 12° del Decreto
Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el
ingreso al país como importación, tránsito internacional o
cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos
vegetales, animales y productos de origen animal, insumos
agrarios, organismos benéf‌i cos, materiales de empaque,
embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material
capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades,
así como los medios utilizados para transportarlos, se
sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito
de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad
Agraria;
El Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 032-2003-
AG “Reglamento de Cuarentena Vegetal” establece que
el material sujeto a cuarentena posentrada solo podrá
ingresar a través de los PCC Aéreo y Marítimo del Callao,
Aduana Postal de Lima y otros que el SENASA autorice
mediante Resolución del Órgano de Línea Competente;
Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-
2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece
que los requisitos f‌i tosanitarios necesarios de cumplir para
la importación al país de plantas, productos vegetales y
otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante
Resolución del Órgano de Línea Competente;
Que, mediante carta de fecha 24 de setiembre de
2015, la empresa Reforestadora Amazónica S.A., solicitó
la autorización para poder ingresar al país 80 000 plantas
de teca procedentes de Brasil por el Puesto de Control
Iñapari – Madre de Dios, debido a que el tiempo en la
movilización del material desde este Puesto de Control al
lugar de producción autorizado para seguir la cuarentena
posentrada seria menor, asimismo, al reducir el tiempo
de traslado, no afectaría la viabilidad del material por ser
perecible;
Que, la Subdirección de Cuarentena Vegetal mediante
el informe del visto, luego de la evaluación efectuada, ha
emitido opinión favorable para atender lo solicitado por el
administrado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG,
el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo
Nº 008-2005-AG y modif‌i catoria, la Resolución Directoral

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