Lima, 18 de octubre de 2024
Vistos; el Oficio N° 0658-2024-EF/63.03 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; los Memorandos N° 00948 y 01005-2024-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00322-2024-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00776-2024-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este es el organismo del Poder Ejecutivo rector del...