Resolucion Ministerial Nº 00312-2022-PRODUCE. Constituyen el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Metalmecánica

Fecha de publicación22 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 20 de septiembre de 2022

VISTO: El Memorando N° 00000202-2022-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe N° 00000014-2022-CVILLANUEVA del Programa Nacional Compras a MYPErú, el Memorando N° 00001082-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00001085-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1414, que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, establece que dicha norma tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las micro y pequeñas empresas (MYPE) mediante la conformación de núcleos ejecutores de compras, a través de los cuales se canalizarán los procesos de adquisición de los bienes manufacturados especializados detallados en su artículo 4, por parte de las entidades demandantes, garantizando en los referidos procesos los principios establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1414, señala que la finalidad es promover la participación de las MYPE en las compras públicas, buscando generar condiciones que posibiliten el incremento sostenible de sus niveles de productividad, calidad, gestión comercial y formalización empresarial; y con ello su mejor acceso a los mercados y un escalonamiento productivo progresivo;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1414, señala que los núcleos ejecutores de compras son entes colectivos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales, se sujetan a la referida norma, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE, y demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción; y, supletoriamente, a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado;

Que, el numeral 3.2 del referido artículo dispone que los núcleos ejecutores están conformados por un Directorio, que adopta acuerdos de forma colegiada, y por una Secretaría Ejecutiva que conduce la gestión técnica, operacional y administrativa; y el numeral 3.3 del mismo establece que los núcleos ejecutores de compras son permanentes y tienen a su cargo el proceso de adquisición de los bienes de los sectores que se indican en...

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