RESOLUCION JEFATURAL Nº 250-2015-ANA - Aprueban el Reglamento de Medición de Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2015
563226 NORMAS LEGALES Sábado 3 de octubre de 2015 /
El Peruano
VISTOS:
El Informe Nº 243-2015-ANA-OA-UEC, de fecha
15 de setiembre de 2015, emitido por la Sub Directora
de la Unidad de Ejecución Coactiva; y, el Informe Nº
179-2015-ANA-OA, de fecha 17 de setiembre de 2015,
emitido por el Director de la O cina de Administración; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 28º del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del
Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-
AG, señala que la Unidad de Ejecución Coactiva de la
entidad plani ca, coordina, dirige y ejecuta, conforme
a la normatividad de la materia, los actos de ejecución
coactiva para el cumplimiento de las obligaciones de dar,
hacer o no hacer, que deba exigir la Autoridad Nacional
del Agua;
Que, a través del Informe Nº 243-2015-ANA-OA-UEC
del visto, se comunica a la O cina de Administración que
como resultado de la Convocatoria CAS Nº 153-2015-
ANA/CAS, han resultado ganadores de las vacantes
convocadas para Auxiliares Coactivos de la Autoridad
Nacional del Agua, los abogados Carmela Eloísa Torres
Cava y Juan Antonio Uejowa Miyashiro;
Que, mediante el Informe Nº 179-2015-ANA-OA del
visto, el Director de la O cina de Administración solicita
la emisión de la Resolución Jefatural que acredite a los
Auxiliares Coactivos de la entidad;
Que, en razón de las funciones propias del cargo que
deberá realizar el Auxiliar Coactivo es necesario emitir el
acto resolutivo en el cual se le acredite como tal;
Con los vistos de la O cina de Administración, la
O cina de Asesoría Jurídica, la Secretaría General, y
en uso de las facultades conferidas en el Artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo
Nº 006-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a los abogados CARMELA
ELOISA TORRES CAVA y JUAN ANTONIO UEJOWA
MIYASHIRO, como Auxiliares Coactivos de la Autoridad
Nacional del Agua.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Jefatural en el Diario O cial El Peruano y en el
Portal Web Institucional (www.ana.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1295539-1
Aprueban el Reglamento de Medición de
Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes
en el ámbito de las Administraciones
Locales de Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 250-2015-ANA
Lima, 2 de octubre de 2015
VISTO:
El Memorándum Nº 1965-2015-ANA-DARH mediante
el cual la Dirección de Administración de Recursos
Hídricos, propone la aprobación del Reglamento
de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos
Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales
de Agua; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Autoridad Nacional del Agua – ANA, es el
ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del
Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos,
responsable de dictar las normas y establecer los
procedimientos para la gestión integrada y sostenible de
los recursos hídricos;
Que, según el artículo 17º del Reglamento de la Ley
de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2010-AG, las entidades operadoras de los
sectores hidráulicos, de carácter sectorial y multisectorial,
son los operadores de infraestructura hidráulica, que
realizan la operación, mantenimiento y desarrollo de
dicha infraestructura para prestar servicios públicos de
abastecimiento de agua con la nalidad de atender la
demanda de usuarios que comparten una fuente o un
punto de captación común;
Que, por Resolución Jefatural Nº 892-2011-ANA, de
fecha 29 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento
de Operadores de Infraestructura Hidráulica, el cual
tiene por objeto normar la prestación de los servicios de
Suministro de Agua, así como el Monitoreo y Gestión de
Aguas Subterráneas, regulando la actuación del Operador
de Infraestructura Hidráulica y del Usuario que lo recibe;
Que, la Dirección de Administración de Recursos
Hídricos, propuso la aprobación del Reglamento de
Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes
en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua,
con la nalidad de uni car criterios y procedimientos
para establecer la red hidrométrica en la infraestructura
hidráulica, la medición y registro de los caudales o
volúmenes de agua que circula en un sistema o sector
hidráulico, el cual fue pre publicado mediante Resolución
Jefatural Nº226-2015-ANA de fecha 27 de Agosto del
presente año, a efectos que las personas interesadas
formulen comentarios sobre el reglamento planteado;
Que, habiendo recibido los aportes correspondientes,
resulta necesario aprobar el Reglamento de Medición
del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el
ámbito de las Administraciones Locales de Agua, toda
vez que el mismo permitirá una actuación más e ciente
por parte de los Operadores de Infraestructura Hidráulica,
usuarios del servicio y de los usuarios que cuentan con
su propio sistema de abastecimiento, medición, registro
y evaluación de los volúmenes de agua captados en la
fuente natural o arti cial, propiciando el uso e ciente del
agua;
Estando a lo propuesto por la Dirección de
Administración de Recursos Hídricos, con los vistos de
la O cina de Asesoría Jurídica y la Secretaria General,
en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de
Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de
Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos
Comunes en el ámbito de las Administraciones
Locales de Agua
Aprobar el Reglamento de Medición del Agua en
los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las
Administraciones Locales de Agua, que forma parte
integrante de la presente resolución, que consta de tres
(03) Títulos, doce (12) Artículos, cuatro (04) Disposiciones
Complementarias Finales, tres (03) Disposiciones
Complementarias Transitorias, un anexo y seis (06)
formatos.
Artículo 2º.- Publíquese en el portal institucional
Disponer la publicación de la presente Resolución en
el Diario O cial El Peruano y en el portal Institucional de la
Autoridad Nacional del Agua (www. ana.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1295539-2

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