RESOLUCION JEFATURAL Nº 238-2015-ANA - Encargan a los Directores de las Autoridades Administrativas del Agua la responsabilidad de entregar la información de acceso al público con la que cuentan sus sedes

Fecha de publicación15 Septiembre 2015
Fecha de disposición15 Septiembre 2015
561473
NORMAS LEGALES
Martes 15 de setiembre de 2015
El Peruano
/
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Encargan a los Directores de las Autoridades
Administrativas del Agua la responsabilidad
de entregar la información de acceso al
público con la que cuentan sus sedes
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 238-2015-ANA
Lima, 14 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806,
como f‌i nalidad promover la transparencia de los actos del
estado y regular el derecho fundamental del acceso a la
información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de
Que, el literal b) del artículo 3° del Reglamento de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
modif‌i catorias, señala que es obligación de la máxima
autoridad de la entidad designar a los funcionarios
responsables de entregar la información de acceso al
público;
Que, el artículo 4° del Reglamento precitado señala que
las Entidades que cuenten con of‌i cinas desconcentradas
o descentralizadas designarán en cada una de ellas
al funcionario responsable de entregar la información
que se requiera al amparo de la Ley en mención, con el
objeto que las solicitudes puedan tramitarse con mayor
celeridad;
Que, en tal sentido, mediante Resolución Jefatural
N° 613-2010-ANA, de fecha 29 de setiembre de 2010,
se precisó que los encargados de las Administraciones
Locales de Agua son los funcionarios responsables de
brindar la información requerida en el marco de la Ley N°
27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, en cada una de sus respectivas jurisdicciones;
Que, asimismo, toda vez que las Autoridades
Administrativas del Agua, órganos desconcentrados
de la Autoridad Nacional del Agua, cuentan también
con documentación que solicitan los usuarios, resulta
necesario que los Directores de estas sean los funcionarios
responsables de brindar la información requerida en el
marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública;
Con los vistos de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica y de la
Secretaría General, y en uso de las facultades conferidas
por la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, y el Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a los Directores de las
Autoridades Administrativas del Agua, la responsabilidad
de entregar la información de acceso al público con la que
cuentan sus sedes, en el marco de la Ley N° 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo 2º.- Notif‌i car la presente resolución a todos
los Directores de las Autoridades Administrativas del Agua
de la Autoridad Nacional del Agua.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el
portal web de la institución (www.ana.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1287096-1
AMBIENTE
Disponen publicación del proyecto de
Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio
Climático y aprueban la Guía Metodológica
“Construyendo participativamente la
Estrategia Nacional de Bosques y Cambio
Climático”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 244-2015-MINAM
Lima, 14 de setiembre de 2015
Visto; el Memorando N° 584-2015-MINAM/DVMDERN
de 11 de septiembre de 2015, del Viceministerio de
Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y
demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
del Perú, establecen que el Estado determina la Política
Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de
sus recursos, además de la conservación de la diversidad
biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el Acuerdo Nacional recoge compromisos
explícitos para integrar la política nacional ambiental
con las políticas económicas, sociales, culturales y
de ordenamiento territorial; institucionalizar la gestión
ambiental, pública y privada, para proteger la diversidad
biológica y facilitar el aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales e impulsar el desarrollo agrario y rural
del país;
Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada
importancia de los bosques en el Perú, incluyendo su
papel en la mitigación y adaptación al cambio climático,
específ‌i camente el Eje de Política 1 sobre Conservación
y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales
y de la Diversidad Biológica def‌i ne Lineamientos de
Política que buscan establecer el impulso de la gestión
sostenible e integrada de los bosques; prevenir la
reducción y degradación de bosques y sus recursos;
conservar e incrementar la cobertura boscosa y la
capacidad productiva del ecosistema; privilegiar el
aprovechamiento integral de los recursos del bosque;
fomentar la reforestación; fortalecer el control y vigilancia
con participación comunitaria y ciudadana; y, evitar la
deforestación de los bosques naturales;
Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre,
tiene por objetivo general contribuir con el desarrollo
sostenible del país, a través de una adecuada gestión del
Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, que
asegure su aprovechamiento sostenible, conservación,
protección e incremento, para la provisión de bienes y
servicios de los ecosistemas forestales, otros ecosistemas
de vegetación silvestre y de la fauna silvestre, en armonía
con el interés social, cultural, económico y ambiental de
la Nación;
Que, las políticas antes citadas se traducen en
estrategias e instrumentos de gestión, como la Estrategia
Nacional ante Cambio Climático, cuyo objetivo es reducir
los impactos adversos al cambio climático; el Plan de
Acción de Adaptación y Mitigación frente al Cambio
Climático, que busca señalar las prioridades nacionales y
globales de acción en términos de la contribución del país
a la mitigación global del cambio climático; el Plan Nacional
de Acción Ambiental - PLANAA Perú 2011-2021, que en su
acción estratégica 4.1, establece las metas de reducir la
tasa de deforestación en 50% al 2017 y en 100% al 2021
de una superf‌i cie de 54 millones de hectáreas; entre otros;
Que, en ese contexto, con Resolución Suprema N°
193-2015-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de
naturaleza temporal, adscrita al Ministerio del Ambiente –
MINAM, encargada de elaborar la propuesta de Estrategia
Nacional sobre Bosques y Cambio Climático - ENBCC;

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