Resolucion jefatural N° 221-2024-INEI. Autorizan la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2024” a nivel nacional

Fecha de publicación18 Septiembre 2024
SecciónSección Única
Declaran la segunda semana de diciembre de cada año como la “Semana de la Integridad”

Lima, 17 de setiembre de 2024


Visto el Oficio Nº 005882-2024/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 000010-2024-INEI/DECEEE-DNCE, de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática.


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, establece que el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística;


Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 604, describe las funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, encontrándose entre ellas, coordinar y ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del Sector Público;


Que, de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo N°043-2001-PCM, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, es el órgano técnico normativo, encargado de conducir los levantamientos censales nacionales y las encuestas oficiales multisectoriales;


Que, con Oficio Nº 0005882-2024/INEI-DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática remite el informe N° 000010-2024-INEI/DECEEE-DNCE, de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos en el que informa que, para fines de medición de la actividad económica - financiera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2024, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Establecimientos de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Minería, Financiera, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos, Electricidad y Generación de Energía;


Que, la Encuesta Económica Anual 2024, permitirá obtener información económica, financiera y del desempeño de las actividades productivas; y de la gestión empresarial que realizaron las grandes, medianas, pequeñas y micro empresas durante el año 2023, información que permita caracterizar la evolución de la economía de las empresas en el país para el planeamiento, formulación y evaluación de políticas públicas en los diversos sectores y/o actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional;


Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha llevado a cabo las actividades y coordinaciones, para el planeamiento de la referida encuesta; así como la definición y contenido de los formularios electrónicos a ser utilizados en la “Encuesta Económica Anual 2024”, resultando pertinente aprobar los respectivos formularios y establecer el plazo de su entrega, conforme a lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;


Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;


En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2024” a nivel nacional, del 23 de setiembre del 2024 al 21 de febrero de 2025, a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, Oficinas Departamentales (ODEI) y Zonales (OZEI) de Estadística e Informática, Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, los mismos que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución.


Artículo 2.- Aprobar los formularios de la “Encuesta Económica Anual 2024”, con la denominación que se detalla en el Anexo Nº 02. El acceso al formulario y su devolución con la información requerida, se realiza siguiendo los procedimientos establecidos en el Anexo Nº 03, utilizando los contactos electrónicos indicados en el anexo Nº 02 que forman parte de la presente Resolución.


Artículo 3.- Disponer que están obligadas a presentar la información de la “Encuesta Económica Anual 2024”, las empresas que desarrollaron actividad económica durante el año 2023, de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Establecimientos de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Minería, Financiera, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos, Electricidad y Generación de Energía, clasificadas según la CIIU Rev.4.


Artículo 4.- Las empresas que hayan sido seleccionadas en la muestra están obligadas a registrar en los formularios la “Encuesta Económica Anual 2024”, información económica-financiera correspondiente al ejercicio económico del año 2023.


La información que proporcione la empresa, debe ser presentada de conformidad con las normas de Plan Contable General Empresarial.


Artículo 5.- La presentación de los formularios de las Grandes, Medianas y Pequeñas empresas con información de la EEA 2024, se hará tomando como referencia el último dígito del RUC, teniendo como plazos de entrega las fechas siguientes:


Último dígito de RUC, 2, 5 y 9; hasta el 25 de octubre de 2024


Último dígito de RUC, 1, 4, 6 y 7; hasta el 25 de noviembre de 2024


Último dígito de RUC, 0, 3 y 8; hasta el 18 de diciembre de 2024


Todas las empresas que desarrollan la actividad de Minería o Financiera, deberán presentar su información, según el último dígito de RUC, mediante formulario Web.


Artículo 6.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán realizarla mediante:


Un aplicativo Web que estará disponible en la dirección https://censos.inei.gob.pe/economicas/...

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