RESOLUCION JEFATURAL Nª 140-2015/JNAC/RENIEC - Incorporan al RENIEC la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, respecto a acervo documentario de Nacimiento y Matrimonio periodo 1997-2014

Fecha de disposición02 Junio 2015
Fecha de publicación02 Junio 2015
El Peruano
Martes 2 de junio de 2015
553876
correspondientes al 2015-2016; por tal motivo, resulta
necesaria la presencia del señor Rector de la UNJBG en
dicha Reunión, toda vez que permitirá dar continuidad a la
cooperación académica, cientí ca, tecnológica y cultural
de nuestra Alma Mater;
Que según Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos
y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada
mediante D.S. Nº 047-2002-PCM, en su Art. 2º establece
que la Resolución de autorización de viajes al exterior de
la República estrictamente necesarios, será debidamente
sustentada en el interés nacional o en el interés especí co
de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo
del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto
de los gastos de despla zamiento y viáticos;
Que el numeral 10.1 inc. a) y c) de Art. 10º de la Ley
30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015, en materia de bienes y servicios, prohíbe
los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos
excepto los que se efectúen en el marco de la negociación
de acuerdos comerciales y ambientales negociaciones
económicas y nancieras y las acciones de promoción
de importancia para el Perú, asimismo en el caso de los
Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción
es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En
todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es
publicada en el Diario O cial El Peruano;
Que en consecuencia, y siendo de interés para la
Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann – Tacna
y por ende del País,en la IX Sesión Extraordinaria de
fecha 22 de mayo del 2015, el Consejo Universitario
acordó autorizar excepcionalmente el viaje al exterior
en comisión de de servicios al Dr. Miguel Angel Larrea
Céspedes - Rector de la Universidad Nacional Jorge
Basadre Grohmann- Tacna, para asistir a la Asamblea
General del Grupo de Universidades Iberoamericanas
La Rábida, que se llevará a cabo en la Universidad de
Santiago de Cali - Colombia, el 04 de junio del 2015;
debiéndose efectuar la publicación en el Diario O cial
El Peruano;
De conformidad con el Art. 59º de la Ley Universitaria
Nº 30220, y estando a lo acordado en la IX Sesión
Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 22 de
mayo del 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al
exterior en comisión de servicios al Dr. Miguel Angel Larrea
Céspedes – Rector de la Universidad Nacional Jorge
Basadre Grohmann-Tacna, para asistir a la Asamblea
General del Grupo de Universidades Iberoamericanas
La Rábida, que se llevará a cabo en la Universidad de
Santiago de Cali – Colombia, en fecha 04 de junio del
2015.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje
autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán
de acuerdo a la siguiente información presupuestal,
debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta
debidamente documentada, conforme a disposiciones y
normas vigentes:
MONTO
TOTAL
- DR. MIGUEL ANGEL LARREA CESPEDES S/. 4 672,00
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial El Peruano, de conformidad
a las normas vigentes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
MIGUEL ANGEL LARREA CÉSPEDES
Rector
RAÚL PAREDES MEDINA
Secretario General
1244710-1
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Incorporan al RENIEC la Oficina de
Registros del Estado Civil que funciona
en la Municipalidad Distrital de
Miraflores, provincia y departamento de
Lima, respecto a acervo documentario
de Nacimiento y Matrimonio periodo
1997-2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 140-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 1 de junio de 2015
VISTOS:
El Memorando N° 000744-2015/GPP/RENIEC
(09MAR2015), emitido por la Gerencia de Plani cación
y Presupuesto, el Informe N° 000035-2015/GPP/SGPL/
RENIEC (09MAR 2015), emitido por la Sub Gerencia
de Plani cación de la Gerencia de Plani cación y
Presupuesto, el Memorando N° 000535-2015/GOR/
RENIEC (24MAR2015), emitido por la Gerencia de
Operaciones Registrales, el Informe N° 000217-2015/
GPRC/SGIRC/RENIEC (08MAY2015), emitido por la
Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la
Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe
N° 000049-2015/GPRC/RENIEC (13MAY2015), emitido
por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil es un organismo constitucionalmente autónomo,
encargado de manera exclusiva y excluyente de las
funciones de organizar y actualizar el Registro Único de
Identificación de las Personas Naturales y, entre otros,
de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones
y demás actos que modifican la capacidad y estado
civil;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF,
se delegó a las O cinas de los Registros Civiles que
funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales,
Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades
de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a
inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de
frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las
funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n),
o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica
del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil;
Que, la Primera Disposición Complementaria de la
Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda
autorizada a establecer los mecanismos necesarios para
la transferencia e integración de las O cinas de Registros
del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello,
adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento
de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición
Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC,
aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;
Que, con Resolución Jefatural Nº 045-2014-JNAC/
RENIEC (25FEB2014), se revocó a partir del 26 de
Febrero del 2014, las facultades registrales comprendidas
en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley
N° 26497 que fueron conferidas a la O cina de Registros
del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital
de Mira ores, Provincia y Departamento de Lima;
Que, por el gran volumen de acervo documentario
(Libros de Actas) y títulos archivados perteneciente a la
O cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
Distrital de Mira ores, Provincia y Departamento de Lima,
se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de
la referida Municipalidad, a n de realizar la transferencia
del acervo documentario por tramos, diferenciándolos por
tipo de registro, como una etapa previa a su incorporación;

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